Los padres de niños enfermos de cáncer u otra enfermedad grave ya pueden solicitar el subsidio para cuidar de éstos ante la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos. Así lo indica el Ministerio de Trabajo e Inmigración en un comunicado en el que explica que las solicitudes para que los padres puedan tener acceso a la prestación están disponibles en la página web de la Seguridad Social www.seg-social.es.El Ministerio señala que la Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores ya establecen los principios por los que ha de reconocerse esta nueva prestación que precisa de la aprobación de un Reglamento para determinar el concepto de enfermedad grave, entre otras cuestiones.El hecho de que esté vigente desde el pasado 1 de enero garantiza, según el departamento dirigido por Valeriano Gómez, el cobro del subsidio desde la fecha de la solicitud, siempre que ésta se ajuste a lo requerido en la ley y a sus normas de desarrollo.Los requisitos para el acceso a la nueva prestación por cuidado de hijos con enfermedad grave son los mismos que los establecidos para la maternidad contributiva, es decir, es necesario estar afiliado a la Seguridad Social y tener cubierto el periodo de cotización mínimo requerido.La gestión y el pago corresponderán a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales o a la Entidad Gestora con quien la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos profesionales, informa el Ministerio.La prestación se extinguirá cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumpla 18 años.
Agenciasa
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