BOD. núm. 142 de 22 de julio de 2010
Orden DEF/1938/2010, de 9 de julio, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo, en las categorías de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales y Técnico Superior de Actividades Específicas, grupo profesional 3.
Finalizadas las fases de oposición y de concurso del proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en las categorías de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales y Técnico de Actividades Específicas, grupo profesional 3, convocado por Orden DEF/2549/2009, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» n.º 232, del 25), en cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria, Este Ministerio ha resuelto:
Primero.–Declarar aprobada la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo con expresión de la puntuación obtenida, así como el destino adjudicado, conforme a lo dispuesto en la base 7.6 de la convocatoria, según figura en el anexo de esta Orden.
Segundo.–El Órgano competente procederá a la formalización de los contratos de carácter fijo, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y en la Orden Ministerial 62/94, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» n.º 146, del 20), sobre delegación de competencias en materia de personal civil en el Ministerio de Defensa.
Tercero.–Al amparo de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 («Boletín Oficial del Estado» n.º 26, del 30), y el artículo 8.1.c) 4. del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» n.º 7, de 8 de enero de 1999), que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, el personal laboral temporal que ocupe los puestos convocados en este proceso de consolidación y no hayan superado el proceso selectivo, verá extinguido su contrato de trabajo en el momento en que los aspirantes que hayan superado el proceso formalicen los suyos.
Cuarto.–Esta Orden es definitiva en vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Orden DEF/1938/2010, de 9 de julio, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para proveer plazas de personal laboral fijo, en las categorías de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales y Técnico Superior de Actividades Específicas, grupo profesional 3.
Finalizadas las fases de oposición y de concurso del proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal en las categorías de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales y Técnico de Actividades Específicas, grupo profesional 3, convocado por Orden DEF/2549/2009, de 10 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» n.º 232, del 25), en cumplimiento de lo establecido en las bases de la convocatoria, Este Ministerio ha resuelto:
Primero.–Declarar aprobada la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo con expresión de la puntuación obtenida, así como el destino adjudicado, conforme a lo dispuesto en la base 7.6 de la convocatoria, según figura en el anexo de esta Orden.
Segundo.–El Órgano competente procederá a la formalización de los contratos de carácter fijo, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y en la Orden Ministerial 62/94, de 13 de junio («Boletín Oficial del Estado» n.º 146, del 20), sobre delegación de competencias en materia de personal civil en el Ministerio de Defensa.
Tercero.–Al amparo de lo establecido en el artículo 10 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008 («Boletín Oficial del Estado» n.º 26, del 30), y el artículo 8.1.c) 4. del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» n.º 7, de 8 de enero de 1999), que desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada, el personal laboral temporal que ocupe los puestos convocados en este proceso de consolidación y no hayan superado el proceso selectivo, verá extinguido su contrato de trabajo en el momento en que los aspirantes que hayan superado el proceso formalicen los suyos.
Cuarto.–Esta Orden es definitiva en vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
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