El día 7 de julio de 2009, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó Sentencia condenando al Ministerio de Defensa por vulneración de la libertad sindical de USO. La demanda se había presentado para denunciar la negativa sistemática a proporcionar información a USO sobre la “estatutarización” del personal civil que presta servicios en la Red Hospitalaria del Ministerio de Defensa, así como de las reuniones informativas celebradas, en las que se trataron cuestiones de interés general que afectaban a la racionalización del personal civil que trabaja en los servicios de hostelería y limpieza del Ministerio de Defensa en varias localidades.
El propio Ministerio había convocado estas reuniones en diferentes localidades, con presencia de todos los sindicatos que forman parte de la Subcomisión Delegada de la CIVEA, pero con exclusión de la USO, pese a tener más del 10 % de representatividad en el personal laboral del Ministerio de Defensa en el ámbito nacional. La Sentencia condena al Ministerio de Defensa por vulneración de la libertad sindical, declarando la nulidad radical de tal comportamiento, y el derecho de USO a recibir la información solicitada. La Sala declara que esta omisión informativa “acredita cumplidamente la existencia de indicios de que dicha omisión tenía por finalidad impedir que USO obtuviera la información requerida, sin que medie ninguna causa de justificación” desprendiéndose que “existe una injustificada actitud de falta de consideración al Sindicato USO ya que el Ministerio hace caso omiso a sus reiteradas peticiones de obtener información, negándole además la posibilidad de asistir a cualquier clase de reunión informativa , lo que constituye un comportamiento que claramente vulnera el derecho de libertad sindical”.
El propio Ministerio había convocado estas reuniones en diferentes localidades, con presencia de todos los sindicatos que forman parte de la Subcomisión Delegada de la CIVEA, pero con exclusión de la USO, pese a tener más del 10 % de representatividad en el personal laboral del Ministerio de Defensa en el ámbito nacional. La Sentencia condena al Ministerio de Defensa por vulneración de la libertad sindical, declarando la nulidad radical de tal comportamiento, y el derecho de USO a recibir la información solicitada. La Sala declara que esta omisión informativa “acredita cumplidamente la existencia de indicios de que dicha omisión tenía por finalidad impedir que USO obtuviera la información requerida, sin que medie ninguna causa de justificación” desprendiéndose que “existe una injustificada actitud de falta de consideración al Sindicato USO ya que el Ministerio hace caso omiso a sus reiteradas peticiones de obtener información, negándole además la posibilidad de asistir a cualquier clase de reunión informativa , lo que constituye un comportamiento que claramente vulnera el derecho de libertad sindical”.
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