domingo, 31 de enero de 2010

Los ministerios acumulan una deuda de 148 millones con la Seguridad Social

Los distintos departamentos ministeriales acumulan una deuda de 148.243.327 euros con la Seguridad Social, según consta en el Fichero General de Recaudación de ese organismo con fecha 15 de octubre de 2009.
El dato ha sido trasladado por el Gobierno al diputado del Grupo Popular Tomás Burgos en respuesta a una pregunta parlamentaria.
El Ejecutivo puntualiza que la Tesorería General de la Seguridad Social viene realizando una "intensa labor de depuración de la deuda" que responde a diferencias entre "cotización y recargos" que se producen en el pago a través de entidades financieras que "entrañan dificultades de control de la recaudación en el ingreso en plazo de las cuotas por distintos ministerios u organismos".
Además, indica el Gobierno en su respuesta, el cambio de estructura en ciertos ministerios "dificulta el correcto agrupamiento de todos los códigos de cuenta de cotización" de los distintos departamentos.
El ministerio que mayor deuda tiene registrada es el de Defensa, que acumula 1.607.614 euros, seguido de Justicia con 319.009 euros de deuda. El departamento de Trabajo tiene registrada una deuda de 1.020 eruos, el de Educación debe 13.988, el de Fomento tiene por pagar 1.553 euros y el de Cultura 42.312 euros.
Medio Ambiente, Rural y Marítimo adeuda a la Seguridad Social 6.324 euros; Economía y Hacienda, 245 euros; Administraciones Públicas, 15.014 euros; Asuntos Exteriores, 261 euros, e Interior, 33.458 euros.

Fuente: Expansión.com

sábado, 30 de enero de 2010

I Consejo Provincial de USO-Cádiz

El 26 de enero pasado celebramos el I Consejo Provincial de Cádiz, en el que se han aprobado por unanimidad las propuestas presentadas por la Ejecutiva Provincial a través de su Secretario General Alberto Pablos, entre estas destacamos: El Reglamento del Consejo, el Reglamento de la Comisión Ejecutiva Provincial, el Reglamento de la Comisión de Garantías, el Informe de Gestión, los Presupuestos para el 2010, Las Funciones propias de cada Secretaría de la Comisión Ejecutiva, la Constitución de dos Federaciones y el Plan de Acción para el año 2010.
En dicho Consejo además se discutieron varios temas de interés general para el desarrollo cotidiano de la Organización y otros problemas específicos de alguna Sección Sindical, lo que conllevó un alto grado de participación por parte de los Consejeros, el respeto mutuo y las ganas de trabajar en beneficio de todos los afiliados y afiliadas permitió que se alcanzasen el consenso en todas las materias tratadas.
Hemos de destacar la aprobación de la puesta en marcha de la FEP-Cádiz, sobre la que iremos informando a medida que avance su constitución.
En representación de los afiliados en Empleados Públicos por la Territorial de Cádiz-Jerez acudió como representante a dicho Consejo la compañera Gena.
Otros compañeros de la Sección Sindical de Defensa que han participado en este I Consejo son Paco Martínez como Presidente de la Comisión de Garantía y Paco Trujillo como Secretario de Acción Sindical Provincial.

La Reforma de las Pensiones: Un nuevo parche del Gobierno que hará que reviente el sistema

• Hay que incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral
• Debe ingresarse en el Fondo de Reserva el superávit de 2008
Ante el anuncio de proceder a una nueva reforma de nuestras pensiones, la Unión Sindical Obrera (USO), considera que la propuesta es un nuevo parche, que se suma a los ya puestos en el sistema. La última reforma del año 2007 se justificó para garantizar la sostenibilidad del sistema y ya les dijimos entonces, y lo volvemos a decir ahora, que parches aislados no solucionan la sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones.En problema de fondo y que el Ejecutivo se niega a reconocer es que son los propios perceptores del desempleo los que con sus cotizaciones están manteniendo el sistema. El superávit oficial de la Seguridad Social ha sido de 8.501, 83 millones de euros. Ello supone una caída del 41% con respecto al obtenido en 2009, y estaría en déficit real si se excluyeran las aportaciones de los parados. Y el sistema productivo no da para mantener la Seguridad Social.
En cualquier caso, antes de entrar en esta medida por parte del Gobierno, desde la USO entendemos que hay que proceder a reformas globales que configuren un marco adecuado para el crecimiento del empleo y la productividad. Entre ellas debería abordarse:
1. El desarrollo del capital humano, factor clave para el crecimiento de productividad, lo cual supone una mayor inversión en educación y formación pro­fesional.
2. Potenciar la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i) como otro de los factores necesarios para impulsar la productividad y, por tanto, el crecimiento sostenible. En esta política, España gasta la mitad de la media europea.
3. La implantación de las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento (TIC) que se han revelado como un factor fundamental para el crecimiento de la pro­ductividad. Y por tanto incidir en el proceso de transformar información en co­nocimiento, éste en innovación y ésta en crecimiento.
4. El desarrollo de infraestructuras adecuadas sería otro de los factores que impulsarían el crecimiento de la productividad.
5. Una reforma del mercado laboral que ayudase a tener un ritmo elevado de generación de puestos de trabajo estables. Sólo en un entorno productivo así desarrollado se garantizaría la sostenibilidad del sistema, pero de esto no se habla o no se quiere hablar.

viernes, 29 de enero de 2010

ADAPTADA LA LEGISLACIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES A LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración General del Estado, que sustituye al vigente desde 1998 e introduce importantes mejoras de tipo organizativo y funcional.

El Real Decreto incorpora las indicaciones de la “Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012”, aprobada por el Consejo de Ministros el 29 de junio de 2007, con el fin de que las Administraciones Públicas, en su condición de empleadores, puedan hacer plenamente efectivo el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, tal y como se reconoce en la Ley del Estatuto básico del empleado público.

Entre las mejoras que introduce cabe destacar una apuesta por la utilización de recursos preventivos propios, siguiendo las recomendaciones de la citada Estrategia Española; una mejor definición de funciones y un mayor apoyo a los empleados públicos designados para funciones de prevención; la potenciación de la figura de los “Servicios de Prevención Mancomunados” en todos los servicios descentralizados, y la especificación de que el personal laboral pueda desarrollar funciones en materia de prevención de riesgos laborales.

Además, el nuevo Real Decreto amplía las funciones de la Dirección General de la Función Pública, a fin de mejorar las posibilidades reales de coordinación y apoyo de la organización preventiva de la Administración General del Estado, y establece un mecanismo uniforme para la notificación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, con independencia de los regímenes de Seguridad Social aplicables.

APROBADA LA PROPUESTA DE REFORMA DE PENSIONES QUE SE PRESENTARÁ A LA COMISIÓN DEL PACTO DE TOLEDO

Las medidas que se deriven de la propuesta del Gobierno no afectarán a los actuales pensionistas y, sólo moderadamente, a los trabajadores más veteranos.
El documento ofrece un conjunto de medidas para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones a medio y largo plazo.
El Consejo de Ministros ha aprobado el documento de reforma de las pensiones que el Gobierno presentará a la Comisión Parlamentaria del Pacto de Toledo.

El documento ofrece un conjunto de medidas para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones a medio y largo plazo; y contempla un crecimiento del gasto social asumible por la economía española, con el objetivo de hacer compatible la mejora de la cohesión social y la competitividad.

Con estas consideraciones de partida, las reformas se afrontan desde una perspectiva temporal de los próximos treinta años, manteniendo como eje central el sistema de reparto.

Principales directrices

El documento aprobado por el Gobierno responde a las siguientes directrices:

Incentivar la prolongación de la vida laboral y frenar el recurso a la jubilación anticipada. Se desplaza paulatinamente la edad legal de jubilación desde los 65 a los 67 años, siguiendo el camino emprendido por otros países europeos, ofreciendo a los trabajadores la opción a modular el proceso.
Establecer procedimientos de cálculo de la pensión de jubilación (bases, períodos …) que garanticen mejor la correspondencia entre cotización y prestación, evitando perjuicios a los trabajadores despedidos al final de su vida laboral.
Incentivar el cambio de condiciones y lugar de trabajo, a fin de evitar la exclusión temprana del mercado laboral por razones adaptativas o de incapacidad.
Mejorar la calidad de la gestión de las prestaciones de incapacidad para asegurar una protección mayor de los trabajadores con problemas de salud, y seguir avanzando en el control de la incapacidad temporal y en la recolocación de los trabajadores que incapacitan en su profesión habitual.
Disminución de costes burocráticos y de gestión, a través de la integración de diferentes servicios administrativos en una Administración Española de Seguridad Social, y culminar la separación de las fuentes de financiación entre el nivel contributivo y el no contributivo.
Mejorar la acción protectora de la viudedad y la orfandad en las situaciones más vulnerables y reorientar la prestación adaptándola a la nueva situación laboral y económica de las mujeres y las familias españolas.
Incentivar la mejora de la vida laboral y la protección de las mujeres así como la de colectivos en situaciones especiales, a través de la previsión social complementaria y de carreras de cotización más amplias.
Ampliar la complementariedad de la previsión social.
Eliminar las desigualdades internas del sistema, a través de la integración de regímenes y colectivos, y la homologación de la acción protectora.
Las medidas contenidas en la propuesta del Gobierno no afectarán a los actuales pensionistas y, sólo moderadamente, a los trabajadores más veteranos. Se aplicarán a través de periodos transitorios suficientes para garantizar la adaptación e incrementarán la equidad interna del sistema, con una mayor correlación entre cotizaciones y prestaciones. Además, buscan el consenso parlamentario (pacto de Toledo) y el diálogo Social (empresarios y sindicatos).

ACUERDO PARA LA REDUCCIÓN DEL DÉFICIT PÚBLICO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

El programa de consolidación fiscal para la Administración General del Estado se estructura sobre dos pilares: el Plan de Acción Inmediata 2010 y el Plan de Austeridad 2011-2013. El ajuste estructural que prevé hacer la Administración General del Estado se sitúa en un 5,2 por 100 del PIB hasta el final del periodo.

Plan de Acción Inmediata 2010
Comportará una reducción del gasto presupuestado inicialmente para este año equivalente al 0,5 por 100 del PIB. Los distintos Departamentos ministeriales deberán proponer antes del 1 de marzo al Ministerio de Economía y Hacienda los créditos concretos a los que deberá afectar esta restricción.

Además, durante 2010 la Oferta de Empleo Público se reducirá, sin excepciones, al 10 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y no se efectuará ninguna nueva contratación de personal interino. Por último, se autoriza al Ministerio de Economía y Hacienda a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la efectividad de estas disposiciones.

Plan de Austeridad 2011-2013
Plantea un recorte generalizado del gasto que afectará a todas las partidas, excepto a pensiones, prestaciones por desempleo y ayudas a la dependencia, educación e I+D+i, con un impacto equivalente al 2,6 por 100 del PIB en el periodo. Las principales actuaciones se centran en reducción de gastos de personal (-0,3 por 100 del PIB), gastos de funcionamiento (-0,2 por 100), inversiones (-0,5 por 100) y transferencias y otros gastos (-1,6 por 100).

Para hacer efectiva la puesta en práctica de todas estas medidas, antes del 1 de mayo el Gobierno aprobará un Plan de Reestructuración del Gasto Público que comportará una revisión exhaustiva de todos los programas y políticas de gasto de la Administración General del Estado y la racionalización de sus estructuras, así como del sector público empresarial.

Asimismo, la aprobación de cualquier nueva actuación de gasto que se quiera emprender en este período deberá supeditarse a los objetivos cuantificados en el Plan de Acción Inmediata y en el Plan de Austeridad, de modo que cualquier medida que propongan los Departamentos ministeriales no podrá suponer un aumento neto del gasto.

Además, los aumentos en la recaudación que sobrepasen la senda prevista de ingresos se dedicarán íntegramente a reducir el déficit público, sin que puedan ser aplicados a financiar aumentos de gasto.

Red de Centros de Tiempo Libre

Con la Red de Centros de Tiempo Libre pertenecientes a la Junta de Andalucía se persigue, básicamente, dos objetivos:
Facilitar a los trabajadores y sus familias el acceso a un período vacacional a lo largo de todo el año, en unas condiciones económicas más ventajosas que las ofrecidas en el sector hotelero, permitiendo así el derecho al ocio y una mejor conciliación de la vida laboral y familiar.
Desarrollar un programa de hondo contenido social en colaboración con los Ayuntamientos andaluces y organizaciones sin animo de lucro, mediante el cual se posibilita el disfrute gratuito de un periodo vacacional, en temporadas de baja ocupación, a numerosos colectivos sociales desfavorecidos

Solicitudes
Modelo de solicitud Se formalizarán en modelo oficial proporcionado por la Consejería de Empleo o si lo desea puede hacer su solicitud de modo online.
Solicitud online.
Descargue la solicitud para Centros de Tiempo Libre.
Descargue las instrucciones, tarifas e información para Centros de Tiempo Libre del Año 2010.
Lugar de admisión de solicitudes
Para la temporada Alta de Verano las solicitudes se pueden presentar o enviarán a la Consejería de Empleo (Servicio de Tiempo Libre, Avd. Hytasa, 14 - 41006 Sevilla).
Tambien podra presentar la solicitud de modo telematico, pulse aqui
Para el resto de temporada las solicitudes se enviarán directamente a los Centros solicitados.
Plazos para la presentación de solicitudes
Para la temporada Alta de Verano: Desde el 1 de enero hasta el 1 de marzo.
Para el resto de la temporada: Desde el inicio del año.
Adjudicaciones
La temporada Alta de Verano se adjudicará por sorteo informático.
El resto de temporada la adjudicación se realizará en los propios centros

jueves, 28 de enero de 2010

La USO, presente en la reunión de Ministros europeos de Empleo que se celebra en Barcelona

Javier de Vicente, Secretario de Acción Internacional de USO, forma parte de la delegación de la Confederación Europea de Sindicatos (CES) que participa en la sesión de trabajo con Ministros de la Troika Social, que tendrá lugar durante la reunión informal Ministros de Trabajo y Seguridad Social de la Unión Europea que se celebra en Barcelona entre los días 27 y 29 de enero.
Este encuentro, que tiene lugar en el marco de la Presidencia Española de la Unión Europea, incluye sesiones de trabajo con interlocutores sociales, citas institucionales y reuniones informales de los responsables de trabajo de los países europeos. En el primero de los eventos los representantes políticos se entrevistarán con una delegación de la CES, que presentará los contenidos del memorándum que la Confederación Sindical ha elaborado con motivo de la Presidencia Española de la UE. Además, hará hincapié en la importancia de alcanzar un Nuevo Pacto Social Europeo y en la Estrategia por el Empleo 2020.
La CES ha incluido en su memorándum también la agenda del cambio climático, una transición efectiva entre el Tratado de Niza y el de Lisboa y el fortalecimiento de la dimensión social de Europa

El Tribunal Supremo admite a trámita la cuestión de ilegalidad del inciso"más representativos" para regular la formación

Providencia de 14 de enero de 2010, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 6 de Madrid, sobre el inciso «más representativos» del artículo 14.1 del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de Formación Profesional Continua.
En la cuestión de ilegalidad n.º 10/09, planteada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 6 de Madrid, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 14 de enero de 2010, del siguiente tenor:
PROVIDENCIA
Madrid, 14 de enero de 2010.

Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Madrid, sobre el inciso «más representativos» del artículo 14.1 del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de Formación Profesional Continua.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el «Boletín Oficial del Estado» en cumplimiento de lo que disponen el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la Sección Cuarta conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Se designa Magistrado Ponente al Excmo. Sr. Presidente don Mariano de Oro-Pulido y López.
Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Presidente; Certifico.
Presidente: Excmo.Sr. don Mariano de Oro-Pulido; Magistrados: Excmo. Sr. don Ricardo Enríquez Sancho, Excmo. Sr. don Juan José González Rivas.

miércoles, 27 de enero de 2010

Avance del Concurso de traslados para el Personal Laboral del Ministerio de Defensa

El 19 de enero se celebró en la Subdirección General de Personal Civil, una reunión del Grupo de Trabajo, sobre el próximo Concurso de Traslados para el personal laboral.
A esta reunión asistió la Subdirectora, la cual resaltó la complejidad del proceso en nuestro Ministerio debido al tamaño de su plantilla y la existencia de otros procesos abiertos simultáneamente, como los de consolidación.
La propuesta debe aprobarse económicamente, y ajustarse a lo presupuestado, por lo cual se considera que puede producirse un ligero recorte que no sería significativo, quedando una oferta de 800-900 puestos de trabajo.
Estas circunstancias hacen imposible cumplir el compromiso de entregar la propuesta a Función Pública el 20 de enero, pero se prevé que estará lista para el 1 de febrero.
La propuesta de vacantes es la siguiente:
· Todos los puestos vacantes de necesaria cobertura.
· Todos los puestos ocupados por adscripciones provisionales por reingreso.
· Todos los puestos ocupados por adscripción provisional
· Todos los puestos ocupados por interinos por vacante.
· Todos los puestos ocupados por indefinidos por sentencia.
En relación con las vacantes ocupadas por interinos, se informa que no se van a ofertar las de celadores de prisiones militares ni las del personal docente de los colegios. En el primer caso al no existir más centros similares y en el segundo ya que afectaría a los alumnos y para proteger la continuidad del curso escolar.
El periodo de tiempo para determinar las vacantes ocupadas por interinos es, desde el 2007 al 31 de diciembre de 2009.
También informan de que existen vacantes de necesaria cobertura a las que se les va a cambiar la especialidad en la oferta.
Asimismo, se van a ofertar puestos vacantes con complemento AR asignado.
Con respecto al carácter interdepartamental del Concurso, Función Pública tiene la intención de llevar a cabo de manera conjunta todo el proceso.
El cómputo total de la oferta es de 958 puestos de trabajo, de los cuales 731 son vacantes netas y se comprometen a enviarnos próximamente el listado provisional de vacantes.
En próximos días se reunirán de nuevo

Trabajo quiere elevar de 15 a 20 años el periodo de cálculo de las pensiones

El Ministro de Trabajo, ultima su propuesta de reforma del sistema de pensiones, que estudiará el Consejo de Ministros del viernes. El Gobierno remitirá estas propuestas a la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo, donde están representados todos los grupos parlamentarios, y que será quien tendrá la última palabra sobre la reforma.
Según ha podido saber ABC, una de las propuestas del Ejecutivo es elevar de manera gradual, de 15 a 20 años, el periodo que se utilizará para calcular la cuantía de las pensiones. Se trataría de que a partir de 2011 se fuera sumando un año cada ejercicio hasta completar los 20 en 2015. Es decir, para calcular la pensión de un trabajador que se jubile el próximo año se tendrían en cuenta los últimos 16 cotizados, en lugar de los 15 actuales. El pacto de Toledo firmado por todos los grupos en 1995 ya establecía que había que aproximar paulatinamente el periodo de cálculo a toda la vida laboral. De hecho durante los 8 años de Gobierno del PP se amplió de 8 a 15 años este periodo, que es el que en estos momentos se aplica.
S. Alcelay, Y. Gómez, ABC

lunes, 25 de enero de 2010

Los jubilados parcialmente son personal fijo

Según el Tribunal Supremo, el personal laboral que se acoja a la jubilación parcial, mantiene las condiciones de fijeza o indefinida del contrato preexistente, ya que el nuevo contrato no supone la extinción del anterior, sino sólo una modificación, declarando así la nulidad de la cláusula de temporalidad contemplada en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración del principado de Asturias para los trabajadores que accedan a esta modalidad laboral.
Basa su pronunciamiento, entre otros, en lo establecido en el artículo 12.3 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que el contrato a tiempo parcial se entenderá celebrado por tiempo indefinido, y aprecia que el Convenio no puede derivarse la jubilación forzosa. Así, la cláusula cuestiona, en virtud de la cual los trabajadores que, al cumplir los 60 años, se jubilen parcialmente, quedan vinculados a un contrato de relevo de duración igual al tiempo que les falte para alcanzar la edad de jubilación, es decir, los 65 años, “carece de base legal y convencional”.
STS, 06/11/2009, Rº 20/2009

INSTRUCCIONES EN MATERIA DE FORMACIÓN CONTINUA 2010.

Secretaria de Formación
E-Mail: formación@fep-uso.es
Web: www.fep-uso.es
Príncipe de Vergara nº 13 – 7º
28001 – MADRID.
Tel.: 91 577 41 13
Fax.: 91 577 29 59

INSTRUCCIONES EN MATERIA DE FORMACIÓN CONTINUA 2010.
Un año más la Federación de Empleados Públicos ofrece la posibilidad de realizar cursos puntuables y gratuitos en todas las Administraciones Públicas.
¿A quién va dirigido?
El ámbito de aplicación del Plan de Formación, de carácter interadministrativo y estatal, está circunscrito a todos los empleados públicos, ya sean funcionarios, laborales o estatutarios, independientemente de que pertenezcan a la Administración Central, Autonómica o local.
Criterios de selección de los participantes.
El proceso de selección de los participantes en todas las acciones formativas del Plan de Formación, se ajustará al siguiente esquema:
1.- Cumplimentación de la “Solicitud de participación”.
Se realizará a través de la Web: www.fep-uso.es, del 1 de febrero de 2010 al 31 de marzo de 2010.
2.- Verificación de que el participante reúne los requisitos administrativos que exige la convocatoria.
3.- Proceso de selección, propiamente dicho, en base a los siguientes criterios:
Destinatarios y/o colectivos a los que se dirige la acción formativa.
Distribución geográfica de las plazas adjudicadas.
Criterios Intersectoriales.
Criterios Paritarios.
No haber sido destinatario de Formación Continua FEP-USO 2009.
Relación del contenido del curso con el puesto de trabajo o el interés de formación en la referida acción formativa.
Se reservará un 5% del número de plazas para trabajadores con discapacidad (minusvalía igual o superior al 33%).
A los Empleados Públicos seleccionados, se les notificará por escrito, e-mail o sms, su admisión, indicando la acción formativa y confirmando el calendario, 10 días antes de la fecha de inicio de impartición. Deberán de presentar fotocopia del D.N.I y fotocopia del encabezamiento de una nómina del año en curso o certificado de estar en activo.
Se restringirá la participación en el Plan de Formación a cinco acciones formativas. Si el empleado publico opta por un curso en modalidad presencial y dicha actividad formativa solo se hiciera finalmente a distancia y/o on line se le ofertara en esa modalidad.
Certificación.
El alumno deberá asistir al menos al 90% del tiempo presencial previsto para las acciones formativas, condición indispensable para la emisión por parte de la FEP-USO del CERTIFICADO DE ASISTENCIA, así como el posterior CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO de superación de las pruebas de evaluación final.
El alumno que supere los cuestionarios de evaluación, la Federación de Empleados Públicos de USO (FEPUSO), expedirá certificado de aprovechamiento, figurando el número de horas, metodología (Presencial, a distancia u on-line) y el contenido de la actividad formativa.
INFORMACIÓN E INSCRIPCIONES: www. fep - uso.es
¡¡¡¡¡IMPORTANTE!!!!!
La validez de esta convocatoria así como la selección de participantes está supeditada a la aprobación definitiva del Plan de Formación Continua de la Federación de Empleados Públicos de la U.S.O. en la Comisión General de Formación Continua en las Administraciones Públicas donde se incluyen estos cursos. En caso de no darse esta aprobación, todas las solicitudes se considerarán NO VALIDAS.

sábado, 23 de enero de 2010

Las familias acometerán 2010 con una menor renta disponible

· En el último mes de año el crecimiento de los precios es el 50% de la “previsión” para todo 2010.
La Unión Sindical Obrera de Andalucíave con preocupación cómo se está iniciando el año con una escalada de los precios, mientras se anima a la moderación salarial por parte del Gobierno y de la Patronal.

Los salarios de los empleados públicos crecerán un 0,3% y las pensiones un 1%, como referencia de la previsión de IPC, tal y como establecen los Presupuestos Generales del Estado para el 2010. En el marco del llamado diálogo social se habla de un acuerdo para moderar el crecimiento de los salarios que, de llevarse a efecto en términos similares a los empleados públicos, supondrá que las familias afronten este año con una menor renta disponible.

Por ello, la USO considera que las recientes subidas de servicios básicos para los ciudadanos como la luz (2,6%), el transporte público, combustibles, tasas, etc., harán que cada vez sea más difícil llegar con liquidez a fin de mes, ya que éstos están creciendo muy por encima de la inflación y con perspectiva de que los salarios no lo hagan. Ello redundará en una disminución del consumo interno y por tanto una menor aportación al PIB afectando negativamente de nuevo al empleo.

Desde la USO seguiremos planteando incrementos salariales que garanticen el poder adquisitivo de los trabajadores en cada anualidad, y por encima del 1% que prevé el Gobierno para 2010, ya que, si en un mes se come el 50% de la previsión, al final como siempre, la austeridad la padecen los más desfavorecidos, mientras el Gobierno sigue sin presentar un plan creíble de austeridad en las cuentas públicas, cuyo déficit estará en torno al 10% al cerrar el año.

Personal Estatutario. Jubilación parcial. No procede mientras no se desarrolle reglamentariamente

Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de julio de 2009.
La modalidad de jubilación aquí cuestionada solo está claramente prevista y perfeccionada en el ordenamiento de la Seguridad Social (art. 166.2 LGSS), desarrollada reglamentariamente en la actualidad en el RD 1131/2002, de 31 de octubre, para los trabajadores por cuenta ajena (art. 12.7 ET), pero necesita un desarrollo propio y específico (también reglamentario: 166.4 LGSS), entre otros que ya hemos apuntado en el no 2 del presente fundamento de derecho, respecto a quienes, como el personal estatutario de los Servicios de Salud, tienen un régimen jurídico muy distinto en relación con la prestación de servicios

PERSONAL LABORAL FUNCIONARIZADO. TIENE DERECHO A QUE SE LE RECONOZCA, PARA SEXENIOS, LOS SERVICIOS PRESTADOS ANTES DE LA FUNCIONARIZACIÓN.

Sentencia 133/2009 del Juzgado de lo contencioso administrativo nº 30 de Madrid de 15 de septiembre de 2009.
Se reconocen, para el cómputo de sexenios, los servicios prestados desde el primer contrato como personal laboral

Derecho al cobro de vacaciones. Trabajadora que no las puede disfrutar por estar en incapacidad laboral y que después es jubilada por I. P.

Sentencia 204/09 del Juzgado de lo Social Único de Ávila de 20 de octubre de 2009.
Extinguida la relación laboral, nace a favor del trabajador un derecho de crédito por la cuantía de la retribución de los días de vacaciones devengados por la prestación de servicios. Este derecho, que nace del trabajo prestado, procederá abstracción hecha de cuál sea el motivo por el que finaliza la relación laboral.

viernes, 22 de enero de 2010

Retribuciones Personal Laboral 2010

El 25 de Septiembre de 2009, los sindicatos políticos cc.oo y ugt, acuerdan con el gobierno, una subida salarial del 0,3% de la masa salarial, para el año 2.010.
Dado que el IPC interanual ha alcanzado el 0,8%, esto nos va a suponer una pérdida de poder adquisitivo del 0,5%, que unido al aumento de Retención del IRPF, como consecuencia de la desaparición de la deducción de los 400 € por ingresos del trabajo personal, nuestro trabajo se puede depreciar entre 10 y 70 Euros mensuales.
El trabajo del Empleado Público cada vez vale menos, pero este año va a superar todos los record desde 1.992

Los datos, por desgracia, desmontan todas las falacias que se publican sobre los Salarios de los Empleados Públicos y echan por tierra todas las tonterias sobre la “super subida” salarial del 0,3% para el año 2.010, que propician los sindicatos políticos como un gran logro conseguido, mientras negocian con los Empresarios una subida salarial del 2%, para los trabajadores de la empresa privada

Este gobierno y los sindicatos políticos dicen que cobramos mucho, pero los altos cargos, consejeros a dedo y políticos de Administración cobran de 60.000 a 150.000 Euros al año, o mucho más, si se cuentan los ingresos extrasalariales.

Ya es hora de que nos pongamos en pié y nos movilicemos ante estos abusos y reivindiquemos la equiparación de retribuciones de todo el personal de la Administración Pública (Administración del Estado, Autonómica y Local).

18 de Enero de 2.010

jueves, 21 de enero de 2010

USO solicita su presencia en la Mesa General de


El pasado 3 de diciembre, FEP-USO solicitó formalmente por registro su presencia en la
Mesa de Negociación, mediante escritos dirigido a la Secretaría de Estado para la
Función Pública y a la Dirección General, adjuntando para ello la certificación de
representatividad emitida por el Ministerio de Trabajo en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la AGE, que demuestra que la USO tiene una representación del 12
% del total de los delegados electos.
Esperemos que la Administración cumpla la Ley, y que a partir de este momento se nos cite formalmente para cualquier reunión que se pueda celebrar sobre cuestiones relacionadas con la AGE, incluyendo todas las Comisiones Técnicas derivadas de dicha
Mesa de Negociación, así como que se haga extensiva a todas los Organismos y Departamentos para nuestra participación en las Mesas Delegadas.

miércoles, 20 de enero de 2010

Plan de Acción Social 2010 para el Ministerio de Defensa

En el BOD nº 10 de fecha 18.01.2010 se publica la Orden 432/00630/10, de 7 de enero, por la que se convocan las ayudas del Plan de Acción Social del personal civil del Ministerio de Defensa para el año 2010.

Los plazos de presentación de solicitudes son los siguientes:
- Para estudios, salud, minusvalías………, hasta el 19 de febrero 2010.
- Para las ayudas excepcionales…..….….., del 01 al 31 de marzo 2010.





Para más información: Sección Sindical USO de tu centro de trabajo.

Instrucciones para su aplicación en el concurso de traslados del Personal Laboral de la A.G.E

La Dirección General de Función Pública acaba de hacer públicas unas instrucciones interpretativas de las Bases de las Convocatorias de Concursos de Traslados en el ámbito de III Convenio Único del Personal Laboral de la AGE.

Con objeto de coordinar las actuaciones de todos los Departamentos que convoquen concursos de traslados para la provisión de puestos de trabajo, dichas instrucciones regulan, entre otras, las siguientes materias:

Puestos a convocar: Con carácter previo a la convocatoria del concurso, deberá remitirse por cada Departamento el listado de puestos a convocar, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

• Ningún puesto podrá incluir requisito, titulación o especialidad que no contemple la RPT.
• Un puesto que tenga especialidad no podrá tener actividad principal.
• En la columna de “actividad principal” solo se incluirán aquellas que contemple el III Convenio Único o que hayan sido aprobadas por Acuerdo de la CIVEA.
• En la columna de “observaciones” se harán constar todas las aclaraciones relativas al puesto.

Igualmente, se velará porque exista una actuación coordinada de los diferentes Departamentos en las fechas de publicación de convocatorias, resolución de las adjudicaciones, etc.

En cuanto al tiempo mínimo transcurrido en la situación de excedencia voluntaria por interés particular (Base Segunda, Apartado 1.3) el periodo de un año regulado en el artículo 54 a) párrafo 3º del III Convenio Único, se reduce a cuatro meses, en aplicación de lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, tras la Ley de Igualdad.

La subsanación de errores a que se refiere la Base Cuarta Apartado 8, no incluirá, en ningún caso, la incorporación de nuevos puestos a la solicitud inicial.

La valoración de servicios prestados en puestos que hayan sido encuadrados en la misma categoría profesional, o tengan la misma especialidad o actividad principal que el puesto solicitado, se valorarán de acuerdo con la categoría del III Convenio Único al que se correspondan, en función de la aplicación de los Acuerdos de Clasificación.

Las horas de formación, siempre que se trate de materias directamente relacionadas con el puesto de trabajo solicitado, deben ser acumuladas independientemente del número de cursos en que se haya participado y la duración de los mismos; el total de horas así obtenido se dividirá por 15, despreciándose el resto, y se multiplicará por 0,5 para obtener la puntuación (hasta un máximo de 5 puntos).

Flexibilidad del permiso por enfermedad grave de un familiar para Laborales AGE

El grupo de trabajo de la CIVEA, en su reunión de 21 de diciembre, ha alcanzado un acuerdo respecto a la flexibilización de los permisos por enfermedad grave de un familiar.
Este acuerdo supone la modificación del artículo 47 c y d del III Convenio Único, y permite el fraccionamiento de los días de permiso por enfermedad grave de un familiar, a petición del trabajador, en un máximo de dos ciclos, siempre que persistan las causan que dieron origen al mismo, y no hayan transcurrido 20 días desde el inicio del primer periodo de disfrute. Estos acuerdos serán elevados al pleno de la CIVEA para su ratificación en el plazo máximo de un mes, siendo efectivos a partir de ese momento.

Contundente sentencia de la Audiencia Nacional

El día 7 de julio de 2009, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó Sentencia condenando al Ministerio de Defensa por vulneración de la libertad sindical de USO. La demanda se había presentado para denunciar la negativa sistemática a proporcionar información a USO sobre la “estatutarización” del personal civil que presta servicios en la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa, así como de las reuniones informativas celebradas, en las que se trataron cuestiones de interés general que afectaban a la racionalización del personal civil que trabaja en los servicios de hostelería y limpieza del Ministerio de Defensa en varias localidades.

El propio Ministerio había convocado estas reuniones en diferentes localidades, con presencia de todos los sindicatos que forman parte de la Subcomisión Delegada de la CIVEA, pero con exclusión de la USO, pese a tener más del 10 % de representatividad en el personal laboral del Ministerio de Defensa en el ámbito nacional. La Sentencia condena al Ministerio de Defensa por vulneración de la libertad sindical, declarando la nulidad radical de tal comportamiento, y el derecho de USO a recibir la información solicitada. La Sala declara que esta omisión informativa “acredita cumplidamente la existencia de indicios de que dicha omisión tenía por finalidad impedir que USO obtuviera la información requerida, sin que medie ninguna causa de justificación” desprendiéndose que “existe una injustificada actitud de falta de consideración al Sindicato USO ya que el Ministerio hace caso omiso a sus reiteradas peticiones de obtener información, negándole además la posibilidad de asistir a cualquier clase de reunión informativa , lo que constituye un comportamiento que claramente vulnera el derecho de libertad sindical”.

Instrucciones de Función Pública en materia de Vacaciones en situación de IT

La Dirección General de Función Publica ha dictado, en fecha 17 de noviembre, una Instrucción sobre la interpretación y aplicación de la Sentencia dictada el 20 de enero de 2009 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el 24 de junio de 2009 por el Tribunal Supremo.

Como recordáis, ambas sentencias declaran el derecho al disfrute del periodo de vacaciones no frustrado como consecuencia de una situación de incapacidad temporal.

La Instrucción limita la aplicación de ambas sentencias a las siguientes condiciones:
El devengo de las vacaciones de los empleados públicos no se verá interrumpido por la situación de IT, y por tanto podrán disfrutar sus vacaciones incluso más allá del 15 de enero del año siguiente, siempre que la situación de baja no haya permitido su disfrute con anterioridad.
El disfrute de las mismas se verá interrumpido por la situación de IT siempre que:
- El periodo de disfrute se haya fijado previamente, tanto individual como colectivamente.
- La situación de IT se produzca con anterioridad al comienzo de las vacaciones e impida disfrutar de las mismas.
Por tanto, la instrucción excluye la posibilidad del disfrute de las vacaciones no disfrutadas si la situación de IT surgió habiendo comenzado ya las vacaciones.

Tampoco permite ejercitar este derecho con efectos retroactivos a la fecha de la Sentencia del Tribunal Supremo ni la compensación económica por el no ejercicio del derecho.


PERSONAL LABORAL BOD 20/01/2010se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación

Orden DEF/3653/2009, de 29 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en las categorías de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes y Titulado Superior de Actividades Especificas, grupo profesional 1, y en la categoría de Titulado Medio de Actividades Especificas, grupo profesional 2, en el Ministerio de Defensa.

En cumplimento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y de conformidad con el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, Este Ministerio, previo informe favorable de la Dirección
General de la Función Pública, en uso de las competencias que le están atribuidas, ha resuelto:

Primero. – Convocar proceso selectivo para cubrir, en el marco del proceso de consolidación, las plazas que figuran relacionadas en el anexo a la presente Orden.
Segundo. – Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la pagina web www.060.es. La presentación de solicitudes se realizara en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero. Las bases de la convocatoria se harán públicas, al menos, en los tablones de anuncios del Ministerio de Defensa, en la página web www.mde.es, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de la Presidencia.


Madrid, 29 de diciembre de 2009. – La Ministra de Defensa, P. D. (Orden comunicada 22/2003, de 4 de marzo), el Director General de Personal, Vicente Salvador Centelles.

JUBILACIÓN PARCIAL

Como informamos en su momento, la Sección Sindical de USOC del Ayuntamiento de Tarragona, en respuesta a la petición de numerosos trabajadores y trabajadoras, dirigió un escrito en el mes de julio de 2009, al Presidente del Gobierno, Sr. Rodríguez Zapatero, con el fin de que se reactive la negociación que posibilite la jubilación parcial de los funcionarios públicos españoles.
La jubilación parcial de los funcionarios está desde hace dos años en una vía muerta, a la espera de que se dicten las Leyes que desarrollen esta materia, recogida en el artículo 67 del EBEP.
La respuesta, remitida por el Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, además de reconocer que para obtener el derecho a la jubilación parcial es necesario un desarrollo normativo del EBEP que aun no se ha producido, nos remite al Acuerdo Administración Sindicatos 2010-2012, recientemente firmado, que regula que el Gobierno adoptará las medidas normativas necesarias para llevar a cabo las previsiones del Estatuto Básico que requieran una adaptación urgente.
Para la FEP-USO esto no es más que palabrería para no acometer los cambios legislativos que ya están acordados.
Por ello, exigimos:
El inmediato y urgente desarrollo de la Disposición Adicional 6ª del EBEP que facultaba al Gobierno para presentar en el Congreso de los Diputados un estudio que unificase los distintos regímenes de jubilación.
El cumplimento de la Disp. Adic. 7ª de la Ley 40/2007 de 4 de diciembre ( RCL 2007, 2208) sobre la aplicación de los mecanismos de jubilación anticipada y parcial en el ámbito de los empleados públicos, que establecía el plazo de un año -plazo vencido en enero de 2009-
Con el fin de conseguir estos objetivos, deberemos iniciar como FEP-USO las campañas necesarias (reuniones grupos parlamentarios, recogida de firmas, etc.) para la obtención inmediata de este derecho, en defensa de los intereses de los empleados públicos.