sábado, 6 de febrero de 2010

Percepción económica de trienios anteriores al EBEP para los funcionarios interinos

El funcionario interino tiene derecho a la percepción económica de los trienios generados con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público. El Juzgado Nº 2 de lo Contencioso-Administrativo de Mérida reconoce el derecho a la percepción económica de los trienios generados con anterioridad a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público (mayo de 2007).
Esta Sentencia dictada el 11 de enero de 2010 viene a reconocer el derecho a la percepción económica de los trienios que son anteriores al Estatuto Básico, ya que con posterioridad a ésta Norma los trienios vencidos tienen los mismos efectos económicos, por imperativo del artículo 25.2, para el funcionario interino que para el funcionario de carrera.

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