El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración General del Estado, que sustituye al vigente desde 1998 e introduce importantes mejoras de tipo organizativo y funcional.
El Real Decreto incorpora las indicaciones de la “Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012”, aprobada por el Consejo de Ministros el 29 de junio de 2007, con el fin de que las Administraciones Públicas, en su condición de empleadores, puedan hacer plenamente efectivo el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, tal y como se reconoce en la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Entre las mejoras que introduce cabe destacar una apuesta por la utilización de recursos preventivos propios, siguiendo las recomendaciones de la citada Estrategia Española; una mejor definición de funciones y un mayor apoyo a los empleados públicos designados para funciones de prevención; la potenciación de la figura de los “Servicios de Prevención Mancomunados” en todos los servicios descentralizados, y la especificación de que el personal laboral pueda desarrollar funciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Además, el nuevo Real Decreto amplía las funciones de la Dirección General de la Función Pública, a fin de mejorar las posibilidades reales de coordinación y apoyo de la organización preventiva de la Administración General del Estado, y establece un mecanismo uniforme para la notificación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, con independencia de los regímenes de Seguridad Social aplicables.
El Real Decreto incorpora las indicaciones de la “Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012”, aprobada por el Consejo de Ministros el 29 de junio de 2007, con el fin de que las Administraciones Públicas, en su condición de empleadores, puedan hacer plenamente efectivo el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, tal y como se reconoce en la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Entre las mejoras que introduce cabe destacar una apuesta por la utilización de recursos preventivos propios, siguiendo las recomendaciones de la citada Estrategia Española; una mejor definición de funciones y un mayor apoyo a los empleados públicos designados para funciones de prevención; la potenciación de la figura de los “Servicios de Prevención Mancomunados” en todos los servicios descentralizados, y la especificación de que el personal laboral pueda desarrollar funciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Además, el nuevo Real Decreto amplía las funciones de la Dirección General de la Función Pública, a fin de mejorar las posibilidades reales de coordinación y apoyo de la organización preventiva de la Administración General del Estado, y establece un mecanismo uniforme para la notificación de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, con independencia de los regímenes de Seguridad Social aplicables.
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