domingo, 26 de febrero de 2012

INACTIVIDAD DEL BLOG

Después de 20 años como afiliado a la USO y en la que he desempeñado distintos cargos de responsabilidad, culmina una etapa trascendental en mi trayectoria sindical, la cual en todo momento se ha caracterizado por el empeño y sentido de responsabilidad en las tareas encomendadas, estoy satisfecho y orgulloso de mi trabajo en estos años en el que no he escatimado horas ni esfuerzos.

Como consecuencia de varios problemas con el Secretario Provincial de Cádiz, decidí presentar una denuncia ante los Órganos de Dirección del Sindicato (USO-Andalucía y FEP Estatal) al considerar que estaba sufriendo un “posible caso de Mobbing” por su parte. Como es “habitual” en estos casos, el corporativismo ha funcionado (Andalucía se lo envía a Cádiz y la FEP ni contesta) y como también es “habitual” en estos casos el denunciante se ve abocado a abandonar el puesto de trabajo.

Es triste tomar la decisión de renunciar, pero con toda la honestidad del mundo me marcho y por ello he renunciado a continuar como miembro del Comité Provincial y a las horas sindicales que el puesto conlleva, rompiendo con ello la tradición en la forma de actuar (dejar al sindicato por el que se presentan pero no las horas) de otros compañeros y compañeras del Comité Provincial de Cádiz.

Hoy son varios los compañeros y compañeras que se rasgan las vestiduras ante mi decisión, pero esos mismos que dicen hoy que yo no he hablado en estos años, eran conocedores de los problemas, incluso de mis dudas sobre si presentarme a las elecciones sindicales o no, siendo estos los mismos que me animaron a firmar la candidatura, ha sido necesario el interponer la denuncia para que quisieran buscar soluciones, a mi entender tardíamente, tengo la conciencia muy tranquila y el convencimiento de que mis actuaciones se podrán compartir o no pero son defendibles.

Una vez que me he dado de baja también como afiliado a USO carezco de representatividad para continuar gestionando este blog, me siento orgulloso del trabajo realizado y de las horas de dedicación (sin importar festivos, vacaciones y horarios fuera del considerado como de trabajo), por lo tanto y como creador del mismo considero que lo más adecuado es que DEJE INACTIVO el blog “Sección Sindical Provincial en el M. de Defensa. USO-CADIZ”, al igual que la página USO-Cádiz Defensa en Facebook.

jueves, 19 de enero de 2012

USO insta al Gobierno a ampliar el ámbito del diálogo social y buscar soluciones al crecimiento económico y al empleo


La Comisión Ejecutiva Confederal de la Unión Sindical Obrera, USO, reunida en Madrid, ha aprobado una batería de propuestas tendentes a enriquecer el diálogo social y a mejorar la calidad de las propuestas hechas hasta ahora por los agentes sociales convencionales. En este sentido la USO apuesta por la simplificación del modelo de contratación y propone un contrato indefinido inicial, dejando las contrataciones temporales a los supuestos que tengan una causa que los justifique. Asimismo propone un nuevo contrato de inserción profesional para aquellos que accedan a su primer empleo, la potenciación del contrato de relevo y la supresión de las bonificaciones a las diversas modalidades de contratación, sustituyéndolas por ayudas a la creación de empleo neto especialmente en las pymes. La USO, en su firme defensa del empleo estable y de calidad propone la diferenciación de las cotizaciones sociales entre contratos temporales e indefinidos, penalizando las primeras y bonificando las segundas.

La USO propone también medidas tendentes a la dinamización del mercado laboral como instrumento para frenar y revertir la destrucción de empleo introduciendo mecanismos para el ajuste de plantillas y jornadas laborales en las PYMES sin tener que recurrir al despido (reducciones de jornada, desempleo parcial, etc.)

La Comisión Ejecutiva Confederal de la USO considera que la reforma laboral que se plantea sacar adelante el Gobierno debe servir para, entre otras cosas, facilitar la creación de empleo y por ello advierte de la inconveniencia de caer en errores del pasado poniendo el foco en el despido.

En cuanto a la negociación colectiva la USO apoya firmemente que la capacidad de negociación en las empresas recaiga sobre los representantes elegidos democráticamente por los trabajadores y no se prime, como sucede actualmente, la actuación de las organizaciones sindicales. Además aboga por el reconocimiento a la complementariedad de los ámbitos de negociación, que los convenios de ámbito superior no puedan limitar materias en los ámbitos inferiores, por la potenciación de los acuerdos sobre materias concretas de negociación en los ámbitos de la empresa y que la composición de las comisiones negociadoras respondan al resultado democrático expresado por los trabajadores en las urnas, aplicando para ello siempre y en todo ámbito de convenio, la regla de la proporcionalidad a la representación que cada sindicato ostente.

La USO quiere también trasladar al Gobierno su apuesta por que se mantenga en el ámbito del sistema sanitario el control de las altas y bajas por enfermedad común, y que sean las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales las que ejerzan el seguimiento y control de las bajas por contingencia común a partir del 16º día.

Ante la constatación del agotamiento del modelo vigente de diálogo social, en el que los agentes sociales solo son capaces de ponerse de acuerdo en aquellos aspectos que les garantizan un mantenimiento de sus estructuras actuales sin atender a las necesidades reales de los trabajadores, la USO propone que la formación para el empleo sea gestionada por los Servicios Públicos en el marco del desarrollo de las políticas activas de empleo. Los agentes sociales podrán definir prioridades o necesidades formativas pero no ser gestores directos de la misma.

En cuanto al control total que actualmente ejercen los principales agentes sociales sobre el arbitraje y la mediación laboral, la USO apuesta por la recuperación de estas figuras para su desempeño por la correspondiente autoridad laboral, sacándola de fundaciones privadas sostenidas con fondos públicos. Las partes negociadoras podrán, por acuerdo de las mismas, acudir al árbitro o mediador que estimen oportuno y no sólo de una lista previamente confeccionada.

miércoles, 18 de enero de 2012

FEP-USO siempre estará “EN DEFENSA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS” .

Ante la presentación en las Juntas de Personal de AGE (y previsiblemente en otros ámbitos y otras Administraciones Públicas), por parte de otros Sindicatos, de un documento llamado: “...EN DEFENSA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS”, desde la USO debemos manifestar lo siguiente:

Es un documento que pretende ser de consenso, pero estos sindicatos como siempre, no aceptan que se introduzcan modificaciones o propuestas. A pesar de que la USO, representa al 20 % del personal funcionario en la AGE. A pesar de compartir la idea genérica de la Defensa de los Servicios Públicos y derechos sociales, no podemos olvidar que parte de la culpa de la perdida de estos, se han debido a la firma por parte de estas Organizaciones sindicales de acuerdos, que cercenaban derechos consolidados: Pensiones, Protección por Desempleo, Reformas Laborales, Acuerdos Confederales de Negociación colectiva, etc.Tampoco podemos olvidar que estas tres organizaciones sindicales (ahí están los comunicados y la hemeroteca), firmaron y aplaudieron hasta con las “orejas”, la aprobación del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007), Ley que ha permitido la supresión de todos los acuerdos y posibilitado el recorte del 5% de las retribuciones del conjunto de los empleados públicos (Artículo 38, punto 10 del EBEP).

Desde la USO, proponemos a nuestros “queridos colegas sindicales”, que afronten de verdad la defensa de los Servicios Públicos y asuman también dentro del mismo documento, nuestras propuestas de ahorro económico, defendiéndolas ante la Administración, como defensa y mejora de los Servicios Públicos, evitando nuevos recortes. Entre otras propuestas, recordemos las siguientes:

- Eliminar los Planes Privados de Pensiones en las Administraciones Públicas. Disolución de estos y devolución de los importes acumulados a los trabajadores. –aunque claro esto supone dejar de recibir ingresos UGT y CCOO-Controlar las retribuciones más altas.
- Eliminar los complementos salariales de Ex -altos cargos (aunque también parece que esto no les preocupa mucho, ya que algunos de ellos son de estos tres sindicatos).
- Reducir en un 50 % los Altos cargos y sus retribuciones; Recortar gastos corrientes unificando unidades; Reducir en un 20 % las retribuciones de los Parlamentarios de todos los ámbitos; Utilización del Software libre; etc.

La USO ha defendido, defiende y defenderá los Servicios Públicos de calidad, con empleados públicos, pero… no todo vale. No se puede decir una cosa y la contraria (Pedir reforzar el sistema público de pensiones y trabajar para que haya un sistema privado en las AAPP).

Las contradicciones sindicales mediante la firma de acuerdos vergonzantes para los trabajadores y trabajadoras, no puede ser excusa para hacer un documento sin propuestas, ni alternativas.

Claro que si esto es solo para “lavar la cara”, no reconociendo los graves errores en las negociaciones y firmas de acuerdos, podemos entender que no quieran modificar, ni ampliar este documento. En este caso, la USO no avalará con su firma dicho escrito.

SERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDAD CON EMPLEADOS PÚBLICOS

¡AHORA MÁS QUE NUNCA!

Comunicado USO sobre la posición en las JJPP y CCEE
http://www.fep-uso.es/attachments/2519_posicin%20de%20fep-uso%20sobre%20escrito%20presentado%20en%20las%20juntas%20de%20personal%20enero-2012.pdf

miércoles, 11 de enero de 2012

Anguita acusa a CCOO y UGT de ser "un apéndice" del Estado


El ex líder de IU Julio Anguita ha acusado hoy a los sindicatos, especialmente a CCOO y UGT, de ser "un apéndice del Estado" y de constituir una "cadena de transmisión" de las políticas que han llevado a cabo los distintos gobiernos.

Anguita ha hecho estas críticas en el marco del análisis que ha realizado sobre la crisis económica en una entrevista en Telemadrid, en la que ha señalado que hay que "reinventar" los conceptos de austeridad, planificación y democracia, ya que, en su opinión, esta crisis no tiene solución "desde las perspectivas clásicas".

Sobre las medidas que ha tomado el Gobierno para afrontar la situación económica, Anguita ha dicho que éste "actúa como el pianista de un salón del oeste", que toca para que "no se oigan los tiros".

Público.es

La ampliación de jornada a 37.5 horas no es de aplicación plena a todas las AAPP .

En los últimos días hemos recibido multitud de consultas sobre la aplicación del Real Decreto de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público (publicado en BOE de 31 de diciembre) a la totalidad de las Administraciones Públicas.
En concreto, la mayoría de vuestras consultas giraban en torno a la obligación de aplicación en la totalidad de las AAPP del contenido del artículo 4, de la Reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, que literalmente dispone:

"A partir del 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos.

Esta media semanal se entenderá sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan, que experimentarán las adaptaciones necesarias para adecuarse a la modificación general en la jornada ordinaria.

Para la efectiva y homogénea aplicación de esta medida en el ámbito de la Administración General del Estado se autoriza al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a dictar las instrucciones necesarias para adecuar los calendarios laborales vigentes, incluidos los sistemas de seguimiento del cumplimiento horario, previa negociación en el seno de la Mesa General de Negociación"

De la literalidad del artículo, se infiere claramente que únicamente es de aplicación para el conjunto del sector público estatal, y no incluye, por tanto, al personal al servicio de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales.

El problema estriba en que los funcionarios del sector público estatal (en concreto los de la AGE) ya trabajan desde hace años 37,5 horas a la semana en virtud de la Resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal civil al servicio de la Administración General del Estado (BOE de 27 de diciembre de 2005).

En el artículo Segundo de dicha resolución, bajo el título Jornada y horarios, ya se establece que: “La duración máxima de la jornada general de trabajo en la Administración General del Estado será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual, equivalente a mil seiscientas cuarenta y siete horas anuales”

Por eso, desde FEP-USO no entendemos la demagogia con la que se en los últimos días se trata este tema desde las esferas politicas y tertulias radiofónicas, y criticamos una vez más que entre las medidas de ajuste y recortes que se vuelven a cebar contra los empleados y empleadas públicos en general, esos mismos demagogos no hayan incluido, por ejemplo, la eliminación del complemento de altos cargos, que si supone un buen pellizco en las deficitarias cuentas públicas.

Al parecer, muchos expertos consultados al detectarse esta "laguna" en la aplicación, han indicado que la única intención del Gobierno al incluir en el nuevo Real Decreto la obligación de tener una jornada semanal de 37,5 horas supone simplemente elevar a rango de ley una instrucción ya contenida en una resolución.

Pero la mayoría entiende que puede ser también un toque de atención para que en aquellos organismos públicos y resto de AAPP donde pueda estar vigente una jornada semanal de 35 horas se llegue a las 37,5 horas semanales, y eso parece que va a trasladar el Ministro Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, que se reúne hoy, 11 de enero, con los consejeros económicos de las comunidades gobernadas por el PP para analizar sus planes de ajuste y la futura ley de estabilidad presupuestaria.

Desde FEP-USO nos consta que ya sobre este tema y su traslación a la normativa de las diferentes CCAA se debatió en la reunión de Coordinación celebrada los pasados días 29 y 30 de diciembre en Madrid, entre los nuevos responsables del Ministerio y los Directores Generales de Función Pública de cada una de las CCAA, antes de la convocatoria de la Mesa General de Función Pública en la que se anunciaron las congelaciones salariales, pero en todo caso, y mientras no se produzca dicha traslación, la ampliación de jornada prevista en el Decretazo es únicamente de aplicación para el personal integrante del sector público estatal.

La definición y alcance de sector público estatal está claramente delimitada en el articulo 2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria (BOE de 27 de noviembre ) que literalmente establece:

Sector público estatal.
1.A los efectos de esta Ley forman parte del sector público estatal:
· a. La Administración General del Estado.
· b. Los organismos autónomos dependientes de la Administración General del Estado.
· c. Las entidades públicas empresariales, dependientes de la Administración General del Estado, o de cualesquiera otros organismos públicos vinculados o dependientes de ella.
· d. Las entidades gestoras, servicios comunes y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en su función pública de colaboración en la gestión de la Seguridad Social, así como sus centros y entidades mancomunados.
· e. Las sociedades mercantiles estatales, definidas en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.
· f. Las fundaciones del sector público estatal, definidas en la Ley de Fundaciones.
· g. Las entidades estatales de derecho público distintas a las mencionadas en los párrafos b y c de este apartado.
· h. Los consorcios dotados de personalidad jurídica propia a los que se refieren los artículos 6, apartado 5, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando uno o varios de los sujetos enumerados en este artículo hayan aportado mayoritariamente a los mismos dinero, bienes o industria, o se haya comprometido, en el momento de su constitución, a financiar mayoritariamente dicho ente y siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder de decisión de un órgano del Estado.

La misma duda de aplicación surge en la interpretación del artículo 3 , referente a la limitación de la tasa de reposición de efectivos, procesos de consolidación de empleo y contratación de personal temporal y nombramiento de interinos.

Las limitaciones que contiene el RD son únicamente de aplicación al sector público estatal.

Diferente es el espíritu de las disposiciones contenidas en el Capítulo II, “De los gastos de personal”, que si son de obligada aplicación a todas las AAPP, incluidas Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales, y que obligan a mantener las cuantías de las retribuciones del personal y altos cargos del sector público, que no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

En este caso, el contenido del artículo 2.2 del nuevo RD es clarisimo y no deja lugar a interpretaciones:
“En el año 2012, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2011, en términos de homogeneidad para los dos períodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.”

El propio RD dispone en su articulo 1, que a efectos de retribuciones, constituye el sector público:
- La Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales y las Universidades de su competencia.
- Las Administraciones de las Comunidades Autónomas, los Organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia.
- Las Corporaciones locales y Organismos de ellas dependientes.
- Las Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social.
- Los Órganos constitucionales del Estado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 72.1 de la Constitución.
- Las sociedades mercantiles públicas.
- Las entidades públicas empresariales y el resto de los organismos públicos y entes del sector público estatal, autonómico y local.

martes, 10 de enero de 2012

USO pide explicaciones sobre gratificaciones en MUFACE .

En un escrito dirigido al Director General de Muface, la Sección Sindical de FEP-USO pregunta sobre el reparto de productividades y gratificaciones extraordinarias que se han pagado en el Organismo el pasado mes de diciembre, en un volumen muy elevado, y con total oscurantismo.
Noticias de esta índole, justamente en estos tiempos, nos llenan de estupor.
Hace unos días hemos conocido la Sentencia de octubre de 2011 del Tribunal Supremo que condenaba a otro Organismo Público, el Banco de España, a la publicación de todos los datos y cuantías que se habían asignado por Gratificaciones y conceptos similares.
El caso de MUFACE se asemeja en todo.
Las explicaciones verbales, solicitadas hace poco, de la Secretaría General, si bien son de agradecer, dejan muchas lagunas sobre aspectos y detalles que debieron respetarse, en especial el cauce de negociación colectiva, consulta, e información previa debida a los representantes de los trabajadores en todo el proceso.
Desde FEP-USO creemos que ahora más que nunca, las Administraciones Públicas han de ser el espejo en el que se miren los gestores privados sobre la transparencia y la finalidad de los recursos económicos que se gestionan.
El oscurantismo, la falta de negociación previa y la ausencia de todo tipo de documentos públicos, hacen inexplicable el reparto de unos fondos de naturaleza pública y sujetos al principio de transparencia en la gestión.
A ello debemos añadir, la absoluta discrecionalidad, que ha acompañado la asignación y personas beneficiadas o excluidas.
El criterio del Jefe de Unidad no es nunca garantía de justicia retributiva o equidad, sin la participación mínima de los representantes sindicales y los órganos de representación que eligieron los empleados y empleadas públicos.
El reparto de un sobrante presupuestario no puede ahondar en la brecha salarial entre grupos: las Gratificaciones, que se han asignado a un determinado círculo de dirigentes administrativos, raya en el feudalismo más trasnochado a costa de los caudales públicos que paga la ciudadanía.
Desde FEP-USO creemos que la Dirección General de MUFACE lo pudo hacer bien y sin embargo optó por hacerlo mal, ya que agredió los derechos de negociación colectiva de los funcionarios de MUFACE y ese es el balance final de un reparto arbitrario, oscuro y falto de garantías.
En el escrito, FEP-USO insta al Director de MUFACE a la publicación inmediata de los nombres y cuantías de dicho reparto.

Si nada se ha hecho mal, nada hay que ocultar.

De la congelación salarial a una bajada en la nómina.

La subida del IRPF supone una bajada en la nómina de 220 euros de media anuales durante el año 2012.

Nuestras nóminas sufrirán recorte entre los 15 y 40 euros mensuales tras la subida del IRPF aprobada por el nuevo Gobierno.

Como ya informamos, en el último Consejo de Ministros del año 2011, el Gobierno acordó una serie de medidas en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

Entre estas medidas, además de la congelación salarial de los empleados públicos y la no convocatoria de Oferta de Empleo Público, así como el incremento de la jornada laboral a 37.5 horas semanales (en la AGE hace años que tenemos esta Jornada Laboral y tambien sueldos más bajos), se establece un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que resultará de aplicación en los periodos impositivos 2012 y 2013 y que va desde un 0,75% a un 7% más de retención, dividida en siete tramos, en función del sueldo bruto actual y la situación civil.

Este aumento de retenciones comenzará a aplicarse en la nómina del mes de febrero con efectos desde el 1 de enero de 2012


YA ESTA BIEN DE QUE PAGUEMOS SIEMPRE LOS MISMOS
NADIE SE ACORDO DE NOSOTROS PARA REPONERNOS LO PERDIDO CUANDO LA ECONOMIA ESTABA BIEN Y TODOS, MENOS NOSOTROS, GANABAN "PEDAZOS" DE SUELDOS