miércoles, 21 de septiembre de 2011

Orden TIN/2496/2011, de 14 de septiembre, por la que se convoca concurso


Orden TIN/2496/2011, de 14 de septiembre, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo para Funcionarios de los Subgrupos A2, C1, C2 y Grupo E
Las solicitudes, ajustadas al modelo publicado como Anexo III a esta Orden se presentarán en el Registro General (Calle Agustín de Bethancourt, número 4) en el plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud (Anexo III) los siguientes documentos ajustados a los modelos correspondientes:
a) Certificado del órgano competente en materia de gestión de personal, a que se refiere la base tercera.1 (Anexo II).
b) Certificado/s expedido/s por el Centro/s donde el candidato desempeñó los puestos de trabajo (base tercera.2) expresivo de las funciones realizadas.
c) Méritos alegados por el candidato (Anexo IV), así como los documentos acreditativos de dichos méritos.
Todas las solicitudes y demás documentos acreditativos deberán presentarse en formato UNE-A4, impreso o escrito por una sola cara, sin encuadernación y con una sola grapa. 

El presente concurso se resolverá por Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración en un plazo no superior a cuatro meses, a contar desde el día siguiente al de la finalización del de presentación de solicitudes y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
 

martes, 20 de septiembre de 2011

“Insuficiente reforma fiscal del Gobierno”


La Unión Sindical Obrera considera insuficiente la reforma fiscal que  ha aprobado el Consejo de Ministros, la cual restituye sólo el impuesto de patrimonio y no otros beneficios fiscales que la anterior reforma de este impuesto llevó consigo en la tributación de la Banca.
Esta medida tiene carácter temporal y no sabemos por qué, ya que, si es necesaria y nadie cuestiona que las grandes fortunas contribuyan solidariamente a mejorar el equilibrio presupuestario, qué sentido tiene reponer este impuesto con fecha de caducidad. Salvo que ello responda a un interés no tanto del Gobierno, sino del partido que lo sustenta y su candidato. ¿Qué ha pasado con el impuesto para la Banca?, ¿no sería justo una contribución del sector financiero, al cual todos los ciudadanos hemos tenido que socorrer con nuestros impuestos? Ahora sería justo que ellos aportasen su granito de arena.
La USO considera necesaria una reforma global de nuestro sistema impositivo, empezando por el impuesto sobre la renta, porque el actual IRPF funciona sólo como un impuesto sobre las rentas del trabajo, mientras que los otros grandes ingresos pueden evadirse legalmente. Esta actuación significaría un aumento de la presión fiscal, pero solamente para aquellos que detentan rentas muy altas y que ahora se encuentran en una situación legal de privilegio con un acomodado refugio en las SICAV.
Necesitamos una reforma fiscal a fondo que busque que las personas coticen en función de su renta real. En estos momentos de ajustes es más necesario que nunca una mejor y más justa redistribución de la riqueza.
Esta reforma debería buscar la transparencia, la simplicidad y la claridad, favorecer el ahorro, la inversión productiva a largo plazo y apoyar a las familias.

· Si es necesaria, por qué se hace con carácter temporal.
· Las grandes fortunas seguirán teniendo la vía de escape de las SICAV.
· ¿Qué ha pasado con el impuesto a la Banca?

LAS MINIFALDAS DE LAS CLÍNICAS PASCUAL‏

A las enfermeras y auxiliares de la Clínica San Rafael de Cádiz (concertada por la Junta de Andalucía), la dirección del centro les obligaba a llevar minifalda en lugar de usar pantalones. Según las enfermeras, a las que se negaban se les descontaba del salario el plus de asistencia, unos 30 euros mensuales.

Ahora se preguntarán ¿y quién es el dueño de la Clínica San Rafael? José Manuel Pascual Pascual es el dueño de esta clínica y de otras clínicas que operan concertadamente en Andalucía. Si nos vamos al órgano de prensa de al web que ahí se anuncia encontramos que la dirección de la empresa la lleva ya el hijo del fundador, o sea, José Manuel Pascual Sánchez-Gijón. Y en ella aparecen como consejeros editoriales: Agustín Ortega Limón y José Luis González Tapia. ¿Quiénes son estos señores?

Agustín Ortega Limón fue, nada menos, que Secretario General del INSALUD y Gerente del Servicio Andaluz de Salud en la década de los 80. Pero de luchar contra los conciertos con las clínicas privadas y por una reforma socialista de la sanidad, pasó enseguida a directivo del grupo Pascual. Como lo oyen.

El otro nombre que nos sale es José Luis González Tapia. ¿Y quién es él?. Desde 1982 hasta 1990 fue Secretario General de Sanidad de la Unión General de Trabajadores, con Nicolás Redondo como Secretario General de esta Confederación Sindical, responsabilidad que revalida en dos Congresos. Durante esos años fue miembro del Consejo General del Insalud y de su Comisión Ejecutiva, así como miembro del Consejo General de la Función Pública del Ministerio de las Administraciones Públicas y del Consejo de Salud Laboral y Medicina del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En 1999 fundó la empresa Mosponuba, con la que se hizo cargo de la gestión de los Recursos Humanos y Sociales de la importante Empresa de Hospitales J.M. Pascual, Pascual, S.A.

Pero aquí no queda toda la información. Quien fuera consejero de Salud de la Junta de Andalucía, José Luis García de Arboleya Tornero, también ha tenido relación empresarial con la familia Pascual.
La UGT, por su parte no quería oír hablar de huelga ni de protesta contra la Clínica San Rafael.

lunes, 19 de septiembre de 2011

Estatutarización en el Hospital de San Carlos......¿PARA CUANDO?


El pasado 8 de septiembre, se celebraron dos reuniones convocadas por la Subdirección General de Personal Civil, una de Mesa Delegada y otra de Subcomisión Delegada.
Fuera del orden del día, se informó de la situación de los procesos de estatutarización, en concreto del Hospital O ́donnell de Ceuta teniendo previsto cerrar el proceso el 1 de octubre y que la transferencia se lleve a cabo el 1 de noviembre.
Respecto al Hospital de San Carlos de San Fernando (Cádiz), se comunica que se están manteniendo negociaciones con la Junta de Andalucía para su transferencia.
La DIGENPER ha mandado a la Mesa General una propuesta para que se prorrogue el plazo de vigencia del real decreto. Este escrito también fué facilitado a los sindicatos para que presenten alegaciones (2º archivo adjunto).

USO presentó el día 14 de septiembre las suyas.

Aunque algunos sindicatos informan que si la propuesta se aprueba y se publica en el BOE “el personal sanitario del hospital no perdería el derecho a la estatutarización”. Esto no es así, es más si no se publica esta propuesta, a partir del 1 de enero de 2012 se podría empezar a presentar demandas, por incumplimiento de los plazos.
Desde la USO entendemos que con la connivencia de los otros sindicatos, se va a perpetrar una discriminación del personal sanitario del Hospital General de la Defensa de San Fernando con respecto al resto del personal sanitario de los Hospitales de Defensa, afectando todo esto a los salarios y a la carrera profesional entre otros.

viernes, 16 de septiembre de 2011

El Congreso convalida un nuevo parche en la contratación



· La encadenación de contratos temporales hace innecesario hablar del coste del despido.
· El “nuevo” contrato de formación, ni es nuevo, ni cualificará a nuestros jóvenes.
· Debe generalizarse la renta activa de inserción y dejarse de prórrogas de programas “especiales”.

La Unión Sindical Obrera lamenta que el Congreso de los diputados haya convalidado el R.D. Ley que contiene las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno a finales de agosto para reformar algunas modalidades de contratación, por considerar que es un nuevo parche en nuestro maltrecho mercado laboral.
Este llamado “nuevo” contrato para la formación sólo aporta respecto al que deroga la ampliación de la edad hasta los 30 años y, si antes no funcionaba, tampoco lo hará ahora. Este Gobierno es una vez más contumaz en el error.
Los problemas de falta de cualificación de nuestros jóvenes que no han accedido a un primer empleo deben resolverse dentro del sistema educativo. En pleno siglo XXI no es de recibo que haya jóvenes que abandonen el sistema educativo sin alcanzar no ya un título, sino una cualificación profesional que les facilite su incorporación al mundo de trabajo.
Para aquellos que ya han tenido la ocasión de trabajar está prevista la obtención de la cualificación por medio de la acreditación de la experiencia laboral. Esperamos que esta medida se implante de verdad y no se quede en meros anuncios en los medios de comunicación.
Esta nueva reforma sólo traerá consigo un incremento de la temporalidad, seguiremos batiendo récords en Europa y en los ránkings de pobreza, ya que quién podrá vivir o acceder a un crédito con un contrato temporal y con el 75% del SMI (481€), que será la retribución del contrato de formación.
La medida de alargar casi al infinito el encadenamiento de contratos temporales sólo busca un efecto estadístico de prorrogar unos meses más los contratos realizados en la temporada estival y por tanto presentarse con mejores resultados a los próximos comicios. La ampliación de los plazos para la conversión de contratos temporales en indefinidos, traerá también consigo la prórroga de la temporalidad de los mismos. ¿Para qué transformarlos si puedo seguir prorrogándolos?, dirán muchos empresarios. Además ya no se discutirá si el despido es caro o barato, simplemente no habrá despidos, solamente finalización de contrato con la pequeña compensación económica que ello conlleva.
Para la USO cualquier reforma de la estructura de nuestro mercado laboral tiene que pivotar sobre la calidad y la estabilidad del empleo, y ello implica reducir las altas tasas de temporalidad y de rotación. Más contrataciones temporales no implican más puestos de trabajo, sino un mayor gasto en prestaciones sociales al finalizar los mismos.
Por último, con respecto a la prórroga de la ayuda a los parados que han consumido su prestación, bienvenida sea, pues es una auténtica necesidad. Pero ¿por qué el Gobierno la ha introducido conjuntamente con las reformas en la contratación?, ¿por qué no ha tenido la valentía de tramitarlo en una norma distinta? Creemos que para garantizarse ante el drama de estas familias la convalidación del RD. La USO apuesta por abandonar la creación de programas especiales y temporales para este colectivo y generalizar el instrumento más adecuado para ellos, que es la Renta Activa de Inserción.

martes, 13 de septiembre de 2011

Con este IPC nuestra economía sigue en la UVI


La ligera disminución del IPC en agosto (una décima) pone de manifiesto que nuestra economía sigue en la UVI, enferma de gravedad, y que el consumo interno, uno de los motores del crecimiento, está parado.
Con un IPC que triplica, transcurrido más de la mitad del año, la “previsión del Gobierno” para todo el ejercicio, con los salarios más bajos y precios más caros no hay manera de que repunte el consumo y por tanto la actividad económica ligada a él y consecuentemente el empleo.
Esta situación está haciendo que cada vez sean más las familias que, una vez cubiertas las necesidades básicas -agua, luz, hipoteca, alimentos-, ven cómo queda nada o casi nada para el gasto; hay una merma real en el poder de compra, como consecuencia de la merma del poder adquisitivo.
Desde la USO creemos que hay que romper este círculo vicioso generando más ingresos y más liquidez en las economías familiares y eso pasa por incrementos salariales que eviten nuevas disminuciones de renta. Sólo inyectando liquidez se fomentará un consumo responsable que reactive la economía y el empleo.

lunes, 12 de septiembre de 2011

Interinos: Novedosa sentencia del Tribunal de Justicia de la UE .


Una reciente sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, dictamina que se deberán tener en cuenta los periodos de servicios prestados como interino, cuando la promoción interna de los funcionarios de carrera exija una determinada antigüedad. No obstante, esta obligación sólo se aplicará si las funciones desempeñadas como interino son comparables a las que realiza un funcionario de carrera.
La sentencia pone fin a una demanda presentada por un trabajador de la Junta de Andalucía, que durante más de 15 años prestó servicio como interino y que con posterioridad tomó posesión como funcionario de carrera.
Cuando se presentó a unas pruebas de promoción interna que exigían 10 años de antigüedad como funcionario de carrera fue descalificado al no contabilizarse su etapa de interino. Por ello, recurrió ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 12 de Sevilla, que elevó una consulta al Tribunal Europeo con sede en Luxemburgo.
En su sentencia, el Tribunal declara que si el recurrente "se encontraba en una situación comparable a la de un funcionario de carrera perteneciente al grupo exigido en la convocatoria", sólo se puede justificar que no se haya tomado en consideración ese periodo si existe una "razón objetiva".
En todo caso, la mera naturaleza temporal de la relación de servicio del personal de la administración pública "no puede constituir, por sí sola, una razón objetiva".