jueves, 28 de abril de 2011

Nueva inyección millonaria de dinero público al sistema financiero a costa de los impuestos, la deuda y los recortes de todos

Cuando todavía no hemos asimilado el recorte de las pensiones públicas pactado, se aprueba el Real Decreto-Ley 2/2011 “para el reforzamiento del sistema financiero”, que va acompañado de una nueva inyección pública de miles de millones de euros. No deja de ser paradójico que, en plena época de “reformas estructurales” y de recortes sociales destinados al ahorro en el gasto público, no falte dinero, sin embargo, para ayudar a los bancos y las cajas.
Pero lo que me parece más contradictorio es el razonamiento que se esgrime en la Exposición de Motivos de esta norma para justificar la actuación: “ayudar al sector financiero para que pueda cumplir su función principal de canalizar el crédito a la economía, las familias y las pequeñas y medianas empresas”. Yo me pregunto, ¿cómo nos quieren intentar vender “esta moto”, cuando, según la propia Ministra, ya se han aprobado unos 100.000 millones € en ayudas públicas a este mismo sector y el crédito se recorta cada día más, asfixiando a miles de familias y empresas? Es como si para intentar dar de comer a la población hambrienta de un país reprimido, se le concedieran multimillonarias ayudas a su dictador y cuando se comprobara que la gente se sigue muriendo, en lugar de mirar la malversación de los fondos por el gobernante, se otorgara más dinero al déspota corrupto, sin exigirle nada.
Hasta los propios presidentes de estas empresas no tienen empacho en decir públicamente que “estas medidas pueden servir para salvar entidades, pero no para restituir los créditos”. Si hubiera voluntad política para restablecer los préstamos a la economía real, las ayudas se canalizarían directamente a través del Instituto de Crédito Oficial o se establecería una banca pública. Incluso, se podrían adoptar medidas para ayudar a los ciudadanos y a los bancos, a la vez. Por ejemplo, mediante un sistema de pago de las hipotecas de las familias, a las que esas entidades de crédito desahucian cada día. El Estado podría adquirir, de esta forma, un importante parque de viviendas que alquilaría, con opción de compra, a esos mismos ciudadanos, haciendo efectivo el derecho constitucional a una vivienda digna.
El crédito no fluirá, además, porque disminuirá la competencia en el sector, al producirse una concentración del poder financiero en manos de menos agentes. Piénsese que la norma, en realidad, supone un cierto desmantelamiento de las Cajas de Ahorro y su obra social, obligándolas a convertirse en bancos o abrirse al capital privado. Las menos solventes, que no puedan cumplir los requisitos de reservas y liquidez serán ayudadas con dinero público del FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria), que se aprobó con una dotación ampliable de hasta 99.000 millones €.
Por otro lado, aunque se ha transmitido a la opinión pública que la inyección de dinero público se realizará mediante una “nacionalización transitoria” de las cajas, después de leer el articulado de la norma, da la impresión de que se trata de una medida para sanear este tipo de entidades y ponérselas en bandeja a los bancos y fondos de inversión. Y ello, por las siguientes razones:
1ª) Porque es posible que del FROB compre las acciones de esas entidades a un precio superior al de su posterior transmisión. Ahí está el ejemplo de Caja Castilla-La Mancha, donde el Banco de España da por perdidos 600 millones € de la intervención, tras la integración de su negocio en el Banco Liberta. Piénsese que la norma que se analiza no exige que la reventa se realice, como mínimo, por lo mismo que se ha pagado. El precio de adquisición lo fijarán unos supuestos expertos “independientes” nombrados por la Comisión Rectora del FROB que, a pesar de gestionar dinero público, está formada mayoritariamente por representantes de los bancos y del sector financiero. No hay ninguna persona designada por el Parlamento, y la Intervención General de la Administración del Estado, que sería la única que podría velar por la legalidad y la justicia de las decisiones, sólo tiene voz, pero no voto y sus informes no son vinculantes.
2ª) Tampoco se puede hablar de “nacionalización”, porque no somos nosotros, a través de nuestros representantes democráticamente elegidos, los que nos incorporaremos a los órganos de administración de esas entidades, pudiendo exigir, por ejemplo, el restablecimiento del crédito a las pymes. Qué casualidad que las personas que allí se sienten, gracias a nuestro dinero, serán nombradas por esa Junta Rectora del FROB. Parece que, una vez más, los banqueros se las han ingeniado para ganar, en detrimento de la ciudadanía.
Pero, lo peor de todo es que no tenemos ese dinero para entregárselo al sector financiero. Tendremos que acudir a la deuda pública para obtenerlo. Lo que implica que seguiremos con la dinámica diabólica en la que nuestros propios dirigentes nos han metido: ese mismo sector financiero nos exigirá nuevos recortes sociales para comprarnos la deuda pública que hemos adquirido, precisamente, para ayudarlo. En este sentido, el presidente del Gobierno ya ha anunciado una nueva profundización en la reforma laboral aprobada hace unos meses, además de limitaciones legales al gasto de las Comunidades Autónomas, que son los entes con competencia en educación y sanidad, sin proponer vías alternativas de de financiación para estos servicios.
En definitiva, con estas nuevas ayudas aprobadas al sector financiero nos perjudicamos doblemente: le damos a los bancos un dinero que no tenemos y que, en todo caso, podríamos utilizar para otros fines sociales y, al mismo tiempo, les permitimos que nos pongan de rodillas, otra vez, ante sus pretensiones privatizadoras, sin exigirles, al menos, que nos devuelvan lo mismo que les prestamos, que supriman sus filiales en los paraísos fiscales, que acepten un impuesto a las transacciones financieras, que eliminen las cláusulas suelo de las hipotecas y los seguros leoninos sobre intereses de los préstamos, que paralicen los desahucios, que se salden las deudas con la entrega de los inmuebles, y que sean ellos los que paguen los platos rotos de la crisis que han provocado.

Por tanto, digo alto y claro: no más ayudas millonarias a los bancos con
nuestros impuestos, nuestra deuda y nuestros recortes.


Miguel A. Luque Mateo

miércoles, 27 de abril de 2011

LA SALUD LABORAL Y LA PREVENCIÓN DE RIESGOS, VÍCTIMAS DE LA CRISIS Y LOS RECORTES SOCIALES.

A lo largo del año 2010 han muerto cada día dos personas en el trabajo, esta es la cruda realidad de la estadística de la siniestralidad laboral en nuestro país. Los fríos números son la punta del iceberg, ya que por debajo nos encontramos con las enfermedades profesionales que hacen su aparición tras finalizar la vida laboral activa, las enfermedades derivadas del trabajo, especialmente las relacionadas con riesgo psicosociales, que no se reconocen como tales y que son imposibles de cuantificar, etc… Un panorama, que, por desgracia, parece estar socialmente asumido y mediaticamente silenciado.
Desde USO valoramos positivamente el descenso de la siniestralidad laboral en los últimos años, un 10,78% en 2010 respecto a las cifras de 2009, pero no podemos dejar de hacer hincapié en que, desde nuestro punto de vista, las causas de esta tendencia no se encuentran en el aumento de la inversión en seguridad y salud laboral, ni en la integración de la prevención en la gestión empresarial. Teniendo en cuenta el aumento del desempleo desde que comenzó la crisis, desde el 8,26% de 2007 al 20,45% de 2010, y que uno de los sectores más castigados por la destrucción de empleo ha sido el de la construcción, que es uno de los colectivos con mayores tasas de siniestralidad, desde USO consideramos este factor como uno de los principales a la hora de analizar las razones del descenso de las cifras de siniestralidad laboral.
En este marco de crisis económica, de destrucción de empleo, precariedad e inestabilidad laboral y de recortes sociales, desde la USO denunciamos la disminución en la inversión en medidas en Prevención de Riesgos. Queremos volver a constatar que siempre es mayor el gasto humano y económico de la NO PREVENCIÓN y que los recortes económicos en materia de Salud Laboral sólo pueden ser producto de una visión cortoplacista.
Las medidas antisociales adoptadas por el Gobierno afectan también a la seguridad y la salud laboral, empezando por la nueva regulación de las posibilidades de contratación de las Empresas de Trabajo Temporal incluidas en la Reforma Laboral, que consiste en reducir el listado de trabajos que, por su especial peligrosidad, estaban vetados a la cesión de trabajadores de ETT’s, tras la reforma podrán realizar contrataciones en actividades como la construcción, minería cielo abierto o trabajos con explosivos. Desde USO entendemos que esta medida pone en peligro continuo a trabajadores y trabajadoras que con contratos precarios y formación sobre el papel realicen estas actividades cedidos por ETT’s. En la Reforma Laboral, además, se disminuye el índice de absentismo del 5% al 2,5% como causa de despido objetivo, facilitando el despido de los trabajadores y trabajadoras que hayan estado de baja.
Otro importante punto de inflexión en materia de salud laboral, es el aumento de competencias que se otorga a las mutuas, tanto en el Acuerdo Económico y Social, firmado por el gobierno, CCOO, UGT y la patronal, como en el proyecto de Reforma de las Pensiones, en ambos se recoge que estas entidades realizarán el control de las IT de menos de 15 días en colaboración con el INSS, además de regular la entrada de los sindicatos más representativos en los órganos directivos de las mutuas.
La USO ha presentado enmiendas pidiendo la supresión de ambos textos, porque creemos que, en el primer caso, se trata de un inicio de privatización la gestión de los procesos de IT, que conlleva una disminución de las competencias del INSS y, tomando como referencia la actuación hasta la fecha de las MATEPS en IT profesionales, supondrá un recorte de los derechos de los trabajadores y trabajadoras. En segundo lugar, en aras a una mayor transparencia y control en la gestión de las MATEPS, exigimos que se centren los esfuerzos en que la Comisión de Seguimiento y Control de las mutuas tenga un funcionamiento operativo y eficaz en sus funciones de información, participación, propuesta y control, en lugar de duplicar presencias. Así mismo, solicitamos que la presencia de la parte social en la citada Comisión sea definida por criterios de proporcionalidad y equidad y no por el término discriminatorio y excluyente de “más representativos”.

LA USO SE SOLIDARIZA CON LAS VÍCTIMAS Y SUS FAMILIARES Y SEGUIRÁ LUCHANDO PARA QUE EL DESARROLLO DE UN DERECHO COMO ES EL DEL TRABAJO NO CUESTE LA SALUD, NI LA VIDA.

Muface: Ayudas adquisición vivienda 2011 .

En BOE de 25 de abril se publica Resolución de 15 de abril de 2011, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convoca la concesión de ayudas económicas para la adquisición de vivienda por los mutualistas durante el año 2011.
Las ayudas consistirán en la cobertura por Muface de 0,20 puntos del tipo de interés de los préstamos hipotecarios concedidos a los mutualistas por entidades de crédito para la adquisición por aquéllos, de primera vivienda para domicilio habitual durante el año 2011, mediante compraventa o construcción.
Las ayudas se aplicarán a un solo préstamo por vivienda.
Será condición imprescindible para solicitar la ayuda de MUFACE haber pedido previamente y no obtenido la ayuda de acción social existente, en su caso, dentro de los Planes de Acción Social de las distintas Administraciones Públicas en 2011.
A tal fin, el mutualista deberá acreditar mediante certificación o cualquier otro documento administrativo de constancia expedido por la Comisión de Acción Social, u órgano equivalente, del Ministerio, Consejería, organismo o entidad donde se halle destinado, que en la convocatoria para la concesión de ayudas de acción social en el año 2011 no existe o, de existir, ha solicitado y no se le ha concedido la ayuda correspondiente.
Las solicitudes correspondientes a esta convocatoria serán resueltas, por delegación de la Dirección General, por la Dirección del Servicio Provincial correspondiente.
El importe de la ayuda de las que resulten estimadas, se abonará directamente por MUFACE a los interesados.
No procederá la concesión de ayuda, en el supuesto de que el mutualista o su cónyuge, o persona con la que mantenga relación de análoga afectividad, hayan sido beneficiarios de otra ayuda de vivienda de Muface.
Las solicitudes de ayuda se dirigirán a la Muface y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, ya sea directamente o bien por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y deberán ser formuladas en el impreso que, previa petición personal o por correo, será facilitado en los citados Servicios Provinciales y que, asimismo, podrá ser obtenido a través de la página web de Muface (www.muface.es).
La solicitud se podrá presentar hasta el 31 de enero de 2012, inclusive.
Con carácter general deberá tenerse en cuenta que:
a) Si se trata de compraventa, sólo puede presentarse una vez que el mutualista la haya formalizado en escritura pública.
b) Si se trata de construcción propia, sólo puede presentarse una vez que hayan finalizado las obras.
c) La concesión o subrogación del préstamo hipotecario se ha debido formalizar en escritura pública.

viernes, 22 de abril de 2011

"UGT y CCOO se embolsan hasta un 10% del coste por despido en cada ERE"

Consideradas por muchos como organizaciones anacrónicas propias de otra época, están aprovechando la crisis y el drama del desempleo para enriquecerse. No sólo son las beneficiarias de cuantiosas subvenciones que llegan, en buena parte, a través de los cursos de formación de los "itinerarios activos de empleo" del Ministerio de Trabajo, obligatorios para aquellos que quieran cobrar la ayuda para parados sin prestación. También se lucran del coste del despido en cada Expediente de Regulación de Empleo (ERE).

La información destapa el mecanismo que ambas centrales sindicales emplean en cada Expediente de Regulación de Empleo y en los últimos años ha habido mucho. Concretamente, según cifras oficiales entre 2008 y 2010 el número de trabajadores afectados por un ERE sobrepasó ligeramente el millón de personas y el número de expedientes llevados a efecto alcanzó los 42.858.
Las centrales sindicales detraen de las indemnizaciones por despido que reciben estos trabajadores entre un 5 y un 10% en concepto de asesoría, "como cualquier bufete de abogados", se defiende en las páginas de este diario Antonio García, responsable de los servicios jurídicos de CCOO. En cambio, según varios despachos de abogados, el problema es mayor porque "existe un problema de competencia. Al margen de la representatividad que tengan, pactan las facturas para cobrar lo mismo. Es un comportamiento irregular, con una falta absoluta de transparencia".
En resumen y según los cálculos de este diario, los sindicatos obtienen por cada "ERE de tamaño medio, al menos, entre los 100.000 y los 300.000 euros". Además ponen un ejemplo, el de Fibracolor, una empresa participada por la generalidad de Cataluña, que pagó 1.000 euros por trabajador, lo que permitió a los sindicatos embolsarse cerca de 280.000 euros en un conflicto laboral que acabó con el cierre de la empresa hace tres años.
Si no efectúan el cobro por representatividad y asesoría jurídica en la negociación, lo hacen mediante facturas que responsen a estudios o informes que nunca llegan a ver la luz, dice El Economista. Algunas empresas denuncian que estos informes suelen ser facturados por sociedades instrumentales, especialmente cuando, como suele ocurrir con las multinacionales, la dirección se niega a pagar a los sindicatos".

El Economista

sábado, 16 de abril de 2011

PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EL NIVEL MÍNIMO DE PROTECCIÓN PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA PARA 2011

El Consejo de Ministros ha aprobado dos Reales Decretos relacionados con la aplicación de la Ley de Dependencia: el primero establece las cuantías máximas de las prestaciones económicas para las personas en situación de dependencia para el ejercicio 2011 y el segundo determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para este año. En ambos casos se recoge la incorporación al Sistema de las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2.
· El primero de los Reales Decretos aprobado incorpora las prestaciones económicas que recibirán las personas con dependencia moderada, Grado I Nivel 2 y establece las prestaciones económicas del resto de niveles ya incorporados al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para 2011.
Además, modifica otro Real Decreto del año 2005, declarando su compatibilidad con el percibo de las pensiones de invalidez y de jubilación de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, no teniendo en ningún caso la consideración de renta o ingreso computable a efectos del percibo de éstas.
· El segundo de los Reales Decretos aprobados determina el nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia para 2011, incluidas las personas con dependencia moderada valoradas con Grado I Nivel 2. (Ver cantidades en tabla 2).
La Ley de Dependencia establece que la protección de las personas en situación de dependencia se realizará mediante tres niveles: un nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado, un nivel de protección acordado entre esta Administración y cada comunidad autónoma, y un nivel adicional que podrá establecer cada comunidad con cargo a sus presupuestos.


El 1 de enero de este año han comenzado a entrar en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia las personas con dependencia moderada, valoradas con Grado I Nivel 2.

EL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ARTICULARÁ EL PLAN DE FORMACIÓN Y EXPERIENCIA PROFESIONAL PARA 30.000 JÓVENES DESEMPLEADOS

El Consejo de Ministros ha aprobado la propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración de encomendar al Servicio Público de Empleo Estatal la articulación del Plan de Formación y Experiencia Profesional para Jóvenes, que supondrá la puesta en marcha de becas para desempleados con baja cualificación.
El objetivo es que el Plan favorezca a treinta mil jóvenes que recibirán una beca de cuatrocientos euros a cargo de la empresa, durante seis meses. La formación irá acompañada de un aprendizaje práctico.
Esta iniciativa se acordó el pasado 26 de marzo, durante la reunión del presidente del Gobierno con las cuarenta empresas más importantes del país y con el presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) en representación del sector.
En el encuentro se analizaron la evolución de la situación de la economía española en la salida de la crisis, la estabilidad imprescindible del sistema financiero y la necesaria consolidación de las políticas fiscales, así como las reformas que en estos últimos meses se están llevando a cabo e impulsar un compromiso adicional en materia de formación para el empleo, articulado a través de un Plan, en el que colaborarían las grandes empresas.

Fue acordado en la reunión que mantuvo el pasado mes de marzo el presidente del Gobierno con los responsables de las cuarenta empresas más importantes y el presidente de la CEOE.

viernes, 15 de abril de 2011

Postura de USO ante la recogida de firmas de UGT y CCOO .

Ante esta la recogida de firmas que UGT y CCOO, esta planteado en el ambito de las Juntas de Personal y Comités de Empresa de las AAPP, para avalar la Iniciativa Legislativa Popular “Por el Empleo Estable y con Derechos” , debemos decir como USO lo siguiente:
Estamos en contra de la Reforma laboral tal como se plantea, igual que estamos en contra del acuerdo de pensiones que ha firmado UGT y CCOO con el Gobierno. Es incongruente que se quiera hablar solo de la reforma laboral y nuestros "queridos colegas" se olviden del Acuerdo que ellos ratificaron sobre las pensiones, dejando a los 67 años la edad de jubilación y aumento de forma disparatada, el período de carencia para el calculo de dicha pensión, lo que significa endurecer y rebajar también, el importe final a cobrar por los futuros pensionistas.
USO dice NO a la reforma tal como se plantea y NO a la reforma de las pensiones. Por lo tanto, no nos podemos adherir, ni firmar, cualquier iniciativa que no lleve incluidas estas dos premisas (Reforma laboral y Pensiones).
UGT y CCOO, no pueden pedir firmas solo para esto, sin incluir el tema de las pensiones, y por supuesto, USO NO firmará ninguna iniciativa en los organos de la Administración, en la que no haya una declaración expresa de rechazo al acuerdo de pensiones, firmado por estos "colegas" sindicales.


¡¡ Un poco más de coherencia !!

miércoles, 13 de abril de 2011

Negar a un padre otro turno para cuidar a su hijo es ilegal

La negativa de una empresa a asignar a un trabajador un nuevo horario para que participe en el cuidado de sus hijos es "discriminatorio por razón de las circunstancias familiares si supone un menoscabo para la efectiva conciliación de su vida familiar y laboral".
Así lo declara el Tribunal Constitucional, en la sentencia del 14 de marzo, ante decisión del Tribunal Superior de Justicia y, posteriormente, del Supremo, de validar la negativa de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León a cambiar el turno a un empleado que solicitó desempeñar su jornada laboral en horario nocturno para cuidar de sus dos hijos.
El trabajador recurrió en amparo alegando una vulneración al principio de igualdad del artículo 14 de la Constitución, por "discriminación por razón de sexo". El Constitucional no aprecia que exista esta discriminación, ya que "resultaría difícil, pues, el cuidado de los hijos no ha sido una función históricamente impuesta a los varones, por lo que no ha supuesto la imposición de dificultades específicas al hombre para el acceso al trabajo y su promoción dentro del mismo".
Discriminación
No obstante, sí considera el ponente, Aragón Reyes, que existe una vulneración del mencionado artículo en su vertiente de "discriminación por cualquier otra circunstancia personal o social". Y es que hay una "posible discriminación por razón de las circunstancias familiares, en la medida en que la negativa a acceder al horario solicitado pudiera suponer un menoscabo para la efectiva conciliación".
Dicho esto, sostiene el fallo que "la dimensión constitucional de las medidas normativas tendentes a facilitar la conciliación ha de prevalecer y servir de orientación para la solución de cualquier duda interpretativa en cada caso concreto". Por ello, admite el recurso y acuerda la remisión de las actuaciones a la jurisdicción laboral para que el caso sea resuelto.
No obstante, la sentencia contiene un voto particular del magistrado Pérez Tremps, que destaca "que ésta es la primera ocasión en que el Constitucional utiliza como categoría discriminatoria las circunstancias familiares" y, recuerda, que para determinar una categoría distinta de las expresamente recogidas en el artículo 14, se exige la existencia del mantenimiento de determinadas diferenciaciones muy arraigadas que hayan situado a sectores de la población en posiciones contrarias a la dignidad" algo que no ocurre en el presente caso.

Es discriminatorio "por razón de las circunstancias familiares"

elEconomista.es

Cursos: BOD Núm. 71 del Martes, 12 de abril de 2011

Resolución 432/05647/11, de 6 de abril, por la que se convocan acciones formativas incluidas en el Plan de Formación 2011 para el personal civil al servicio del ministerio de Defensa.

El personal civil que desee participar en alguna/s de las acciones formativas que se convocan deberá solicitarlo en el modelo de instancia que figura en el anexo II (se podrán solicitar hasta un máximo de 6 cursos, todos ellos en una única instancia).
El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución. las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido no serán tenidas en cuenta.
La presentación de solicitudes se realizará vía telemática a través del Sistema de gestión de Personal (SIPERDEF).
Excepcionalmente, si no pudiera utilizarse la vía telemática se presentará instancia según modelo anexo II que podrá presentarse ante la Jefatura del Centro o Establecimiento o remitirse a la Subdirección general de Personal Civil en la forma establecida en el artículo 38 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.
la Subdirección general de Personal Civil efectuará la notificación a los seleccionados para la realización del curso correspondiente, a través del correo electrónico o fax reflejado en la solicitud; en todo caso esta notificación irá dirigida a los Centros y los Establecimientos en los que se encuentren destinados.
Corresponderá al Jefe de Establecimiento la autorización para la asistencia a los cursos de formación, de conformidad con lo señalado en la Orden 62/1994, de atribución de competencias en materia de personal civil en el Ministerio de Defensa. En el caso de que no resulte posible autorizar la asistencia por necesidades del servicio, éstas deberán ser debidamente motivadas.
Los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención que se ocasionen a los alumnos con motivo de la asistencia a los cursos, se indemnizarán conforme a lo establecido en el real Decreto 462/2002, de 24 de mayo y normas de desarrollo.
Los gastos de alojamiento y manutención tendrán la consideración de residencia eventual, y su cuantía será del 80% del importe de las dietas enteras.
No obstante, cuando los asistentes a los cursos vuelvan a pernoctar a su residencia oficial no devengarán esta indemnización, pero, si por razón del horario de los cursos, tuvieran que almorzar en la localidad donde se imparten, tendrán derecho a percibir el 50 % de los gastos de manutención y la indemnización que por gastos de viaje pudiera corresponderle.


lunes, 11 de abril de 2011

El trabajador puede abandonar su puesto en la empresa ante la falta continuada de su salario

Un trabajador puede decidir de forma unilateral abandonar su puesto de trabajo si el empresario no le abona sus salarios de forma reiterada, sin que ello implique dimisión o pérdida de la relación laboral.
Así se establece en esta sentencia del Tribunal Supremo, en la que se resuelve el caso de un trabajador que ocupaba un puesto de trabajo como auxiliar administrativo desde enero de 2007.
Sin embargo, la empresa dejó de pagarle en diciembre de ese mismo año de forma que el empresario le adeudaba las mensualidades desde diciembre de 2007 así como las de enero a mayo de 2008 y las pagas extraordinarias de septiembre y diciembre.
En junio de 2008 se celebró un acto de conciliación al que la empresa no asistió, por lo que el trabajador manifestó que no asistiría más al trabajo. Sin embargo, cuando en julio de 2008, el empleado presentó una demanda en solicitud de resolución de la relación laboral por incumplimiento grave de la empresa, fue desestimada su pretensión tanto en la instancia como en suplicación.
Los diferentes tribunales justificaron estas denegaciones en que la relación laboral ya no estaba vigente, dado que el trabajador había decidido, por sí mismo, darla por finalizada al dimitir durante el acto de conciliación.
Sin embargo, entiende el ponente, el magistrado García Sánchez, que existe la posibilidad de que tal permanencia en el puesto de trabajo pueda haberse interrumpido poco antes de entablarse la acción resolutoria, "siempre que el incumplimiento empresarial del que se trate genere una situación insoportable para el mantenimiento del vínculo, en cuyo caso se entiende como justificado el hecho de que el trabajador pueda haber cesado en la prestación de servicio".
Y, además, concreta: la falta de pago del salario o los retrasos continuados en su abono autorizan la extinción causal del contrato por medio de lo previsto en el artículo 50.1.b) del Estatuto de los Trabajadores.
Dicho precepto - que regula la extinción del contrato laboral por voluntad del trabajador - establece que serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato las modificaciones substanciales en las condiciones de trabajo que redunden en perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad y la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado.
· Casos excepcionales
En este caso, el ponente señala que, como dice el precepto, debe tratarse de una falta o retrasos continuados, que generen una situación insoportable. Y añade que se trata de supuestos excepcionales, que justifican la cesación en la prestación del servicio como consecuencia de haberse convertido éste en "excesivamente penoso, peligroso o vejatorio para el trabajador", sin que la decisión de éste en tal sentido suponga ninguna forma de ruptura de la relación laboral.
Por ello, también reafirma el Supremo que el trabajador, como norma general, debe mantenerse en su puesto de trabajo hasta la ahora de accionar en demanda la resolución contractual.
En este mismo sentido, la sentencia también prevé que el requisito de la gravedad del comportamiento ha de ser el que modele en cada caso la concurrencia del incumplimiento empresarial, "y la culpabilidad del empresario no solamente no es requisito para generarlo, sino que incluso es indiferente que el impago o retraso continuado del salario venga determinado por la mala situación económica de la empresa". (TS, 17-01-2011).
elEconomista.es



viernes, 8 de abril de 2011

CCOO...¿Sindicalismo o mafia sindical?

El diario «El País», con información de J. Martín-Arroyo, publicaba,  una información según la cual el sindicato Comisiones Obreras (CCOO) paralizó, en 2009, «una investigación interna que buscaba aclarar las irregularidades en los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. La comisión ejecutiva de la sección de textil y químicas (Fiteqa) de Málaga propuso informar a la ejecutiva regional "de las posibles irregularidades de los fondos públicos en la Federación de Andalucía", según refleja el acta de la comisión del 8 de julio de 2009. Pero la iniciativa se frenó en seco bajo la amenaza de expulsar a la ejecutiva malagueña y sustituirla por una gestora». CCOO creó una comisión instructora «que abrió un expediente sancionador a la ejecutiva malagueña, pero finalmente cerró el caso en noviembre de 2009 tras la retirada de tres polémicos puntos propuestos cinco meses antes y que habrían destapado la práctica irregular de incluir intrusos (personas que nunca trabajaron en las empresas beneficiadas)».
Patria Sindical

lunes, 4 de abril de 2011

Seguimos batiendo record; cada vez más próximos a los 5 millones de desempleados

· El estancamiento del crecimiento económico hace disminuir la contratación.
· La contratación indefinida sigue cayendo, ¿dónde están los resultados de la reforma laboral?
· Más de 1,8 millones de desempleados no perciben ningún tipo de ayuda.

La Unión Sindical Obrera considera que los datos del paro correspondientes al mes de marzo son un jarro de agua fría a las repetidas afirmaciones del Gobierno de que ya hemos tocado techo. Parece que se olvidan de un dicho popular: “no hay límite a lo mal que pueden salir (o hacerse) las cosas”. Qué lejos quedan las afirmaciones del anterior Ministro de Trabajo de que no alcanzaríamos los 4 millones de parados; ¿ahora se volverá a repetir la historia con los 5 millones?
La cifra actual nos sitúa en un nuevo record, esperamos que no se empeñe el Gobierno en seguir cosechando nuevas marcas.
Los datos relativos a la contratación ponen de manifiesto que, si bien hay un incremento respecto al mes anterior, éste es fundamentalmente debido a la contratación temporal y a la rotación del empleo, ya que no ha supuesto creación de empleo. En tasa anual la contratación sigue bajando, y especialmente lo hace la contratación indefinida. ¿Dónde están los logros de la reforma laboral cuyo objetivo se vendió que era mejorar la contratación indefinida?
Esta situación lo que pone en evidencia es la falta de actividad económica y el proceso de estancamiento a que está sometido nuestro crecimiento económico.
Por último, la USO ve con especial preocupación el drama de más de 1,8 millones de personas desempleadas que no están percibiendo ningún tipo de ayuda económica.
USO pide del Gobierno que no sólo sean palabras para los desempleados, sino que sean iniciativas y recursos los que se dediquen a remediar esta situación. Recursos tangibles, que en lugar de ir a sanear y tapar la mala gestión de determinadas entidades financieras deberían dedicarse a las personas desempleadas para facilitarles el acceso a un puesto de trabajo.



viernes, 1 de abril de 2011

Así desvalijan el bolsillo del contribuyente patronal y sindicatos

UGT, CCOO y CEOE suman 3.284 franquicias, cada una de las cuales recibe subvenciones del sector público nacional, autonómico, provincial y local.

Las subvenciones que reciben la patronal y los sindicatos "más representativos" no llegan únicamente a sus órganos centrales, como tal vez podría suponerse. Muy al contrario, en España existen 2.910 agrupaciones empresariales y 374 federaciones sindicales entre la Unión General de Trabajadores (UGT) y Comisiones Obreras (CCOO), lo que da como resultado 3.284 franquicias de patronal y sindicatos, las cuales reciben subvenciones en sus ámbitos respectivos: nacional, autonómico, provincial y local.
UGT y CCOO tienen cada una once federaciones que, multiplicadas por 17 comunidades autónomas, suman las 374 federaciones antes referidas.
Como prueba de que no sólo reciben subvenciones las organizaciones matriz sino toda una catarata de entidades asociadas, puede ver parte del listado de entidades beneficiarias de subvenciones procedentes del Ministerio de Trabajo durante el tercer trimestre de 2010 (BOE Núm. 300 Viernes 10 de diciembre de 2010 Sec. III. Pág. 102458). Como se puede ver, en el listado se acumulan las subvenciones concedidas a federaciones y asociaciones empresariales de todo tipo, además de distintas federaciones de los sindicatos, también agraciadas por el maná presupuestario al margen de sus "centrales".
Pero los grandes sindicatos y la patronal no sólo obtienen sus abundantes recursos de los Presupuestos Generales del Estado (PGE). Las comunidades autónomas también compiten entre sí para otorgar fondos a las "organizaciones sociales" para que cumplan el elevado fin al que, aparentemente, consagran su existencia.
En definitiva, los fondos públicos que llenan anualmente las arcas de patronal y sindicatos surgen de las formas más imaginativas gracias al entramado de organismos intermedios con que llegan a copar las convocatorias de subvenciones para los objetivos más diversos.
Por eso, el hecho de que los sindicatos llamados mayoritarios y la representación patronal sean renuentes a informar del dinero que reciben del bolsillo de los ciudadanos españoles no responda, quizás, a un deseo voluntario de ocultamiento. A la vista del complejo entramado patronal-sindical, una explicación alternativa bien podría ser que con tal caudal de subvenciones afluyendo por tan variopintas razones, probablemente, ni ellos mismos sepan a cuánto asciende el trinque anual que financian todos los contribuyentes de España con el dinero de su bolsillo .



Debacle electoral de CC.OO. y UGT en la Administración General del Estado en favor de USO

Mientras Gobierno y los sindicatos UGT y CC.OO. ultiman el acuerdo sobre la negociación colectiva el recorte de gasto y de subvenciones por parte del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero ni se le ve ni se le espera. Estas últimas, como si de un gota a gota se tratase, se siguen concediendo. Recientemente, el Ministerio de Trabajo de Valeriano Gómez hacía pública una Resolución por la que se aprobaba la convocatoria correspondiente al año 2011, para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales en proporción a su representatividad, por la realización de actividades de carácter sindical.
Como todos los años, “la finalidad de estas subvenciones es fomentar, mediante la financiación, la realización de cualquier tipo de actividad sindical dirigida a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de los trabajadores”. La cuantía total máxima será de 15.798.500,00 euros y se distribuirá “entre todas las organizaciones solicitantes que cumplan los requisitos exigidos, proporcionalmente al número de representantes que hayan obtenido en las elecciones sindicales”.
Menos representantes, menos dinero
Pues malas noticias para Fernández Toxo y Cándido Méndez que verán bajar sensiblemente sus ingresos por este concepto si nos atenemos a los resultados de las elecciones sindicales en la Administración General de Estado (AGE), celebradas el pasado día 10. Tal y como pueden apreciar en el cuadro que se adjunta, sobre un total de 1.593 delegados, CSIF encabeza el ranking de representación con un porcentaje del 21,72%, seguido muy de cerca por el sindicato USO, con un 21,16%.
Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores se sitúan en un discreto tercer y cuarto lugar respectivamente. Bien es cierto que aún quedan por votar los funcionarios de algunas provincias y los pertenecientes a la Agencia Estatal de Administración Tributaria pero los augurios no son nada buenos. Resulta curioso observar como, por ejemplo, en Andalucía USO cuenta ya con 34 delegados frente a los 33 de CSIF y los 14 de CC.OO. y UGT. Todo un síntoma y una tendencia que se antoja imparable. Y a menos delegados, menos dinero a ingresar.