martes, 30 de agosto de 2011

LAS ORGANIZACIONES SOCIALES CONTRA LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN Y POR LA CONVOCATORIA DE UN REFERÉNDUM


Las organizaciones sociales abajo firmantes acuerdan manifestar públicamente su rechazo a la propuesta de reforma de la Constitución Española elaborada por los responsables de los grupos parlamentarios del PSOE y del PP, pedir a los diputados y senadores de todos los grupos parlamentarios que no la voten favorablemente y que, en el caso de que la propuesta fuera aprobada, se convoque un referéndum para su ratificación.
Consideramos que por su contenido y por sus plazos de aplicación esta reforma no va a ayudar a la reducción de los niveles actuales de déficit público que sólo puede lograrse sin deteriorar gravemente el tejido económico y social de nuestro país, mediante la promoción del crecimiento económico y el empleo, una reforma fiscal equitativa y progresiva y un permanente rigor en el uso del gasto público.
Al mismo tiempo impone una grave limitación a la autonomía de los gobiernos democráticos y a la capacidad de autogobierno presupuestario de las diferentes administraciones públicas. Esto afectará gravemente a su capacidad de utilizar la política presupuestaria al servicio de los objetivos de la política general. Supuestamente motivada por los ataques especulativos a las deudas soberanas, la reforma introduce en nuestra máxima norma jurídica un factor económico de carácter netamente procíclico que puede llegar a impedir la acción de los gobiernos para que nuestra economía no entre, en el futuro, en una recesión. Constituye también una amenaza permanente para las prestaciones e instituciones del Estado de bienestar, las políticas sociales y la cooperación para el desarrollo.
Si el contenido es rechazable, el procedimiento que se va a adoptar para su aprobación es inaceptable: se va a producir con la legislatura agotada, se anuncia en pleno período de vacaciones, se quiere aprobar definitivamente transcurridos sólo quince días desde que el Presidente del Gobierno la propusiera el 23 de agosto, se quiere realizar sin debate político ni social de ninguna clase y, finalmente, sin que la reforma sea sometida a referéndum.
Por todo ello y teniendo en cuenta que su contenido –la constitucionalización de la obligación de equilibrio presupuestario y límite de la deuda en las cuentas de las administraciones públicas- es una opción ideológica y política que además de ser errónea e inútil tiene un carácter marcadamente conservador, podemos afirmar que esta reforma rompe el consenso constitucional sobre el que se basó la elaboración de nuestra Carta Magna.

Ante la gravedad de este proceder, las organizaciones sociales abajo firmantes consideran necesario que la ciudadanía exprese públicamente:
1. Su rechazo a la reforma constitucional que se propone
2. La petición a los/as diputados/as y senadores/as de que no la voten favorablemente en el trámite parlamentario.
3. La exigencia de que si la propuesta es aprobada por el Parlamento sea sometida a referéndum

Para ello, las organizaciones abajo firmantes llaman a la ciudadanía y a las fuerzas políticas y sociales a que participen en las movilizaciones que se convoque. Conscientes de la necesidad de trabajar por la convergencia de todas las organizaciones y plataformas que estamos contra esta reforma de la Constitución, acuerdan en particular:
1. Convocar concentraciones y manifestaciones los días 31 de agosto y 1 de septiembre en las distintas localidades del Estado español
2. Apoyar la participación en las demás concentraciones y movilizaciones que se convoquen estos días contra la reforma de la Constitución y por la convocatoria de un referéndum
3. Apoyar iniciativas de diferente naturaleza, en particular la recogida electrónica de firmas
4. Culminar con una manifestación en Madrid el próximo martes, 6 de septiembre a las 19:00 entre Cibeles y Sol

Madrid, 29 de agosto de 2011

Organizaciones asistentes a la reunión sobre reforma constitucional
- CCOO
- UGT
- USO
- Paz con Dignidad
- Consejo de la Juventud de España
- Sindicato de Estudiantes
- Paz Ahora
- Confederación Intersindical
- Habitáfrica
- Coordinadora de ONGs para el Desarrollo (CONGDE)
- Plataforma 2015 y +
- Asamblea de Cooperación por la Paz
- Socialismo 21
- Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE)
- Comisión Promotora de las Mesas Ciudadanas para la Convergencia y la Acción


domingo, 28 de agosto de 2011

Más de un millón de jóvenes andaluces menores de 34 años carecen de ingresos


Son los jóvenes ceroeuristas o la generación ni-un-euro. Más de un millón de andaluces menores de 34 años tienen una capacidad adquisitiva igual a cero. Representan el 49,9% de la población de su misma edad.
Lejos queda aquel tiempo en el que se acuñó el término mileurista, situación a la que a muchos no les importaría volver. Ahora, la llamada generación perdida no encuentra cómo ganarse el jornal. Este agujero salarial es más profundo entre los 18 y los 24 años, ya que el 71,1% de los jóvenes andaluces en este tramo de edad no perciben salario alguno. Entre 25 y 29 años, el porcentaje de andaluces que dependen del domicilio familiar representa un 43,1% y en la franja entre 30 a 34 años es de un 35,5%.
Aunque pudiera ser una variable que explique estos abultados porcentajes, que los jóvenes estén cursando estudios no afecta a esta situación. De los dos millones de andaluces entre 18 y 34 años, 314.721 son estudiantes, sólo un 15,6% de la población de su misma edad. Como es previsible, la mayor proporción está comprendida entre los 18 y 24 años (un 37,5%) y desciende bruscamente hasta los 29 años (6,7%) y de la treintena hasta los 34 años (2,1%).
Estos datos, que explican las dificultades de los jóvenes para acceder a una vivienda, tanto en propiedad como en alquiler, pertenecen al último informe del Observatorio Joven de Vivienda (Objovi) correspondiente al cuarto trimestre de 2010 y presentado a principios de julio.
El informe de esta entidad dependiente del Instituto de la Juventud de España (IJE) reproduce una cadena que se alarga en los últimos años.
Cada vez son más los jóvenes sin ingresos. Y, de los que están empleados, el 48,9% tiene un contrato temporal. Con este contrato basura, las posibilidades de obtener un crédito por parte de las entidades financieras es un milagro. De los que tienen contrato indefinido, el salario que cobran, una media de 14.287 euros al año ( sobre 1.200 euros al mes), se encuentran lejos del acceso a una vivienda digna sin esfuerzo titánicos, lo que para los autores del estudio significa no destinar más de un tercio del sueldo.
El porcentaje que debe destinar una persona joven en Andalucía se sitúa en el 48,5%, casi la mitad. Para un hogar joven, es decir, un núcleo familiar, el coste de acceso a la propiedad es del 36,5%.
La bajada de los precios se ha notado en que el esfuerzo ha disminuido un 4,86% en el caso de una persona joven y un 3% para un hogar con respecto al mismo periodo de 2009, pero aún así sigue siendo elevado el porcentaje de salario a reservar para hacer frente al pago inicial de una hipoteca media.
Otro dato revelador de este informe, y que pone de nuevo encima de la mesa la dificultad del acceso de los jóvenes a la vivienda, es la diferencia entre los ingresos reales y los ingresos mínimos necesarios . De media, el estudio refleja que los jóvenes en Andalucía cobran un 61% menos de lo que deberían cobrar para poder convertirse en propietarios de una vivienda sin sobrepasar el umbral máximo de endeudamiento aceptado por las entidades financieras del 30% o lo que es lo mismo, deberían cobrar 1.925 euros mensuales (unos 24.000 euros netos al año) en relación a los precios de las casas. Con el sueldo de un joven, la superficie máxima que ha de tener el piso al que una persona joven puede aspirar sin sobre endeudarse, rondaría los 57,8 m2.
En cuanto al precio de la vivienda en alquiler, la media de Andalucía se sitúa en los 533,05 euros mensuales, lo que significa que una persona joven debe destinar el 44,8 % (un 3,59% menos que a finales de 2009) de sus ingresos a pagar el alquiler. Un hogar joven destina el 33,7 %.
La principal preocupación de los autores del estudio con respecto a Andalucía se centra en la alta tasa de desempleo juvenil (sobre un 40% de la población activa) y, sobre todo, en el "auge" de la tasa de temporalidad, que lleva a casi la mitad de los jóvenes a tener un contrato basura.
Esta tasa tiende a incrementarse tras las modificaciones que quiere introducir el Gobierno en la normativa laboral. Se eliminarán durante dos años los límites de concatenación de contratos temporales, una iniciativa para "sostener el empleo".

A. Fuentes / SEVILLA

El incremento de la temporalidad traerá consigo más pobreza


La Unión Sindical Obrera rechaza las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno por considerar que no solucionaran el drama del desempleo, ni facilitaran la contratación de jóvenes, ya que una buena parte de los mimos no tienen problemas de cualificación, y los que no la tienen no la van a obtener con esta medida. Por eso la USO pide a los grupos parlamentarios que no convaliden este nuevo Real Decreto, y les recuerda que la abstención es un apoyo implícito a estas medidas.
Esta nueva reforma sólo traerá consigo un incremento de la temporalidad, seguiremos batiendo records en Europa, y más pobreza, ya qué quien podrá vivir, o acceder a un crédito con un contrato temporal y con el 75% del SMI (481€) que será la retribución del contrato de formación.
La medida de prorrogar casi al infinito el encadenamiento de contratos temporales sólo busca un efecto estadístico de prorrogar unos meses más los contratos realizados en la temporada estival, y por tanto presentarse con mejores resultados a los próximos comicios.
Para la USO cualquier reforma de la estructura de nuestro mercado laboral tiene que pivotar sobre la calidad y la estabilidad del empleo, y ello implica reducir las altas tasas de temporalidad y de rotación. Más contrataciones temporales no implican más puestos de trabajo, sino un mayor gasto en prestaciones sociales al finalizar los mismos.
Con las medidas aprobadas hoy seguiremos asistiendo a un uso abusivo y con frecuencia inadecuado de la gran variedad de contratos temporales existentes, sin ajustarse realmente al principio de causalidad de los mismos. Ello pone de manifiesto la debilidad estructural de nuestro mercado laboral, que ante la crisis económica sólo responde destruyendo empleo. Esta acción del Gobierno aprobada hoy contradice la justificación de la reforma laboral que realizó este mismo Gobierno, acabar con la dualidad de nuestro mercado laboral, favoreciendo el empleo estables. Hoy este mismo Gobierno ha lanzado un torpedo contra la línea de flotación de su reforma.
La modificación del contrato de formación para extenderlo hasta los 30 años, es un brindis al sol, ya que los desempleados que ya han trabajado con anterioridad podrán acreditar una cualificación profesional o certificado de profesionalidad, haciendo inviable su contratación bajo esta modalidad. Sólo serviría a los jóvenes que acaban sus estudios sin el Graduado en Secundaria o sin certificado de profesionalidad, para ellos lo mejor sería cualificarlos antes y después contratarlos y no al revés, aquí el Sistema Educativo tendría mucho que hacer. Por tanto no es necesaria su extensión hasta los 30 años.
Por último con respecto a la prórroga de la ayuda a los parados que han consumido su prestación, bienvenido sea, pues es una auténtica necesidad, ya que en la actualidad estamos hablando de un colectivo que ronda los 1,8 millones de personas. La USO apuesta por abandonar la creación de programas especiales y temporales para este colectivo y generalizar el instrumento más adecuado para ellos que es la Renta Activa de Inserción.
· Esta reforma va contra la línea de flotación de la reforma laboral.Primero la cualificación y después la contratación.
· Debe generalizarse la renta activa de inserción y dejarse de prorrogas de programas “especiales”.


sábado, 27 de agosto de 2011

Claves de las nuevas reformas para el empleo, del Consejo de Ministro del 27/08/11

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto-Ley de medidas laborales

• Deja en suspenso durante dos años el artículo 15.5 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el que se establece que adquirirán la condición de fijos aquellos trabajadores que en un plazo de treinta meses hubieran estado contratados durante más de dos años, con o sin solución de continuidad, para el mismo o diferente puesto de trabajo con la misma empresa o grupo de empresas mediante dos o más contratos temporales.
• En cuanto al nuevo contrato de formación y aprendizaje (queda derogado el anterior), se podrá realizar con jóvenes de entre 16 y 25 años que carezcan de cualificación profesional alguna, si bien, de manera transitoria, hasta el 31 de diciembre de 2013, esta modalidad contractual también podrá efectuarse con jóvenes de hasta 30 años sin cualificación profesional.
Aunque en principio la duración de este nuevo contrato iba a ser de dos años, prorrogables a otro, el Gobierno ha decidido establecer una duración mínima de un año y de dos como máximo, prorrogable por otro año más si el proceso formativo lo exige.
Las empresas que, al finalizar su duración, transformen estos contratos en indefinidos podrán disfrutar de una reducción en la cuota empresarial de la Seguridad Social de 1.500 euros al año durante tres años. En el caso de las mujeres, la rebaja en la cotización será de 1.800 euros anuales. Para tener derecho a estas reducciones, la transformación deberá implicar un aumento en el nivel de empleo fijo de las empresas contratantes.
El trabajador podrá solicitar un certificado de profesionalidad en función de la cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato. El tiempo de trabajo efectivo que desempeñe el trabajador deberá ser compatible con el dedicado a las actividades formativas y no podrá superar el 75% de la jornada de la jornada laboral habitual. El 25% restante deberá dedicarse a actividades formativas.
La retribución del trabajador contratado bajo esta modalidad se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Además, el trabajador contratado bajo esta modalidad tendrá derecho a prestación por desempleo y estará protegido por todas las contingencias comunes y prestaciones de la Seguridad Social.
Las empresas que efectúen contratos de esta naturaleza a personas desempleadas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción de las cotizaciones empresariales del 100% en el caso de que la empresa empleadora tenga una plantilla inferior a 250 personas o del 75% si igualan o superan esa cifra. Para tener derecho a estas bonificaciones, estos contratos deben traducirse en un aumento de personal en el seno de las empresas.
• Se prorroga por otros seis meses, desde el 16 de agosto de 2011 al 15 de febrero de 2012, ambos incluidos, el llamado 'Plan Prepara', que combina formación y una ayuda de 400 euros mensuales para los parados que hayan agotado todas sus prestaciones.
Además de las medidas antes mencionadas, la norma aprobada este viernes prorroga hasta 2013 el pago por parte del Fogasa de parte de las indemnizaciones por despido, aunque sólo en los casos de despidos procedentes, al tiempo que retrasará al primer semestre de 2013 el desarrollo de un proceso negociador para implantar el fondo de capitalización acordado por Gobierno y agentes sociales.
También establece que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor habrán de tomarse las medidas necesarias para integrar el Servicio Público de Empleo Estatal y el Fogasa en un único organismo



martes, 9 de agosto de 2011

El sueldo de los funcionarios seguirá congelado en 2012

El sueldo de los funcionarios seguirá congelado en 2012 por la prórroga presupuestaria. Ésta es una de las principales consecuencias del adelanto electoral al 20 de noviembre anunciado por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, que, como él mismo avanzó, supone ampliar la vigencia de los Presupuestos Generales del Estado para 2011.
Las cuentas de este año incorporaron la congelación del salario de los funcionarios como parte importante del plan de ajuste de mayo de 2010 con el que el Gobierno respondió al rescate de Grecia. Mientras, el año pasado se llevó a la práctica el primer recorte salarial de la historia de la democracia a este colectivo con rebajas medias en los sueldos de un 5% de media en el segundo trimestre (frente al 0,3% pactado y vigente en los seis primeros meses).
Ahora, el Real Decreto de prórroga de los Presupuestos de 2011 supondrá que, por cuarto año desde 1994, los funcionarios cobrarán lo mismo en diciembre que en enero. Este texto deberá ser aprobado por el Consejo de Ministros antes de que termine el año, pero no tiene que ser ratificado por el Congreso y, por tanto, no necesita el apoyo de los grupos parlamentarios.
Sin embargo, el Gobierno se reserva la posibilidad de incluir modificaciones en ese Real Decreto, de esta forma, el Gabinete de José Luis Rodríguez Zapatero podría optar por aprobar un alza salarial en 2012 para los 2,5 millones de empleados públicos o bien dejar la prórroga como está y pasar la patata caliente al próximo Ejecutivo, tenga el color que tenga.
Mariano Rajoy, ha asegurado que tiene intención de tener aprobado el Presupuesto en el transcurso del primer trimestre y ha avanzado, en una entrevista con Ep, que la subida del sueldo de los funcionarios "dependerá del crecimiento económico". Según las previsiones que el Gobierno maneja a día de hoy en el cuadro macroeconómico, se estima que el PIB crezca un 2,3% en 2012.
Precisamente, Rajoy, cuando en 1997 era ministro de Administraciones Públicas, congeló el sueldo de los funcionarios. La primera vez en los últimos 20 años que se congeló el salario de los empleados públicos fue en 1994, cuando gobernaba Felipe González.
La congelación sumaría una cantidad no desdeñable en unas arcas públicas, de hecho, el Ministerio de Economía y Hacienda avanzó cuando Zapatero anunció el recorte salarial de 2010 que el Estado tenía previsto ahorrar 2.300 millones de euros en 2010 y un total de 4.500 millones en 2011.
Sin embargo, los datos publicados después por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) confirmaron el pasado marzo que el ahorro por el recorte salarial se quedó el año pasado en la mitad de los previsto, esto es, en 1.126 millones de euros.

  • elEconomista.es

  • lunes, 8 de agosto de 2011

    BOE del 8 de agosto del 2010

    Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre criterios comunes aplicables a los Planes de Acción Social en la Administración General del Estado.
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/08/pdfs/BOE-A-2011-13552.pdf

    Resolución de 28 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos vinculados a ella.
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/08/pdfs/BOE-A-2011-13553.pdf

    martes, 2 de agosto de 2011

    Boletín Oficial del Estado: martes 2 de agosto de 2011, Núm. 184

    Contratación administrativa: Ley 24/2011, de 1 de agosto, de contratos del sector público en los ámbitos de la defensa y de la seguridad.
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13239.pdf

    Personas con discapacidad: Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13241.pdf

    Seguridad Social: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13242.pdf

    Corrección de errores en convocatorias de procesos selectivos para Personal Laboral

    Resolución de 26 de julio de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se corrigen errores de la de 18 de julio de 2011, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, con las categorías de Titulado Medio de Actividades Específicas, Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes y Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales en el Ministerio de Economía y Hacienda y sus organismos autónomos, sujeto al III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13265.pdf

    Resolución de 26 de julio de 2011, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se corrigen errores de la de 5 de julio de 2011, por la que se convoca el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fijo, con la categoría de Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, Oficial de Actividades Específicas, Ayudante de Gestión y Servicios Comunes y Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales en el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad y sus organismos autónomos, sujeto al III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

    http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13266.pdf