jueves, 7 de octubre de 2010

SEGÚN LA AUDICENCIA NACIONAL: El recorte salarial a los funcionarios podría ser inconstitucional


La Audiencia Nacional duda de la constituionalidad del recorte salarial medio del 5% a los empleados públicos aprobado por el Gobierno.
La sala de lo Social de la Audiencia Nacional abrió así una vía procesal para estudiar la posible inconstitucionalidad del decreto Ley de 20 de mayo sobre Medidas Extraordinarias para la reducción del déficit público y que incluye la reducción salarial de las personas en régimen laboral del sector público.
La Audiencia entiende que éste "podría afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical" en relación con el derecho a la negciación colectiva.
El Alto Tribunal ha emitido esta providencia en el marco de un conflicto colectivo planteado a instancias de los sindicatos en la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT).
En el texto, fechado el 4 de octubre, la Audiencia, de manera unánime, ha decidido conceder un plazo de diez días "improrrogables" a las partes para que presenten alegaciones al planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad.
Europa press

Régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución. BOE Jueves 7 de octubre de 2010


Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre régimen registral de la filiación de los nacidos mediante gestación por sustitución.

En consecuencia, esta Dirección General, en ejercicio de las competencias que le vienen atribuidas por el artículo 9 de la Ley del Registro Civil, 41 de su Reglamento y 7 del Real Decreto 1125/2008, de 4 de junio, ha acordado establecer y hacer públicas las siguientes directrices:
Primera.–1. La inscripción de nacimiento de un menor, nacido en el extranjero como consecuencia de técnicas de gestación por sustitución, sólo podrá realizarse presentando, junto a la solicitud de inscripción, la resolución judicial dictada por Tribunal competente en la que se determine la filiación del nacido.
2. Salvo que resultara aplicable un Convenio internacional, la resolución judicial extranjera deberá ser objeto de exequátur según el procedimiento contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881. Para proceder a la inscripción de nacimiento deberá presentarse ante el Registro Civil español, la solicitud de la inscripción y el auto judicial que ponga fin al mencionado procedimiento de exequátur.
3. No obstante lo anterior, en el caso de que la resolución judicial extranjera tuviera su origen en un procedimiento análogo a uno español de jurisdicción voluntaria, el encargado del Registro Civil controlará incidentalmente, como requisito previo a su inscripción, si tal resolución judicial puede ser reconocida en España. En dicho control incidental deberá constatar:
a) La regularidad y autenticidad formal de la resolución judicial extranjera y de cualesquiera otros documentos que se hubieran presentado.
b) Que el Tribunal de origen hubiera basado su competencia judicial internacional en criterios equivalentes a los contemplados en la legislación española.
c) Que se hubiesen garantizado los derechos procesales de las partes, en particular, de la madre gestante.
d) Que no se ha producido una vulneración del interés superior del menor y de los derechos de la madre gestante. En especial, deberá verificar que el consentimiento de esta última se ha obtenido de forma libre y voluntaria, sin incurrir en error, dolo o violencia y que tiene capacidad natural suficiente.
e) Que la resolución judicial es firme y que los consentimientos prestados son irrevocables, o bien, si estuvieran sujetos a un plazo de revocabilidad conforme a la legislación extranjera aplicable, que éste hubiera transcurrido, sin que quien tenga reconocida facultad de revocación, la hubiera ejercitado.
Segunda.–En ningún caso se admitirá como título apto para la inscripción del nacimiento y filiación del nacido, una certificación registral extranjera o la simple declaración, acompañada de certificación médica relativa al nacimiento del menor en la que no conste la identidad de la madre gestante.
Madrid, 5 de octubre de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, María Ángeles Alcalá Díaz. cve: BOE-A-2010-15317

lunes, 4 de octubre de 2010

La Justicia europea dice que la Guardia Civil trabaja muchas horas


Según la AUGC, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha condenado al Gobierno español "por no adaptar el tiempo de trabajo de los guardias civiles a las directivas europeas". En concreto, esta asociación de la Benemérita asegura que la Sala Quinta del Tribunal de la UE ha condenado al Ejecutivo español por no adaptar en plazo a la Guardia Civil la directiva 2003/88. Esta norma comunitaria se refiere a la ordenación del tiempo de trabajo. En concreto, esta instrucción comunitaria regula los periodosmínimos de descanso y la duración máxima de la jornada laboral de los trabajadores europeos. En opinión de AUGC, "esta sentencia es un nuevo varapalo al Gobierno de España y muestra a las claras la insuficiencia de su política social y laboral hacia el colectivo de guardias civiles". Según la asociación, "esta contundente condena por una alta instancia judicial europea avala claramente los motivos que movieron a los guardias civiles para salir a la calle el pasado día 18 de septiembre para reclamar el final de los abusos laborales en la Guardia Civil y una jornada laboral digna para todos los guardias civiles".

13.000 funcionarios menos el año que viene


Dentro de la cascada de datos que guarda el 'libro amarillo' de los Presupuestos 2011, algunas previsiones se escapan de los grandes titulares, pero también son relevantes: el Gobierno prevé que en 2011 haya 13.000 funcionarios menos en la Administración Central y que la reforma laboral impulse el PIB entre un 3-4% a largo plazo.
En un apartado del documento, donde se habla de la dimensión del sector público español, el departamento que dirige Elena Salgado calcula que la reducción al 10% el año que viene (éste es del 15%) de la tasa de reposición de funcionarios tendrá un impacto de al menos 13.000 empleados públicos menos en la Administración Central. Es decir, de cada 10 que se jubilen, sólo se convocará una plaza en la Oferta Pública de Empleo.
Para el periodo 2011-2013, el Gobierno calcula que habrá más de 30.000 funcionarios menos. Y señala: "Lógicamente el efecto será mayor teniendo en cuenta que las restricciones afectan al conjunto del sector público".

Ser jurado impide el despido por ausencias en el trabajo


El empresario no puede perjudicar al empleado que cumple con el deber de ser miembro de un jurado en un proceso penal. Si lo hace, extinguiendo el contrato, la decisión será anulada por los tribunales.
La ausencia del puesto de trabajo para formar parte del Jurado de un tribunal impide el despido. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha establecido que las empresas no pueden castigar así a los empleados porque, de lo contrario, la sanción será considerada nula al lesionar el derecho a colaborar con la Administración de Justicia.
La Sala, al carecer de precedentes, ha resuelto la controversia con apoyo, como principal referencia, en la Ley del Jurado. Esta norma señala que la “función del jurado es, a efectos del ordenamiento laboral, un deber inexcusable de carácter público y personal”. A su vez, se basa en la sentencia del Constitucional 183/93 que declaró que no se podía vulnerar el derecho de los trabajadores a ausentarse del trabajo para votar, tal y como ocurría al incluir las elecciones políticas en el porcentaje de absentismo para calcular la variable a cobrar por los empleados.Además, estima que hay “lesión al ejercicio del derecho asociado al artículo 24.2 de la Constitución en su vertiente de indebida obstaculización al obligado deber de colaborar con la Administración de Justicia”. Por todo ello, “el despido es nulo”. (Rº 1333/2010, 11/06/10).

domingo, 3 de octubre de 2010

Tasa de desempleo en el mes de Agosto


Según un informe de la Eurostat u Oficina Europea de Estadística, dependiente de la Comisión Europea, hecho público ayer viernes, España es el país de la llamada «zona euro» con mayor tasa desempleo en el pasado mes de agosto, alcanzando un porcentaje del 20,5% y un incremento de 2 décimas con respecto al mes de julio (20,3%). La tasa de paro en agosto de 2009 fue del 18,7%; esto es, 1,8 puntos inferior.El desempleo entre los jóvenes españoles se situó en agosto pasado en el 41,6%, superando en 2 décimas en porcentaje de julio.La tasa media de desempleo de la Unión Europea fue en el citado mes del 9,2%; esto es, menos de la mitad que la tasa de desempleo en nuestro país. Las tasas más bajas de desempleo continentales las registran Austria (4,3%), Holanda (4,5%) y Alemania (6,8%). Página de Eurostat [epp.eurostat.ec.europa.eu].

Patria Sindical

El PSOE y los sindicatos se burlan de los trabajadores españoles


Según recogen distintos medios de comunicación, 50 diputados del PSOE acudieron el día de la huelga general a la manifestación convocada por CCOO y UGT en Madrid. Esto es, aquellos que, con su voto en el Congreso, aprobaron la reforma laboral, acudieron a la manifestación contra la reforma laboral.El títular de prensa es tan cómico como si se dijese que 50 toreros acuden a una manifestación antitaurina, pero el asunto de la reforma laboral no es como para tomárselo a broma. Lo que está en juego es la pérdida de los derechos laborales de los españoles y, con ella, la merma de la estabilidad y la seguridad de las familias.Si esos 50 diputados estaban realmente en contra de la reforma laboral, deberían haber votado en contra. Y si no, por coherencia, deberían haber renunciado a su escaño. Por lo que respecta a los sindicatos, deberían haber rechazado vehementemente la presencia de los diputados socialistas, no extrañándole a nadie que la indignación sindical le estallase en la cabeza a alguno de estos diputados socialistas como le ocurriese en su día al entonces líder de CCOO, José María Fidalgo.Pero PSOE y sindicatos, necesitados los unos de los otros, representan una función teatral en beneficio de ambos. El PSOE finge, a través de estos 50 diputados, que le preocupa el bienestar de los obreros. A su vez, los sindicatos hacen creer a sus bases que están muy enfadados con el PSOE por su política antisocial. Ambos contentan a la masa borreguil que les sigue, la reforma laboral sigue adelante y los sindicatos continúan recibiendo subvenciones. Todos contentos... menos los trabajadores españoles.

Patria Sindical.