jueves, 31 de marzo de 2011

Resolución del concurso de traslados del Ministerio de defensa del año 2010

En el BOE del jueves 31 de marzo de 2011 se aprueba la resolución del concurso de traslados del Ministerio de defensa del año 2010, convocado por Orden DEF/2636/2010, de 30 de septiembre. La adjudicación de los puestos de trabajo convocados en dicha Orden.
La relación de adjudicatarios se publicará a través de los medios telemáticos de este Departamento (www.mde.es) y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.
Los puestos que quedan vacantes en este concurso podrán ser adjudicados a quienes lo hayan solicitado por resultas, en un plazo máximo de dos meses.
El cese en el anterior destino se efectuará dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles, si no existe cambio de residencia o en el de un mes si lo hubiera o se produjese el reingreso al servicio activo, contados a partir del día siguiente al del cese. En el caso del reingreso al servicio activo, el plazo para la incorporación comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En los casos en que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se obtenga otro en el presente concurso, el trabajador o trabajadora afectado podrá optar entre incorporarse al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación, entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
Los destinos adjudicados tendrán la consideración de voluntarios, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno y no son renunciables

miércoles, 30 de marzo de 2011

Recursos contra el Tijeretazo: ¡¡Que no nos tomen el pelo!!


Ante el cúmulo de noticias contradictorias y sesgadas que en los últimos días observamos en relación a las actuaciones judiciales iniciadas por unos y otros contra el recorte salarial, desde USO queremos recordaros nuestras actuaciones y postura en este tema: El día 5 de julio 2010, USO presentó ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, el correspondiente Recurso contencioso contra la Resolución de 25 de mayo de 2010 de la Secretaria de Estado de Hacienda y Presupuestos por la que se dictan instrucciones en relación con las nóminas. La pretensión fundamental de este Recurso es obtener la nulidad de la Resolución, entre otros motivos, por haber sido dictada en aplicación de un Real Decreto inconstitucional que vulnera el derecho a la negociación colectiva reconocido en la Ley Orgánica de Libertad Sindical y en el EBEP, al no haberse negociado con las organizaciones sindicales y afectar a las condiciones de trabajo y a las retribuciones de los empleados públicos. Apoyado en numerosa jurisprudencia, el recurso presentado por la USO se basa en que no es posible disminuir el montante consolidado de las retribuciones salariales, porque opera el concepto de “derechos adquiridos”, como avalan las sentencias que adjuntamos. También creemos que ha existido una vulneración del artículo 9.3 de la Constitución, que garantiza la irretroactividad de las Leyes, así como del artículo 14, que garantiza el principio de igualdad. Por ello, en la propia demanda solicitamos al Tribunal que plantee una cuestión de inconstitucionalidad contra el Real Decreto-Ley 8/2010 por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. También presentamos recursos similares contra todas las Resoluciones dictadas por las CC.AA, Entes Locales y demás AAPP que acordaron reducciones salariales. Como es de prever estos recursos se alargaran ciertamente años en el tiempo y en el supuesto de que el Tribunal Constitucional accediera a nuestras pretensiones, de que la normativa restrictiva fuese declarada inconstitucional o si una sola demanda prosperase todos los empleados públicos se verían beneficiados puesto que las resultas de la extensión de la sentencia se desarrollarían para todos por igual Por eso, y desde USO, en relación con las reclamaciones individuales debemos hacer constar lo siguiente: Las reclamaciones individuales, además de los costes de representación procesal y defensa letrada, comportan la posibilidad de la denegación expresa y consecuentemente se debe presentar demanda individual ante los juzgados contra la desestimación de la reclamación administrativa, (si no se hace se convierte en un acto consentido y ya no se podrá reclamar posteriormente contra la rebaja) lo que nos situaría ante diferentes posibilidades: que el Juez :

· a. No quiera fallar el pleito mientras el Tribunal Constitucional no se haya pronunciado sobre la constitucionalidad de las leyes citadas (lo que deberá hacer, pues ya tiene pendientes de resolver varias cuestiones de inconstitucionalidad) y plantee, de oficio o a petición del demandante.

· b. Que desestime la demanda, abocando si la cuantía del asunto lo permite a recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) , con lo que se añaden más costes jurídicos.

· c. Que estime la demanda y sea la Administración quien recurra ante el TSJ, también más costes jurídicos. Por eso, y desde el principio, USO os informó que, en nuestra opinión, era preferible esperar a que el Tribunal Constitucional se pronunciase sobre el asunto y si la sentencia del mismo anulara, por inconstitucionalidad, el Real Decreto-Ley 8/2010 y consecuentemente todas las Leyes posteriores dictados en otros ámbitos de las AA.PP, posteriormente presentar reclamaciones individuales por las cantidades dejadas de percibir. Queremos también recordaros por qué las cláusulas firmadas por otros permitieron el Atraco Salarial 2010-20..? Creemos que justamente ahora, porque vienen elecciones sindicales, conviene recordar el atraco en las nóminas, quienes fueron cómplices de tal medida y quienes rechazamos esas cláusulas.

El Gobierno aprovechó, como ya hicieron otros anteriormente, las cláusulas de salvaguarda, firmadas por UGT, CC.OO y CSIF, para incumplir lo firmado. Dos precedentes legales, firmados por ellos, han dado este resultado final. Resultado del que no escapan sus bases sindicales, seguramente por pasividad, por no abroncar en el interno, y que ahora nos piden apoyo electoral en los centros de trabajo.

- 1. La firma de UGT, CC.OO. y CSIF del Artículo 38.10 del Estatuto Básico que consagraba el incumplimiento unilateral por el Gobierno de cualquier Acuerdo, en función de las circunstancias económicas… . Porque ésta, y no otra, es la clave por la que Gobierno Central, CCAA, o Ayuntamiento, se prestan a firmar cualquier compromiso, a sabiendas de que pueden incumplirlo. Pues bien, el contenido de este artículo (casi premonitorio en lo relativo a la situación económica) es el que esgrime el Gobierno para suspender el cumplimiento de los Acuerdos firmados. Este artículo habilita al Gobierno de turno a pasarse por el arco del triunfo los acuerdos firmados (paradójicamente los acuerdos y convenios firmados en la Empresa privada al amparo del Estatuto de los Trabajadores son de obligado cumplimiento y no hay ninguna excepción). USO solicitó, ya entonces, y lo ha demandado en vía judicial, la vinculación jurídica de la negociación colectiva en todos los Pactos y Acuerdos.

- 2. La cláusula pactada en el Acuerdo Administración Sindicatos 2010-2012, Punto 5 apartado 45: (BOE. 26 octubre 2009), y que USO rechazó, sobre el acuerdo salarial en la AGE, la que nos afectó directamente. Dice en su literal: Retribuciones del personal AGE: “Para la aplicación de las medidas retributivas: Se tendrá en cuenta la evolución presupuestaria […], la previsión de crecimiento económico, la capacidad de financiación de los Presupuestos Generales del Estado, y la valoración del aumento de la productividad del empleo público...” Con su firma le dieron un cheque en blanco al Gobierno para que hiciera lo que hizo… Y luego a llorar al Tribunal Constitucional… tal y como ya ocurrió en 1997; para lavar la imagen y desviar la atención del origen del desaguisado: su complicidad. Paradójicamente, esto es lo único que no está recurrido por ellos, a lo que se agarra el Gobierno, y que sí tiene recurrido la USO.

La Administración pospone la reforma de las clases pasivas


Hace unos días la Secretaría de Estado de la Función Publica presentó a los sindicatos con presencia en la Mesa General de la Función Pública (CCOO, UGT Y CSIF) un documento titulado "PROPUESTA DE MEDIDAS ARMONIZADORAS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO". Este documento es un nuevo y brutal recorte de los derechos de los funcionarios (podeis consultar a información en: http://www.fep-uso.es/inicio/1865-clases-pasivas-iillego-el-pensionazo.html Hoy en El Economista se publica un artículo en el que expone que el Ministerio pide "un período para reflexionar".
Seguramente esta período termine cuando se terminen las elecciones sindicales, ya que hay que recordar que todavía no se han celebrado en todas las provincias.
Veremos entonces que hacen todos los trabajadores que han votado a CCOO, UGT y CSIF.

martes, 29 de marzo de 2011

Reunión del Grupo de Trabajo de interpretación de la CIVEA .


A la espera de su aprobación definitiva en la próxima reunión de la Comisión de Interpretación, Vigilancia, Estudio y Aplicación del III Convenio Único de AGE (CIVEA), y en el seno del Grupo de trabajo de interpretación, se han adoptado una serie de acuerdos en relación a la interpretación de permisos. · Así, y en relación al Artículo 47, relativo a los “Permisos” y respecto a las diferentes interpretaciones que algunos departamentos ministeriales mantienen sobre el término “distinta localidad”, a la hora de la concesión de los permisos en casos de muerte, accidente o enfermedad graves u hospitalización del cónyuge o familiares, el grupo de trabajo ha determinado que no cabe ninguna otra interpretación de dicho término que no sea la de su absoluta literalidad, y por tanto todos los trabajadores y trabajadoras deberán ver ampliados sus permisos siempre que el hecho se produzca en distinta localidad de la del domicilio del trabajador (hasta ahora se venía denegando si el hecho acaecía en el área metropolitana). · También se ha acordado incluir dentro del criterio de hospitalización el parto natural de familiares, por lo que será posible disfrutar de este permiso siempre que ocurra causa de hospitalización, sea la que fuere. · En relación al artículo 54.d), Excedencia voluntaria para el cuidado de hijos, cónyuge, ascendientes y descendientes y familiares, (conocida como excedencia por agrupación familiar) se aclara la duda en el caso de que el trabajo del cónyuge, en el que se justifica la petición de esta excedencia, sea anterior a la incorporación del solicitante a su puesto de trabajo en la Administración. El grupo ha decidido que dicha circunstancia no debe influir en la concesión. · Respecto a la interpretación del artículo 37, Jornada Laboral, y sobre el cómputo de jornada en los supuestos de contrataciones temporales, el grupo de trabajo ha decidido que la duración máxima de la jornada general habrá de calcularse de manera proporcional al periodo de duración de la contratación. · También se ha procedido a la interpretación del artículo 73.1, relativo al complemento de antigüedad, en relación al reconocimiento del tiempo prestado en el servicio militar como computable a efectos de servicios prestados, acordándose que únicamente se computará el tiempo que excede de la prestación personal obligatoria.

Las cifras del Estado en Febrero del 2011


El Estado registró un superávit de 1.900 millones de euros hasta el mes de febrero, el 0,18% del PIB, frente al saldo positivo de 3.366 millones registrado en el mismo periodo de 2010, lo que supone un descenso del 43,5%, según los datos avanzados este martes por el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, en la Comisión de Hacienda y Presupuestos en el Congreso. El resultado registrado en los dos primeros meses del año se explica por la evolución de unos gastos que, hasta febrero, ascendieron a 22.609 millones de euros (un 6,4% menos que en el mismo periodo de 2010) y los ingresos fueron de 24.509 millones (el 10,9% menos). La recaudación por impuestos directos se elevó hasta 16.194 millones de euros, un 5,7% menos que en 2010, Los impuestos indirectos, por su parte, ingresaron 17.331 millones de euros hasta febrero, un 4,5% más que en el ejercicio precedente gracias a la evolución del IVA. Por impuestos, el IRPF recaudó 15.219 millones de euros, un 2,9% más que en los dos primeros meses de 2010 gracias a los mayores ingresos por las retenciones del trabajo, por la supresión parcial de la deducción de 400 euros.

El superávit de la Seguridad Social cae un 17,4% hasta febrero. Los ingresos del sistema bajaron un 1,43% interanual, mientras que los pagos crecieron un 3,4%. La Seguridad Social obtuvo un superávit de 3.801,32 millones de euros hasta febrero, cifra equivalente al 0,35% del PIB y un 17,4% inferior a la de igual periodo de 2010, cuando el saldo positivo del sistema alcanzó los 4.602,19 millones de euros, informó este martes el Ministerio de Trabajo e Inmigración. Este mes, los gastos previstos pendientes de imputación presupuestaria alcanzarían un importe aproximado de 600 millones de euros, lo que implica la disminución del superávit a esta fecha. El secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado, afirmó, "En el cuarto año de crisis, la Seguridad Social concluirá con superávit en sus cuentas, lo que es garantía de sostenibilidad no solo de las pensiones de los actuales pensionistas españoles, sino también de futuro para los actuales cotizantes". Los ingresos por cotizaciones sociales sumaron un total de 17.399,42 millones de euros, lo que representa una disminución de 1,35 puntos porcentuales respecto al mismo periodo del año anterior, motivada por la caída de la cotización de desempleados en un 9,69%, mientras que la cotización de ocupados registró solo una ligera bajada del 0,30%. Dentro del sistema contributivo, se destinaron 14.012,25 millones de euros al pago de las pensiones (invalidez, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares), lo que supone un 5,2% más. En incapacidad temporal, el gasto registró 326,31 millones de euros, lo que se traduce en un descenso del 11,93%. A finales de febrero, las pensiones y prestaciones no contributivas registraron un importe de 707,21 millones de euros, con un crecimiento interanual del 8,99%, dedicándose a prestaciones familiares 385,15 millones de euros, un 15,62% más. En el capítulo de gastos, los pagos por prestaciones económicas a familias e instituciones ascendieron a 15.484,58 millones de euros, cifra que representa un 95,21% del gasto total realizado en el sistema de la Seguridad Social. De este montante, la mayor partida, un total de 14.777,37 millones de euros, correspondió a pensiones y prestaciones contributivas, con un aumento del 4,57%.

CONVOCATORIA DEL CURSO ON LINE DE PREPARACIÓN PARA LAS PRUEBAS DE ACCESO POR PROMOCIÓN INTERNA AL GRUPO C1


Este curso está dirigido a funcionarios del Grupo C2 y personal laboral que reúna la titulación exigida para la realización de las pruebas requeridas para el acceso al Grupo C1.

· SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN:

Quienes deseen participar en el curso deberán solicitarlo en el modelo de instancia que figura en el archivo Anexo (Sudirección General de Personal Civil - formación), que deberá ser cumplimentada en su totalidad, indicando necesariamente una dirección de correo electrónico. No se tendrán en cuenta en la selección de los participantes aquellas solicitudes que no hayan sido íntegramente cumplimentadas. La empresa que imparta el curso on line de preparación, facilitará a los solicitantes seleccionados las contraseñas de acceso a la pagina web necesarias para la realización del curso.

· PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 8 de abril de 2011. Las solicitudes de participación se presentarán vía fax (91-4546242/ 8826242) o correo electrónico: formacion@oc.mde.es

lunes, 28 de marzo de 2011

Elecciones Defensa Ceuta: Seguimos creciendo .



Hoy se han celebrado elecciones para el Comité de Empresa del Ministerio de Defensa en Ceuta, donde la USO ha vuelto a obtener un resultado excelente. A pesar de la reducción del Comité, que pasaba de 17 a 13 miembros, la USO sigue manteniendo sus 4 representantes, aumentando su porcentaje de votos y representación porcentual, siendo CCOO quienes pierden los cuatro delegados.



Los resultados han sido los siguientes:

USO 4

UGT 2

CCOO 7

Desde la FEP-USO queremos agradecer la confianza depositada en nuestra candidatura a todos los compañeros y compañeras, que son los que tienen la última decisión en las urnas. Estos resultados nos reafirman en nuestro proyecto de consolidarnos como una sólida alternativa al sindicalismo de siempre.

Rechazo a esta reforma de las pensiones


La Unión Sindical Obrera (USO) muestra su rechazo al Proyecto de Ley de Reforma del Sistema de Pensiones que el Consejo de Ministros ha aprobado el día 25 de marzo porque supone un retroceso para los trabajadores.

El sindicato, una vez aprobado el Proyecto de Ley y su remisión a las Cortes Generales, presentará a los grupos parlamentarios sus enmiendas para modificar su contenido en el trámite parlamentario.

Enmiendas que irán dirigidas no sólo a contener el gasto, sino a incrementar los ingresos, empezando por el primero, que es incrementar el número de cotizantes y por tanto la generación de empleo.

Del mismo modo, la USO llevará a cabo acciones de diferente índole junto a otros sindicatos con la finalidad de que los trabajadores no vean recortados sus derechos debido a esta reforma que supondrá tener que trabajar más para cobrar menos pensión.

sábado, 26 de marzo de 2011

Consejo de Ministros del 25/03/11: APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES


El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre Adecuación, Adaptación y Modernización del Sistema de Seguridad Social. El Proyecto recoge las recomendaciones del Pacto de Toledo y el acuerdo alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales el pasado 2 de febrero.
La reforma de la Seguridad Social entrará en vigor el 1 de enero de 2013 y se aplicará de forma paulatina en un período transitorio de 15 años, que culminará en 2027. A partir de esa fecha, cada cinco años se revisarán los parámetros del sistema por las diferencias de la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027. Los cálculos se harán conforme a las previsiones de los organismos oficiales.

Jubilación
En relación con la jubilación, se ha cambiado de un sistema de jubilación imperativa a uno flexible.
La edad de jubilación se incrementa progresivamente hasta los 67 años en un período transitorio de 15 años, que comienza en 2013 y culmina en 2027.
El proyecto de Ley contempla diversos supuestos en los que es posible la jubilación antes de los 67 años, en coherencia con los principios de gradualidad y flexibilidad que la inspira:
Se mantiene la posibilidad de jubilación a los 65 años con el 100 por 100 de la pensión cuando se acredite un período de cotización que se aumentará gradualmente hasta los 38 años y 6 meses. También podrán jubilarse a partir de los 65 años quienes no reúnan este período de cotización aunque se aplicará un coeficiente reductor a la cuantía de la pensión.
Se tiene en cuenta la interrupción de la vida laboral de las madres y padres para cuidar de sus hijos menores de seis años, por lo que se computará como períodos trabajados a efectos de edad de jubilación nueve meses por cada hijo o menor adoptado o acogido con un límite máximo acumulado de dos años y sin que en ningún caso pueda ser superior a la interrupción real de la actividad laboral. Se considerará la interrupción a efectos de cotización, cuando se produzca en el período comprendido entre el inicio del noveno mes anterior al nacimiento o al tercer mes anterior a la adopción o al acogimiento y la finalización del sexto año posterior a dicha situación. Este beneficio solo se reconocerá a uno de los progenitores. En caso de controversia entre ellos se otorgará el derecho a la madre.
Los tres años de excedencia por cuidado de cada hijo o menor acogido tendrán la consideración de período de cotización efectiva.
Se contempla asimismo la jubilación antes de la edad ordinaria de los trabajadores que realicen trabajos de especial peligrosidad o penosidad.
Se elimina el supuesto de jubilación especial a los 64 años.

Período de cómputo
Se amplía el período de cómputo para calcular la pensión, aunque se mantiene en quince años el período de carencia
Atendiendo a la recomendación del Pacto de Toledo sobre la necesidad de reforzar la contributividad del sistema de pensiones se incrementa el número de años que se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión de jubilación: de los actuales quince años se pasará gradualmente a veinticinco años.
Los trabajadores de más edad expulsados prematuramente del mercado laboral, incluidos los trabajadores autónomos, podrán optar hasta el 31 de diciembre de 2016, por la aplicación de un periodo de cálculo de veinte años, y a partir del 1 de enero de 2017, por la aplicación de un período de veinticinco años, sin sujetarse a normas transitorias, cuando ello pueda resultar más favorable.
Se establecen nuevas reglas para el relleno de lagunas que tienen en cuenta los esfuerzos de cotización realizados, dentro del objetivo de incrementar el principio de contributividad que, junto con el de la solidaridad, constituyen las bases de un sistema público de pensiones.

Escala
La escala que se utiliza para la determinación de la pensión en función del esfuerzo de cotización evolucionará progresivamente hasta convertirse en totalmente proporcional. Por los primeros quince años cotizados se percibirá el 50 por 100 de la pensión y a partir del año decimosexto, por cada mes adicional de cotización, comprendidos entre los meses 1 y 248, el 0,19 por 100 y los que rebasen el mes 248, el 0,18 por 100, sin que el porcentaje aplicable a la base reguladora supere el 100 por 100. Para que la pensión alcance el 100 por 100 de la base de cotización serán precisos 37 años, incrementándose desde los 35 actuales gradualmente durante quince años.

Prolongación de la vida laboral
Se incrementan los incentivos para la prolongación voluntaria de la vida laboral. Las personas que prolonguen su vida laboral después de la edad legal de jubilación podrán aumentar su pensión por encima del cien por cien de la base reguladora entre un 2 y un 4 por 100 por cada año completo transcurrido entre la fecha en que cumplió dicha edad y la del hecho causante de la pensión, en función del número de años cotizados que se acrediten.
Exención parcial de cotizar por contingencias comunes, salvo por Incapacidad Temporal derivada de las mismas, cuando se cumplan 65 años con 38 años y seis meses de cotización o 67 años y 37 años de cotización.

Jubilación anticipada
Se establecen dos modalidades de acceso a la jubilación anticipada: la que deriva del cese en el trabajo por causa no imputable al trabajador y la que deriva del cese voluntario. Para ambas se permite la jubilación anticipada siempre que se acredite un mínimo de cotización de 33 años. La cuantía de la pensión se minorará con aplicación de los coeficientes reductores del 1,875 por 100 por trimestre para los trabajadores con menos de 38 años y 6 meses cotizados, y del 1,625 por 100 por trimestre para los trabajadores con 38 años y 6 meses cotizados o más.

Por causa no imputable al trabajador los requisitos serán los siguientes:
- Tener 61 años.
- Encontrarse inscrito en las oficinas de empleo como demandante de empleo.
- A efectos del periodo de cotización, se computará como cotizado a la Seguridad Social el período de prestación del servicio militar obligatorio o de la prestación social sustitutoria, con el límite máximo de un año.
- Despido consecuencia de una situación de crisis o cierre de la empresa que impida la continuidad de la relación laboral (despido colectivo por causas económicas autorizado por la autoridad laboral: despido objetivo por causas económicas, extinción del contrato por resolución judicial, muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o extinción de la personalidad jurídica del contratante, o por fuerza mayor y extinción de la relación laboral de la mujer a consecuencia de ser víctima de la violencia de género.

Por cese voluntario, los requisitos son:
- Tener 63 años
- La pensión resultante debe ser superior al importe de la pensión mínima que hubiera correspondido al interesado teniendo en cuenta su situación familiar al cumplimiento de los 65 años de edad. En caso contrario, no se podrá acceder a esta fórmula de jubilación anticipada.

Quienes tuvieran la condición de mutualista el 1 de enero de 1967 podrán causar el derecho a la pensión de jubilación a partir de los 60 años. En tal caso, la cuantía de la pensión se reducirá en un 8 por 100 por cada año o fracción de año antes de la edad de jubilación.
Se mantiene la jubilación parcial a los 61 años, si bien la cotización será íntegra tanto para el trabajador relevista como para el relevado.

Mínimos
Los complementos a mínimos de las pensiones contributivas no podrán superar la cuantía de las pensiones de invalidez y jubilación en su modalidad no contributiva. Este límite no afectará a los pensionistas de gran invalidez.
Se mandata al Gobierno a reforzar, desde la vertiente no contributiva, las pensiones de los mayores que viven en unidades económicas unipersonales, sin hacer distinciones por razón de la contingencia protegida.
Obligatoriedad de la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para todos los regímenes del sistema a partir del 1 de enero de 2013. Ahora es voluntario para los autónomos.

Becarios
Becarios. Los programas formativos darán derecho a cotización de Seguridad Social. Se permitirá cotizar, por una sola vez y un plazo máximo de hasta dos años, para subsanar la laguna de cotización en los años iniciales de la vida laboral de los trabajadores, en las situaciones en las que en el pasado no era obligación de cotizar y en la actualidad sí.

Agencias
Se autoriza al Gobierno para la creación de la Agencia Estatal de la Administración Única de la Seguridad Social

Entrada en vigor de la Ley
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2013, excepto en lo relativo a la cotización de los becarios y la modificación de los convenios especiales con la Seguridad Social, que entrarán en vigor con la publicación de la ley en el BOE y la Agencia Estatal de la Administración Única de la Seguridad Social, cinco meses después de la promulgación de la Ley.

Excepciones
Se seguirá aplicando la regulación de la pensión de jubilación vigente antes de la entrada en vigor de esta Ley a los siguientes colectivos:
Las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 25 de marzo de 2011.
Las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier modalidad y/o acuerdos colectivos de empresa, así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados o suscritos con anterioridad al 25 de marzo de 2011, con independencia de que la extinción de la relación laboral se haya producido con anterioridad o posterioridad al 1º de enero de 2.013.
Quienes hayan accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad al 25 de marzo de 2011.

La reforma de la Seguridad Social entrará en vigor el 1 de enero de 2013

Resultado de las Elecciones de los Funcionarios de la AGE 2011


Desde la Sección Sindical en Defensa de USO-CADIZ queremos dar la enhorabuena a todos los compañeros y compañeras que han participado en la obtención de estos magnifico resultado que la USO está logrando en las elecciones sindicales celebradas, en las Juntas de Personal de la Administración General del Estado y les animamos a continuar así.
Podemos comprobar que los resultados allí donde la USO se presenta son magníficos, lo que supone un avance del sindicalismo independiente que representa la USO, un sindicato que no se doblega al poder político y que está únicamente dedicado, a la defensa de los trabajadores y trabajadoras.
Desde aquí queremos agradecer la confianza depositada en nuestras candidaturas a todos los compañeros y compañeras, que son los que tienen la última decisión en las urnas. Estos resultados nos reafirman en nuestro proyecto de consolidarnos como una sólida alternativa al sindicalismo de siempre. Ahora más que nunca, es necesario que los empleados públicos estemos aglutinados en torno a la USO.

viernes, 25 de marzo de 2011

Clases pasivas: ¡¡Llegó el pensionazo!! .


En estos días, hemos tenido conocimiento de un documento de la Secretaría de Estado de la Función Pública, presentado a los sindicatos con presencia en la Mesa General de Función Pública (CCOO, UGT y CSI.F) titulado pomposamente “PROPUESTA DE MEDIDAS ARMONIZADORAS DEL RÉGIMEN DE CLASES PASIVAS DEL ESTADO” y que no es otra cosa que un nuevo y brutal recorte de nuestros derechos como empleados públicos, nuestro particular “Pensionazo”.
La intención de la Secretaría de Estado es iniciar, con toda urgencia, su tramitación como Anteproyecto de ley, razón por la cual nuestra flamante Mesa General de Función Pública, que suele reunirse de pascuas a ramos, lleva ya tres reuniones en menos de una semana.
Además, las nuevas medidas serían complementarias a las recogidas en el Real Decreto-Ley 13/2010, de 3 de diciembre, de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar la inversión y la creación de empleo, cuyo artículo 20 establece la inclusión, a partir del 1 de enero de 2011, de los funcionarios de nuevo ingreso en el Régimen General de la Seguridad Social.
Estas medidas, según datos de la propia Secretaria de Estado, afectarán a los 900.000 funcionarios integrados en Clases Pasivas a 31 de diciembre de 2010. Entre los aspectos que se abordarían en la reforma, están los siguientes:
Edad de jubilación:
Ampliación de la edad de jubilación de los 65 a los 67 años.
Jubilación a partir de los 65 años de edad, únicamente si se acredita un periodo de servicios efectivos al Estado igual o superior a 38 años y 6 meses.
Jubilación anticipada a partir de los 63 años de edad, si se acreditan 33 años de servicios efectivos al Estado, en este caso vinculada a la aplicación de un coeficiente reductor de la pensión por cada trimestre o fracción de trimestre que el funcionario adelante la edad de jubilación que corresponda.
Inclusión de un período transitorio según el cual, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2021 (o 2024 según otras versiones que circulan por ahí) los funcionarios podrían acceder a la jubilación voluntaria sin coeficiente reductor siempre que se cumpla la edad y acredite la carencia que se establece para el año de que se trate (se incrementaría en 4 meses al año la edad y la carencia durante el período transitorio).
Porcentaje aplicable al haber regulador:
Se propone modificar la tabla de porcentajes aplicable al haber regulador y el incremento del periodo de servicios efectivos al Estado, de 35 a 37 años, para alcanzar el 100% del haber regulador.
A cambio, pretenden vendernos el caramelo de inclusión de otras medidas armonizadoras con el régimen General, tales como:
El cómputo, a efecto de las pensiones de jubilación y retiro, de los días que integran el permiso por parto según la legalidad vigente, siempre que no estuvieran cotizados en alguno de los regímenes de la Seguridad Social.
El accidente “in itínere”, hasta ahora no regulado en la normativa de Clases Pasivas y que se regularía ahora de forma expresa.
Se modificarían las reglas de caducidad del artículo 7 del TRLCP: Los efectos económicos del reconocimiento de las prestaciones de este régimen tendrían una retroactividad máxima de 3 meses, a partir del día primero del mes siguiente a la presentación de la correspondiente solicitud, aunque se regularía un periodo transitorio de 4 años para la plena efectividad de esta medida.
Se modificaría el artículo 44.1 del TRLCP (condiciones del derecho a la pensión a favor de padres): El requisito de dependencia económica se vincularía al salario mínimo interprofesional (que es el índice de referencia que toma la Seguridad Social en lugar del IPREM), y se presumiría la dependencia económica cuando los ingresos a computar no superen el doble del SMI por unidad familiar (en lugar de a título individual).
A cambio, en ningún lugar del documento se propone ninguna medida para igualarnos al régimen general en una materia tan sensible y costosa para nuestros compañeros y compañeras jubiladas como es el acceso gratuito a los medicamentos.
Tampoco se refleja en ninguno de sus párrafos la posibilidad de jubilación parcial, demandada históricamente por nuestro colectivo, y se cercena claramente la posibilidad de jubilación anticipada del personal docente, la llamada “jubilación LOE”.
Desde FEP-USO, a la espera de una redacción definitiva del Anteproyecto de ley, mostramos nuestra más enérgico rechazo a las medidas contenidas en el borrador, y nos preguntamos
¿Era este el espíritu de los compromisos adquiridos en el famoso Acuerdazo Gobierno-Sindicatos del año 2009? ¿Y los compromisos adquiridos tras la firma del nefasto EBEP?¿A cambio de qué nos venderán nuevamente los Sindicatos representativos en la Mesa General?¿Hasta dónde vamos a tener que seguir aguantando?Como ya dijimos desde la USO durante la negociación del pensionazo, ¿qué necesidad tenemos los sindicatos de ser comparsas de una reforma que recorta derechos a los trabajadores?
Que cada cual asuma la responsabilidad de sus actos: el Gobierno de tomar iniciativas legislativas, el Parlamento de legislar, y los sindicatos de trabajar por mejorar las condiciones de los trabajadores. Sin políticas que estimulen el crecimiento económico y el empleo, esta reforma será un nuevo parche que volvemos a pagar los trabajadores y trabajadoras de este país, en este caso, los empleados públicos. Esperamos que los empleados públicos, sabrán, llegado el momento, valorar las actuaciones de cada cual.

jueves, 24 de marzo de 2011

USO rechaza el pacto por el euro y lo considera incompatible con el Tratado de Lisboa .


Julio Salazar, Secretario General de la Unión Sindical Obrera ha enviado hoy una carta al Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, rechazando el Pacto de competitividad – Pacto por el Euro. USO denuncia su incompatibilidad legal con el Tratado de Lisboa al otorgar competencias a la Comisión Europea que corresponden en exclusiva a los interlocutores sociales.
La entrega de la carta se ha realizado en la representación permanente de la Comisión Europea en Madrid, justo al inicio de la cumbre del Consejo Europeo, y respondiendo también a las acciones de protesta promovidas por la Confederación Europea de Sindicatos (CES) en varios países.
Julio Salazar considera que “el Pacto es injusto porque con él se hace pagar a los trabajadores las locuras de los mercados financieros, no se creará empleo, y además se ejercerá presión a la baja en los salarios, interfiriendo en la negociación colectiva”. Salazar ha añadido que “el ajuste que proclaman los líderes europeos es deflacionista, injusto y regresivo socialmente.”
Por último, Julio Salazar reclama a la Comisión que como guardiana de los tratados europeos cumpla su función de velar por la legalidad, al no respetar tampoco el Pacto del Euro los principios de subsidiariedad consagrados en el Tratado de Lisboa.


http://www.fep-uso.es/attachments/1861_Pacto_por_el_euro.pdf

miércoles, 23 de marzo de 2011

23 de Marzo: Día nacional contra las Agresiones en el ámbito sanitario .


Hoy, 23 de marzo, se celebra el Día Nacional contra las Agresiones en el ámbito sanitario, mientras éstas repuntan en número cada día más.
En un reciente informe de la Comunidad de Madrid, se expone que el personal sanitario de Madrid sufrió, en el año 2010, más de 1800 agresiones. De estos, el 56 % de los ataques ocurrieron en hospitales, 41% en centros de salud y 3 % entre profesionales del servicio de urgencias Summa 112.
Desde FEP-USO queremos sumarnos, en este día de protesta, a la denuncia pública contra el repunte de de las agresiones físicas, injurias y amenazas cometidas en los últimos años por usuarios de la sanidad contra los profesionales en el ejercicio de su profesión.
Desde la FEP-USO animamos a los profesionales del sector a que tomen conciencia de este grave problema, y presenten las oportunas denuncias.
Hay que exigir que los procedimientos judiciales sean cada vez más contundentes contra los agresores, y se enjuicien siempre como delito de atentado contra la autoridad y no como simples juicios de faltas, porque lo que está en juego es la dignidad de unos profesionales que prestan un servicio esencial y básico a la comunidad

martes, 22 de marzo de 2011

Ministerio de Defensa: Reconocimiento de carrera profesional del personal estatutario.

Por Resolución de la Subsecretaría de Defensa de 4 de marzo de 2011, se resuelve el reconocimiento de los niveles I y JI de la Carrera Profesional al personal estatutario de los servicios de salud adscritos al Hospital Central de la Defensa en Madrid y Hospital General de la Defensa en Zaragoza.
Como ya os informamos en su momento, la implantación progresiva de la carrera profesional para el personal integrado en la condición de personal estatutario procedente de personal laboral del área funcional de actividades especificas de la Red Hospitalaria de la Defensa viene regulado por Orden SAS/481/2010, de 26 de febrero (BOE de 4 de marzo de 2010)
Esta orden ministerial es de aplicación al personal integrado en la condición de estatutario fijo de la Red Hospitalaria de la Defensa.
Los efectos económicos del reconocimiento tendrán efectividad de 1 de enero de 2011, excepto para quienes ocupen los cargos de Dirección y Subdirección de Enfermería que se harán efectivos en el momento en el que pasan a desempeñar la categoría en la que les ha sido reconocido el nivel.
Contra la Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses.

El Estado aporta menos a las pensiones de los funcionarios


Estaba previsto que la Administración ingresara el 0,5% del salarios de sus empleados y se ha quedado en el 0,3% por el recorte de gastos.

El Estado recortará este año su aportación a los fondos de pensiones de los funcionarios. La contribución prevista para 2011 era del 0,5% del salario de cada empleado integrado en un plan, pero la Administración la ha rebajado al 0,3%. Casi un millón de funcionarios cuenta con un plan de pensiones que recibe aportaciones de las diferentes administraciones: autonómicas, local y la general del Estado.
Desde 2004 y hasta 2009, la partida incluida en los Presupuestos Generales del Estado era del 0,5% de la masa salarial de los empleados públicos, pero ante la crisis y la necesidad de recortar gastos, los sindicatos y la Administración acordaron en la Mesa de la Función Pública modificar este porcentaje. Se fijó un calendario según el cual se rebajaba esta aportación hasta el 0,3% del salario en 2010 para volver a situarlo en el 0,5% en 2011 y elevarlo hasta el 0,7% en 2012, de forma que este último año se recuperase el terreno perdido.
· Dificultades
Pero las dificultades de la economía no remiten y el Gobierno ha decidido no aplicar la subida prevista para 2011 desde el 0,3% al 0,5%. Esta iniciativa supone una vuelta de tuerca más y se une a la rebaja en la aportación que indirectamente supuso el recorte medio del 5% en el sueldo de los funcionarios.
La aportación de las todas las administraciones públicas a los planes de pensiones de sus empleados ronda los 150 millones de euros anuales y el patrimonio gestionado en estos productos es de uno 1.300 millones.
Aunque las administraciones pueden disponer de la partida incluida en los Presupuestos Generales del Estado, hay comunidades autónomas y administraciones locales que no han puesto en marcha este tipo de instrumentos de ahorro destinados a complementar las pensiones del sistema público. De los 2,5 millones de funcionarios, alrededor de un millón cuenta con un fondo de pensiones de empleo. Los organismos que promueven un plan pueden recibir en el momento de su constitución la partida que le hubiera correspondido desde 2004, año en que se habilitó por primera vez.
La fuerte crisis de liquidez de las administraciones, principalmente de las locales está provocando retrasos en el ingreso de las aportaciones a algunos planes que generan una deuda pendiente con el fondo.
Los planes de empleo mueven 31.238 millones de euros, repartidos entre 2,1 millones de partícipes. BBVA y La Caixa son las gestoras más activas.
· Dónde invierte
El plan de pensiones más relevantes es el de los funcionarios de la Administración General del Estado, que cerró el año pasado con 605.432 partícipes tras la adhesión del Instituto Nacional de la Vivienda, Fundación Thyssen Bornemisza y la Comisión Nacional del Sector Postal.
En total agrupa a los empleados de 125 instituciones públicas. El Ministerio de Defensa y la Dirección General de la Policía son los que cuenta con un mayor peso por partícipes. El patrimonio del plan cerró el año pasado con 498 millones de euros.
El fondo está gestionado por Gestora de Previsión y Pensiones (GPP), filial de BBVA, participada por los sindicatos CCOO y UGT. El plan tuvo el año pasado una pérdida del 0,26%, aunque se anota una ganancia del 2,69% desde su creación en 2005. El 69,68% de su cartera está invertido en renta fija, y el 27,64% está en bolsa.
El fondo evaluará la propuestas que su gestora le realizará los próximos días para aumentar su inversión en activos emergentes a la vista de las jugosas rentabilidades que ofrecen. Esta propuesta se ha hecho extensiva a todos los planes que gestiona GPP, entre los que se encuentran los de Iberdrola, Repsol o el de los empledos del propio banco.
· Generalitat
La creación del plan de los funcionarios fue el pistoletazo de salida para el resto de las instituciones públicas. Desde entonces, varios organismos han constituido un plan para sus empledos. El segundo mayor es de la Generalitat de Catalunya, gestionado por Vidacaixa, que acumulaba a finales del año pasado un patrimonio de 223millones de euros y 234.245 partícipes.
El fondo de la Generalitat Valenciana, gestionado por Aviva, es el tercer plan, con 113.722 partícipes y 53 millones de euros. Ibercaja administra el fondo constituido por la Diputación d e Aragón. Su patrimonio asciende a 118millones y tiene 28.900 partícipes.

http://www.expansion.com/2011/03/22/midinero/pensiones/1300751716.html?a=1efa1d562335c0069663e93d971365ea&t=1300797748

lunes, 21 de marzo de 2011

EL TIEMPO DE ASEO PERSONAL COMPUTA COMO TIEMPO EFECTIVO DE TRABAJO


En aplicación del RD 664/1997 de 12 de Mayo regula que como consecuencia de la exposición a determinados riesgos, los trabajadores tienen derecho a disfrutar dentro de su jornada laboral (tiempo efectivo de trabajo) de y un período de 10 minutos para su aseo personal antes de la comida, así como otros 10 minutos antes de abandonar el trabajo.

Este derecho se ostenta cualquiera que sea la jornada laboral ejecutada por el trabajador, aunque preste servicios a tiempo parcial.

Entre las actividades que tienen reconocido el derecho del tiempo para el aseo personal y con independencia de otras, están:

- La manipulación de sustancias que contiene agentes biológicos, como en la actividad de depuración de aguas residuales, de acuerdo con los art. 2 y 3 del RD 664/1997 de 12 de Mayo.

- La fabricación de auramina, por ser un agente cancerígeno.

- El transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto (uralita) o asbesto, aunque no superen los valores límites de exposición diaria a esa sustancias nocivas para la salud.

Con esta información se amplia la contenida en la campaña sobre “Limpieza, uniformes de trabajo” de marzo de 2008, que la USO ha venido desarrollando con éxito en empresas del sector de la limpieza pública viaria, sector de ambulancias, sector de limpieza de edificios y locales en actividades que están reconocidas como tóxicas, penosas o peligrosas, limpieza en centros hospitalarios (zonas de medio y alto riesgo), personal que se le exige en su trabajo diario carnet de manipulación de alimentos, servicio público de emergencia sanitaria (061), mercados de abastecimientos municipales, industrias químicas, laboratorio de análisis y un largo etc.

Las empresas en las que los trabajadores y trabajadoras no estén disfrutando del derecho a 20 minutos diarios en su jornada ordinaria como tiempo efectivo de trabajo para la limpieza y el aseo personal, deben de reclamar su derecho y la retribución de los 20 minutos no disfrutados con carácter retroactivo de un año atrás; para lo cual recomendamos que el sindicato actúe, mediante la interposición de demanda de conflicto colectivo para romper la prescripción y paralelamente poner en marcha una campaña individual de reclamación del derecho y los atrasos económicos correspondientes.

Esperando que la presente información sea de utilidad.

RESUMEN DE LA REUNIÓN DE LA MESA DELEGADA DE FUNCIONARIOS

El pasado 16 de marzo de 2011, en la Subdirección General de Personal Civil se celebró reunión de la mesa delegada de funcionarios, asistiendo el equipo de la Administración encabezada por el Subdirector General y por parte de los sindicatos USO, CCOO, CSIF, UGT y GIGA

Se siguió el orden del día previamente enviado por la Subdirección a los sidicatos.

CONCURSOS DE PERSONAL FUNCIONARIO

El objetivo de la Subdirección es que en septiembre 2011 se tenga realizada la amortización de puestos de trabajo y que se actualicen las RPT tanto de funcionarios como de laborales.

El censo actual que aporta es de 7200 puestos de funcionarios incluidos los organismos autónomos. En la actualidad están ocupados 6319 puestos (datos de SGPC) y existen 881 puestos vacantes.
Siguiendo las directrices marcadas a la Subdirección se tienen que amortizar 565 puestos.

Todos los puestos vacantes desde N18 hacia abajo están en una bolsa gestionada directamente por Subdirección que se propone distribuir los 315 puestos según sus propios criterios y en función del análisis realizado por ellos, dando prioridad a las plazas a cubrir fuera de Madrid.
Explican que el criterio de antigüedad no puede ser prioritario.

CCOO y UGT creen que la Subdirección puede estar planificando la distribución de plazas de buena fe, pero siempre de espaldas a los trabajadores y no queriendo valorar la antigüedad, único parámetro objetivo.

USO apoya la idea de UGT y CCOO pero puntualiza que la situación en gran medida se debe a la falta de concreción y definición de las RPT . Esta falta de concreción se debe, en buena medida, al interés de los sindicatos mayoritarios. USO puntualiza que se trata de hacer un edificio con cimentación debil y que no se quiere abordar el problema principal de fondo, que es definir funciones de cada puesto.

La Subdirección argumenta que es más una cuestión teórica y que en El Pais Vasco ya se hizo y no fue operativo.

Informan, finalmente, que se propone convocar dos concurso: uno GENERAL y otro ESPECÍFICO antes de semana santa.
Lo que está claro es que el objetivo sería realizar ambos concurso antes del verano.
El INTA queda fuera de estos concursos.
No se convocarán N14. ( Se tratará de que las amortizaciones se centren en niveles lo más bajos posibles).
A petición de los sindicatos la SGPC accede a realizar una runión del próximo día 21 (lunes) a las 12 h en Pº Castellana con objeto de analizar y discutir todos los puestos que saldrán a concurso.
(La impresión de los sindicatos es que se trata de puro formalismo pues ya está prácticamente decidido.)

PRODUCTIVIDAD.

La Subdirección aporta los siguientes datos de las productividades aprobadas para 2011

Productividad total aprobada : 4.887.487 euros.

Cria caballar: 20.010 euros
INVIFAS: 382.448 eruos
Canal de Experiencias H.: 110.089 euros
ISFAS: 208.359 euros.
Servicio Militar de Construcciones: 40.583 euros
INTA: 2.107.595 euros

Informan de que se trata de las mismas cantidades referentes al año pasado con el ajuste del -5%.
No se entran en más detalles de este punto. La Subdirección entiende que se aplicarán los mismos criterio de reparto que se están aplicando ya en las diferentes unidades.

GRATIFICACION POR SERVICIOS EXTRAORDINARIOS.

La Subdirección está preparando una nueva instrucción para fijar criterios en lo referente al abono de estas gratificaciones.
CCOO quiere que se incluyan directivas claras en lo referente al personal funcionario que está trabajando en fines de semana y festivos.
USO entiende igualmente que se deben incluir directivas claras en lo referente a la realización de “guardias no presenciales” ( funcionarios con teléfono movil a la espera de que sean llamados en caso de necesidad).

Sin más que tratar se cerró la reunión a eso de las 14.h.

jueves, 17 de marzo de 2011

Ministerio de Defensa: Elecciones en Canarias. USO vuelve a conseguir otra mayoría absoluta .


En las elecciones sindicales celebradas el día 16 de marzo entre el personal laboral del Ministerio de Defensa en Canarias, la USO se confirma, una vez más, como la alternativa elegida por los trabajadores y trabajadoras frente a los sindicatos de siempre.

En Las Palmas, donde la USO presentaba candidatura por primera vez, hemos obtenido 1 delegado.

Asimismo, en Tenerife, donde el Comité de empresa ha bajado de 13 a 9 delegados, por reducción del número de trabajadores, nuestros compañeros y compañeras han obtenido 5 delegados, consiguiendo con ello la mayoría absoluta y sumando más votos que el resto de sindicatos juntos:

USO: 76 votos – 5 delegados

CCCO: 36 votos – 2 delegados

CSIF: 14 votos – 1 delegado

UGT: 12 votos – 1 delegado

Desde la FEP-USO felicitamos a los compañeros y compañeras de la FEP-Canarias por el buen trabajo realizado y les animamos a seguir trabajando en esa línea.

¡¡Enhorabuena a todos !!

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Plan de Formación 2011. BOD Martes, 15 de marzo de 2011


Resolución 432/04005/11 de 4 de marzo de la Dirección General de Personal, por la que se convocan acciones formativas incluidas en el Plan de Formación 2011 para elpersonal civil al servicio del Ministerio de Defensa.

El personal civil que desee participar en alguna/s de las acciones formativas que se convocan deberá solicitarlo en el modelo de instancia que figura en el Anexo II (se podrán solicitar hasta un máximo de 6 cursos, todos ellos en una única instancia).

El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente Resolución. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido no serán tenidas en cuenta.
La presentación de solicitudes se realizará en los Registros Oficiales del Ministerio de Defensa, o en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirán a la Subdirección General de Personal Civil (Formación), Paseo de la Castellana núm. 109 -28071- Madrid.

La Subdirección General de Personal Civil efectuará la notificación a los seleccionados para la realización del curso correspondiente, a través del correo electrónico o fax reflejado en la solicitud; en todo caso esta notificación irá dirigida a los Centros y los Establecimientos en los que se encuentren destinados.

Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que se ocasionen a los alumnos con motivo de la asistencia a los cursos, se indemnizarán conforme a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo y normas de desarrollo.
Los gastos de alojamiento y manutención tendrán la consideración de residencia eventual, y su cuantía será del 80% del importe de las dietas enteras.
No obstante, cuando los asistentes a los cursos vuelvan a pernoctar a su residencia oficial no devengarán esta indemnización, pero, si por razón del horario de los cursos, tuvieran que almorzar en la localidad donde se imparten, tendrán derecho a percibir el 50 % de los gastos de manutención y la indemnización que por gastos de viaje pudiera corresponderle.

lunes, 14 de marzo de 2011

La subida de los precios, una nueva losa sobre las economías familiares .


La Unión Sindical Obrera (USO) considera que la subida de precios correspondiente al mes de febrero supone una nueva losa sobre las maltrechas economías familiares.
Con una política de recortes salariales y de congelación de las pensiones, con subidas de los productos básicos, luz, alimentos, transporte, etc.; un euribor que crece y la amenaza de repuntes en los tipos de interés, las familias españolas cada vez ven más recortada su renta disponible y tienen más dificultades para llegar a fin de mes.
La subida de los combustibles excede al crecimiento del barril de crudo, un 10% en tasa interanual, la mayor desde 2008.
Es preocupante cómo nuestro diferencial con los países de la Unión Monetaria ha crecido hasta alcanzar un punto. Esto hace que nuestros productos sean menos competitivos y dificulta nuestra recuperación económica.
La USO seguirá apostando por garantizar en la negociación colectiva el mantenimiento del poder adquisitivo y negociará en los convenios subidas salariales en base al IPC real.

domingo, 13 de marzo de 2011

Plan de Pensiones de la AGE: Su "aparición"



Este plan de pensiones se recogió en los acuerdos alcanzados a finales de 2002 entre el Gobierno del Partido Popular y los sindicatos de la función pública, dentro del proceso de reconducción del diálogo social tras la huelga general del 20 de junio de ese año. La adjudicación del plan se le encomendó a una Comisión Promotora, que estaba formada por 22 miembros, 11 representantes de la Administración y 11 de los trabajadores. De estos últimos, 4 eran de CCOO, 4 de UGT y 3 de CSI-CSIF.
El 5 de abril de 2004, ya con Zapatero como presidente del gobierno, se publicó en el BOE el anuncio del concurso de adjudicación. Se estableció una fase final en la que concurrieron las propuestas de BBVA-GGP, "La Caixa", Banesto-Fonditel y Caser, tras haber quedado eliminadas previamente las ofertas de Banco Popular, Banco Sabadell y Caja Madrid. Cada una de estas entidades presentó dos ofertas, una como gestora y otra como depositaria.
El 6 de julio de 2004, siendo Ministro de Administración Pública Jordi Sevilla, la Comisión Promotora adjudicó el concurso a la empresa Gestión de Previsión y Pensiones, dividido en su condición de Gestora con participación de un 70% por el BBVA, un 15 % por CC.OO y otro 15% por UGT. Y como Depositaria el BBVA.
Este fondo de los empleados de la Administración Pública es el mayor fondo de pensiones de Europa y tenía una aportación inicial de 54,65 millones de euros, equivalente al 0,5% de la masa salarial de los 523.000 empleados públicos, con al menos dos años de servicio. Es sabido que los empleados que conforman la Administración central causan alta automática en el Plan de la AGE, con independencia de que sea funcionario de carrera o interino, personal contratado, trabajador eventual o alto cargo de la Administración General del Estado, siempre que no renuncie a ese derecho.
Fue la revista Interviú (“El Gobierno beneficia a los sindicatos amigos”, articulo aparecido en 'Interviú' el 10/12/2004, texto de Manuel Rico) quien destapó este entuerto. Según ella: "De acuerdo con la legislación sobre régimen jurídico de las administraciones y sobre contratos públicos, la adjudicación del plan de pensiones podría ser ilegal, ya que están obligados a abstenerse en el proceso de contratación quienes tengan intereses en las empresas adjudicatarias. Por tanto, los ocho miembros de CCOO y UGT en la Comisión Promotora no podrían haber participado en la decisión."Sin embargo, el Ministerio de Administraciones Públicas mantuvo que la adjudicación fue “absolutamente legal”, ya que el contrato firmado “tiene naturaleza privada”. Es más, el portavoz del ministerio que dirige Jordi Sevilla consideró de “sentido común” que los sindicatos estén en el accionariado de la empresa adjudicataria, “ya que es una forma de controlar y defender los intereses de los trabajadores”. Una afirmación que, como sabe cualquier persona que tenga conocimientos mínimos sobre la economía de mercado, resulta incorrecta: el control de la gestión corresponde a los miembros del consejo de administración, mientras que los accionistas son los dueños de la empresa que se reparten los beneficios obtenidos. Para controlar la gestión, por tanto, no es necesario ser accionista. En defensa de que el contrato no tiene naturaleza pública, el ministerio se apoyó en un informe elaborado por la Abogacía del Estado. En dicho informe, se concluye que la Comisión Promotora del plan de pensiones “no es un órgano de la Administración Pública”. En consecuencia, los contratos que firme dicha Comisión Promotora deben someterse a la normativa privada, en este caso la Ley Reguladora de los Planes y Fondos de Pensiones. El informe fue firmado por el anterior abogado general del Estado, Arturo García-Tizón, el 31 de marzo de 2004.
Hay que destacar que, en el mismo informe de Tizón, se señala textualmente que los miembros de la Comisión Promotora “adoptaron voluntariamente la opción de someter la adjudicación del contrato a las previsiones de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (LCAP), como garantía de objetividad y transparencia del proceso”. El ministerio de Sevilla mantiene que esta decisión “se cumplió”, aunque parece claro que la LCAP prohíbe la autocontratación practicada por los sindicatos.

sábado, 12 de marzo de 2011

Rodríguez Zapatero: "seguramente" habrá más ajustes y reformas


Los líderes de los 17 países de la zona euro aprobaron ayer los principios del Pacto por el Euro, con el objetivo es fomentar la competitividad para afrontar la crisis de la deuda. El acuerdo definitivo asumido por la Eurozona debería aprobarse en el Consejo Europeo del 24 y 25 de este mes.

Este "Principio de acuerdo sobre el Pacto del euro" se basa en compromisos sobre moderación salarial, contención del gasto en pensiones y prestaciones sociales, flexiseguridad laboral para fomentar el empleo y coordinación de las políticas fiscales. Los líderes también acordaron ayer reforzar y flexibilizar el fondo de rescate, el Fondo Europeo para la Estabilidad Financiera (FEEG), para los países con problemas de deuda y flexibilizarlo con el objetivo de que pueda comprar bonos en el mercado primario.

En virtud del acuerdo, los países del euro deberán anunciar compromisos anuales sobre estos aspectos y tendrán que presentar resultados en 12 meses, aunque se da libertad a los gobiernos para decidir las medidas que adoptarán para alcanzar esas metas.

Este pacto para impulsar la competitividad de la región, propugna "una baja del impuesto sobre el trabajo" y un "alineamiento de los sistemas de pensiones con la situación demográfica nacional, por ejemplo alineando la edad de la pensión con la esperanza de vida". controlar los costes salariales y alinearlos con la productividad, flexibilizar el mercado de trabajo, incluir frenos a la deuda y el déficit en las legislaciones nacionales y una mayor coordinación del impuesto de sociedades.

El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, admitió de madrugada que "seguramente" habrá más ajustes y reformas, tambien se ha mostrado favorable a la adopción de este pacto, que considera necesario para "eliminar las rigideces de las economías domésticas" europeas y ganar competitividad, según afirma en una carta que envió al presidente del Consejo Europeo, Herman van Rompuy. A juicio de Zapatero, esto significa "alinear salarios y productividad", aspecto en el que según él es esencial el apoyo de sindicatos y empresarios.

Los países deberán "garantizar" que "la fijación de los salarios en el sector público esté en consonancia con los esfuerzos de competitividad del sector privado" y que "los salarios deberán evolucionar con la productividad". No se habla de prohibir la indexación de los salarios con la inflación, que pidió Berlín.

viernes, 11 de marzo de 2011

Elecciones Sindicales

Desde esta Sección Sindical de la Federación de Empleados Públicos de Cádiz, queremos felicitar y agradecer la participación de todos los compañeros y compañeras que han ejercido su derecho al voto en el proceso de elecciones sindicales de los Servicios Periféricos del Estado de Cádiz, celebrado el día 10; en dicho proceso la candidatura ACAIP-U.S.O., ha sido la más votado, a falta del recuento de los votos emitidos por correo.

miércoles, 9 de marzo de 2011

Elecciones para los Funcionarios de Cádiz de la AGE

ELECCIONES A LA JUNTA DE PERSONAL DE CÁDIZ
DIA 10 DE MARZO
EL HORARIO DE VOTACIÓN ES DE 09,00 A 14,00
PERMISO PARA VOTAR
· Para el Personal que vote en Mesa Electoral situada en su propio Centro de trabajo: UNA HORA
· Para el Personal que vote en Mesa Electoral situada en Centro de trabajo distinto al propio, pero dentro de su localidad: DOS HORAS
· Para el Personal que vote en Mesa Electoral situada en Centro de trabajo dem otra localidad a la suya: EL TIEMPO NECESARIO PARA EJERCER EL DERECHO AL VOTO A CRITERIO DEL FUNCIONARIO
AHORA ESTA EN TUS MANOS
EL “AGRADECERLES” EN LAS URNAS A LOS SINDICATOS MAYORITARIOS UGT Y CC.OO. ACOMPAÑADOS POR SUS “PALMEROS” DEL CSI-F, LOS DISTINTOS PACTOS QUE HAN FIRMADO CON LA ADMINISTRACION, PARA LOS EMPLEADOS PUBLICOS.

Acción Social, BOD del Martes, 8 de marzo de 2011. Pág. 5933


APARTADO PRIMERO.-Aprobar, la convocatoria de plazas del Ejército de Tierra, en las Residencias, Apartamentos, Alojamientos (Residencias y Apartamentos) de países CLIMS e Intercambios que se citan durante la época estival 2011, y en la forma y condiciones que figuran en el Anexo a la presente orden, que incluye los siguientes apéndices:
- Apéndice «A» Residencias de la Dirección de Asistencia al Personal del Ejército de Tierra (DIAPER).
- Apéndice «B» Apartamentos gestionados por la Dirección de Asistencia al Personal del ET (DIAPER).
- Apéndice «C» Alojamientos (Residencias y Apartamentos) de países pertenecientes al Comité Internacional de Enlace de Organismos Militares de Acción Social (CLIMS).
- Apéndice «D» Intercambios en grupo con países pertenecientes al Comité Internacional de Enlace de Organismos Militares de Acción Social (CLIMS) y AUSTRIA.
- Apéndice «E» Impreso de Solicitud Única Conjunta.
- Apéndice «F» Impreso de Renuncia.
APARTADO SEGUNDO.-La asignación de plazas y reservas se realizará en Acto
Público, a celebrar en el Cuartel General del Ejército de Tierra, en fecha y hora que se
anunciarán en el Boletín Oficial de Defensa.
Madrid, 21 de febrero de 2011.—P. D. (Orden 81/2010, de 21 de diciembre), el General
Jefe del Mando de Personal, Jesús Carlos Fernández Asensio.

ANEXO

PRIMERO. Titulares del derecho.
1.
El personal militar profesional perteneciente al Ejército de Tierra (ET), y el personal de los Cuerpos Comunes adscrito a su Acción Social, que se encuentre en las situaciones administrativas de servicio activo, reserva destinado y excedencia por razón de violencia de género durante los dos primeros meses.
2. Los militares de carrera pertenecientes al ET., y el personal de los Cuerpos Comunes adscrito a su Acción Social, que se encuentren en situación de reserva no destinado, segunda reserva o tengan la condición de retirados.
3. Los militares profesionales de la Armada, Ejército del Aire y los de los Cuerpos Comunes, adscritos a su Acción Social, que se encuentren en las mismas situaciones administrativas contempladas para los del ET., o que tengan la condición de retirado.
4. El personal militar de Ejércitos extranjeros destinados o en comisión de servicio en Unidades del ET.
5. El personal Reservista Voluntario asignado al ET, en situación de activado.
6. El personal del Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y de los Cuerpos Comunes en cualquier situación administrativa distinta de las citadas anteriormente.
7. El personal de la Guardia Civil, en las mismas situaciones administrativas contempladas para los militares del ET.
8. El personal militar de Ejércitos extranjeros destinados en puestos de Organizaciones de Seguridad y Defensa en España, así como aquellos otros acreditados en España.
9. El personal civil al servicio de la Administración Militar.

El personal citado en los puntos 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 sólo podrá solicitar plazas en las Residencias de la DIAPER (Apéndice A).

CUARTO. Información sobre las ofertas.
Se podrán realizar consultas:
1. Por medios informáticos, dentro de las siguientes aplicaciones:
A través del portal personal en: http://portal.mdef.es/portalpersonal/index.do Intranet del ET, página del MAPER/DIAPER, en: http://10.62.19.15:82/Am1/sorteos
2. O bien, dirigiéndose a:
DIAPER (Paseo de Moret, n.º 3 - 28008 MADRID): Teléfonos: 91 780 88 65 - 91 780 88 66 y RPV: 882 68 65 y 882 68 66.

lunes, 7 de marzo de 2011

El 8 de marzo "es el recordatorio permanente de la lucha por los derechos de las mujeres".


"El 8 de marzo debe servir para recordar que gran parte de los derechos de las mujeres deben ser prioridad en las agendas políticas de los Gobiernos.
"Para festejar los avances y reconocer las reivindicaciones que nos han llevado a la situación de ahora, que es mucho mejor que la de hace un siglo", prioridades y objetivos de este día no cambian de un año para otro.
"Para recordar todo lo que está pendiente, como la igualdad en el empleo, en la educación, la conciliación de la vida familiar, laboral y personal y los derechos básicos de las mujeres".
Las mujeres trabajadoras tendrían que percibir unos 5.300 euros más al año para que existiera una equiparación salarial efectiva con los hombres, según se desprende del informe 'Retribución laboral por géneros' elaborado por los Técnicos de Hacienda (Gestha). El informe, que toma como referencia las últimas estadísticas de salarios y pensiones correspondientes a 2009.
Isabel Aunión dio la campanada en 1975 al salir elegida en unas elecciones sindicales de la fábrica de Siemens de Cornellà. La Negra, como la conocían porque solía vestir de este color, luchó firmemente por abolir una categoría profesional específica para las mujeres que hacía posible una doble escala salarial entre trabajadores y trabajadoras por empleos de las mismas características. Si La Negra aún viviese, vería que persiste la brecha entre hombres y mujeres, aunque menor que de los años 70, y relacionada con los distintos puestos que ocupan unas y otros. Pero lo que también comprobaría es que la mujer es una rara avis en los puestos más altos.
Tenemos una ley de igualdad efectiva de las mujeres ante la ley, ahora el reto es desarrollarla y aplicarla", la crisis económica no ha servido para que se cuente con el talento femenino como un motor económico, sino que éstas han sido grandes perjudicadas.
Las mujeres en momentos difíciles y de conflicto "son relegadas fuera del mercado laboral".
"Una vez que la crisis empieza a golpear duro, las mujeres tienen una situación aún más precaria y con inferiores cotizaciones, por tanto menos derechos para percibir prestaciones económicas y por desempleo".
Cien años después de que Clara Zektin propusiera este día como el de las mujeres, aún se está "muy lejos de la igualdad".
La mujer es víctima de discriminación en el ámbito laboral, político y económico, por lo que todavía es necesario que, al menos una vez al año, la sociedad reflexione sobre las causas de estas desigualdades y las posibles soluciones.
La presencia femenina en la sociedad:
· 170.000 amas de casa encuentran trabajo
Un total de 170.000 amas de casa dejaron en 2010 de dedicarse sólo al hogar, al encontrar un trabajo remunerado. Formar parte del mercado laboral, además, les permitirá cobrar el paro o una baja.
· 20,79% de tasa de paro femenino
La tasa de paro femenino se situó en el 20,79% en 2010. La cifra es casi un punto superior a la de los hombres: el 19,95% de los varones en edad activa acabó el año pasado en situación de desempleo.
· 9,7% deciden trabajar a tiempo parcial
El 9,7% de las empleadas a tiempo parcial han preferido esta opción, frente al 6,5% de los hombres. No obstante, el número de trabajadoras a media jornada casi cuadruplica al de hombres: 1.910.200 frente a 564.300.
· 51,41% tituladas superiores
El 51,41% de las personas que acaban estudios universitarios superiores son mujeres. La representación femenina desciende cuando se observa el número de personas con doctorado. Sólo el 36,09% son mujeres.
· 29 empresas del Ibex con consejeras
Sólo 29 de las 35 empresas que cotizan en el Ibex tienen alguna mujer en sus consejos de administración. Entre las que no tienen directivas figuran, por ejemplo, Endesa, Iberia y Sacyr.
· 53,46% funcionarias públicas
El 53,46% de los funcionarios de las diferentes administraciones públicas son mujeres, según los últimos datos recopilados por el Instituto de la Mujer, correspondientes al año 2009.
· 36,74% profesoras universitarias
El 36,74% de los 100.809 profesores de las universidades públicas en España son mujeres. En los centros privados, con un total de 19.638 contratados, esta proporción es ligeramente superior: el 42,21%.
· 36,29% diputadas en el Congreso
El 36,29% de los escaños del Congreso los ocupan mujeres. En el Senado, las féminas representan el 28,24%. En los parlamentos autonómicos, la presencia femenina es ligeramente superior, de un 42,22%.

domingo, 6 de marzo de 2011

A partir de las 6 horas de mañana, entra en vigor la limitación de 110 km/h,



La reducción del límite de velocidad en autovías y autopistas para automóviles y motocicletas de 120 a 110 km/h entrará en vigor a las 6 horas del lunes, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE) en el Real Decreto 303/2011 por el que se modifica el Reglamento General de Circulación.
Además, las infracciones sobre el nuevo límite de velocidad sí que llevarán aparejada la pérdida de puntos del carné de conducir. El propio Real Decreto señala que «en los supuestos de reducción del límite genérico de velocidad en autopistas y autovías de 120 km/h a 110 km/h, resultará de aplicación la pérdida de puntos establecida en el anexo IV (de la ley de Tráfico) para el límite de velocidad de 120 km/h».
Hay que recordar que a partir de las 6 horas de mañana, cuando entra en vigor la limitación de 110 km/h, todos los conductores de automóviles y motocicletas tendrán que saber que es ese el nuevo límite de velocidad en autopistas y autovías y que aunque se encuentren todavía una señal a 120 km/h o, por ejemplo, una placa tapada, la velocidad máxima autorizada es 110 km/h. Lo que manda es el Reglamento de Circulación, no una señal incorrecta.

viernes, 4 de marzo de 2011

8 de marzo: “Ahora más que nunca” .


La Confederación USO pone en marcha la campaña “Ahora más que nunca”, con motivo de la celebración del día 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.
La campaña, bajo el lema “Ahora más que nunca” tiene como objetivo sensibilizar sobre la importancia de la defensa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, especialmente en estos tiempos de crisis, con políticas de recorte y pérdida de derechos sociales.
Para esta campaña, vinculada a la celebración del 8 de marzo, día Internacional de la mujer, se han editado carteles y manifiestos en diversas lenguas, en los que la USO denuncia los recortes que el gobierno está llevando a cabo, como la supresión del Ministerio de Igualdad o la reforma de las pensiones, con los que las mujeres son nuevamente las más perjudicadas.
En la imagen elegida para la campaña se puede ver un grupo de manifestantes en el que destacan las mujeres sindicalistas, que siempre han estado y seguirán estando en la primera línea de la defensa de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores.
Como se explica en el manifiesto, desde la Unión Sindical Obrera “trabajamos firmemente por frenar aquellos ataques que dificulten el acceso y desarrollo profesional de las mujeres, así como por la defensa de un modelo de vida sostenible, en el que las mujeres y los hombres puedan desarrollar su vida profesional, familiar y personal”.

Ver folleto adjunto, sobre el 8 de marzo 2011.
Archivos adjuntos:
8 de Marzo 2011- Folleto de la Confederación USO
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miércoles, 2 de marzo de 2011

Precursoras de la Igualdad



En 1872, una chica catalana, Maria Elena Maseras, decide matricularse en la Universidad de Barcelona, no estaba prohibido que una mujer española estudiase en la universidad. Sencillamente, nadie se había planteado que una mujer diera un paso semejante. Fue un verdadero terremoto.
A finales del siglo XIX, ya comenzaba a debatirse la posibilidad de que las mujeres estudiasen. Sin embargo, la educación de las mujeres se consideraba no tanto como un derecho propio, sino como un derecho diferido – social . Sin embargo, resulta que las chicas no sólo quisieron estudiar medicina o farmacia o derecho; después quisieron ser médicas, regentar farmacias, abrir bufetes de abogados... Y fue entonces cuando la sociedad pensada por y para los hombres, reaccionó de manera furibunda.
Durante muchos años se tomaron decisiones que pretendían frenar el ingreso de las mujeres en la universidad. Hasta que en 1910, el Conde de Romanones firmó el decreto que permitió el acceso libre y en igualdad de condiciones que los hombres a la universidad. Fue, por cierto, un 8 de marzo.
Carmen de Burgos, Colombine en 1904 decidió emprender una nueva vida trabajando como periodista, cuando no había una sola mujer periodista en las redacciones de los periódicos españoles.
Catalina García, una mujer leonesa que, en 1925, se convirtió en la primera española que condujo un autobús en España, la primera que, años después, obtuvo una licencia para explotar una línea de transporte.
Y es digna de rescatar la historia de María de Lejárraga, paradigma de la mujer invisible, una mujer que durante lustros escribió las obras de teatro y los ensayos feministas que después firmaba su marido, Gregorio Martínez Sierra, que fue el que pasó a la historia como dramaturgo.
Lili Álvarez, nuestra primera olímpica, en 1924, la primera española que llegó a disputar finales en las pistas de Roland Garros y en Wimbledon.
En 1918 la primera "Asociación Nacional de Mujeres Españolas" (A.N.M.E), en la que se situaban Clara Campoamor y Victoria Kent como dos de sus dirigentes más representativas. Una asociación que tenía ya en sus manos el claro derecho al sufragio. Otra de las asociaciones importantes fue la llevada a cabo Carmen Burgos, "Cruzada de Mujeres Españolas"; quien protagonizó la primera manifestación callejera a favor del sufragio en madrid en 1921.
Clara Campoamor, tuvo que cambiar antes su propio mundo. Clara es el paradigma. A los trece años dejó los estudios para empezar a trabajar: modista, dependienta, auxiliar de telégrafos ... A los 32 años, se matricula en bachillerato, a los 34 de Derecho. Y termina, y se monta un bufete en Madrid y llega a ser una de las primeras diputadas de la segunda República. Y su presencia en aquel hemiciclo, frente a 470 hombres y una sola mujer defendiendo el voto femenino fue fundamental para que este saliera adelante.
Nuestras compañeras consiguieron el sufragio en 1933. El sufragio femenino no fue defendido por todo el mundo. Personas como la misma Victoria Kent del partido radical-socialista o Margarita Nelken, socialista, y ambas diputadas de las Cortes Constituyentes, argumentaban en contra del voto femenino, QUE LAS MUJERES AÚN NO ESTABAN PREPARADAS PARA ASUMIR EL SUFRAGIO. Proponían que éste se aplazase. Kent y Nelken defendían esta postura junto a otros miembros de los partidos de izquierda; temían que las mujeres, al tener en su disposición el derecho del voto, optasen por los partidos conservadores.
En 1947, trabajadoras de Cataluña y Vigo consiguieron un aumento de su salario a través de las huelgas. En Sevilla suspendieron el trabajo para asistir a una manifestadión contra el terror franquista. Las españolas intervinieron notablemente en la huelga general con boicoteo de los medios de transporte; sucedió en Barcelona en 1951, donde obreras y amas de casa pidieron "Pan, paz y libertad".