viernes, 17 de diciembre de 2010

El Congreso blinda las pensiones doradas de diputados y senadores


Un trabajador para cobrar el 100% de la pensión no es suficiente con haber cotizado 35 años, sino que hay que tener 65 años cumplidos. Hay que recordar que es la edad legal de jubilación.
Todos estos recortes no afectarán a los 350 diputados y a los 264 senadores españoles, que mantendrán el privilegio de cobrar el 100% de la pensión en el momento que superan los 11 años de actividad parlamentaria. Es más, si cualquier trabajador necesita cotizar a la Seguridad Social 15 años para cobrar una pensión, mejor dicho, solo el 50% de la misma, sus señorías con siete años de actividad en cualquiera de las Cámaras ya tiene derecho a percibir el 80% de su pensión. Ese porcentaje se eleva al 90% si cotizan 10 o 11 años.
Además, mientras un trabajador no puede jubilarse antes de los 61 años y, a partir de esa fecha y hasta los 65 se le restará anualmente entre un 6% y el 8% del importe de la pensión, sus señorías pueden jubilarse a los 60 años con 40 de cotización, según recoge el reglamento de pensiones parlamentarias de 11 de julio de 2006. Sobre la reunión de ayer de la junta de portavoces del Pacto de Toledo hay que añadir que el informe que emitirá esta comisión sobre la prolongación de la edad legal de jubilación propuesta por el Gobierno en enero pasado plasmará el desacuerdo de los partidos políticos a través de una recomendación que deja clara dicha discrepancia.

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